Ante la desvinculación de la empleada doméstica hay emitir o recibir telegrama, hacer pagos y entregar el certificado de trabajo, entre otros deberes
Cuando
una empleada de casas particulares renuncia o es despedida, el empleador tiene
varias obligaciones laborales y administrativas que no terminan con el
pago de los conceptos que correspondan por la finalización de la relación
laboral.
Qué debe hacer el empleador
de casas particulares en caso de renuncia
Las
siguientes son las obligaciones del empleador en el caso de desvinculación
de la empleada
doméstica por renuncia.
1. Recibir y conservar la
renuncia
La
renuncia debe formalizarse mediante telegrama laboral, carta
documento o presentación ante la autoridad administrativa o judicial
correspondiente. El telegrama
laboral es gratuito. La trabajadora debe dar un preaviso de 10
días.
Es
recomendable conservar el telegrama y registrar la fecha efectiva de
finalización.
2. Pagar la liquidación
final
Aunque la empleada renuncie, corresponde liquidar los
conceptos pendientes, según el caso:
- Salario pendiente: los
días trabajados del último período.
- Aguinaldo proporcional (SAC): la parte correspondiente al
semestre trabajado.
- Vacaciones proporcionales no gozadas: las que correspondan por la
fracción del año trabajada.
- Otros
importes pendientes, como horas extras o diferencias salariales, si las
hubiera.
En
una renuncia común, no corresponde la indemnización por despido sin causa.
3. Dar la baja en ARCA
Es
obligatorio registrar la finalización de la relación laboral en el
sistema de Casas Particulares de ARCA.
El trámite es gratuito y se realiza en línea:
- Ingresar
al portal de ARCA con clave fiscal.
- Buscar
a la trabajadora registrada y entrar en sus datos.
- Seleccionar
«Baja», informar la fecha y confirmar.
- Generar
la constancia por duplicado y entregar una copia firmada a la trabajadora.
- Pagar
los aportes y contribuciones correspondientes al último período y generar
el recibo de sueldo.
4. Entregar el certificado
de trabajo
Hay que distinguir dos documentos:
Constancia de baja de ARCA: acredita
que se registró la finalización de la relación.
Certificado de trabajo: es el
documento con los datos laborales que correspondan, como el período trabajado,
las tareas y la información previsional exigible.
Cuáles son las obligaciones
en el despido de la empleada doméstica
En
caso de despido de una empleada de casas particulares en Argentina, además de
pagar la indemnización y la liquidación final, el empleador debe cumplir con
determinadas obligaciones de notificación, registración y entrega de
documentación.
1. Comunicar el despido por
escrito
Conviene notificarlo
por un medio fehaciente, por ejemplo, mediante telegrama o carta documento,
indicando claramente la decisión y la fecha de finalización.
2. Dar el preaviso o pagarlo
Según la Ley 26.844 del
Servicio Doméstico, el empleador debe dar:
- 10
días de preaviso si la antigüedad es inferior a un año.
- 30
días de preaviso si la antigüedad es superior a un año.
Si
no se otorga el preaviso, corresponde pagar la indemnización sustitutiva. Si se
despide sin preaviso en una fecha que no coincide con el último día del mes,
también puede corresponder la integración de los días faltantes hasta fin de
mes.
3. Pagar la liquidación
final y las indemnizaciones
Además
de los salarios pendientes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones
proporcionales no gozadas, deben calcularse las indemnizaciones que
correspondan según la antigüedad.
En
el despido sin causa, se debe liquidar un mes de sueldo por año de
servicio o fracción mayor de tres meses, con un mínimo de un mes de
sueldo. El período de prueba y las circunstancias particulares pueden modificar
el resultado.
4. Dar la baja en ARCA
El
empleador debe registrar el cese de la relación en el sistema de Casas
Particulares, conservar la constancia de baja y entregar una copia firmada a la
trabajadora.
También
debe ingresar los aportes y contribuciones pendientes del
último período y emitir el recibo correspondiente. El trámite se realiza en el
portal oficial de finalización de la relación laboral.
5. Entregar el certificado
de trabajo
La
normativa vigente contempla el certificado de trabajo del artículo 80 de la Ley
de Contrato de Trabajo, con un plazo de 45 días hábiles desde la
extinción. La Resolución
General ARCA 5848/2026 prevé su generación mediante el servicio
Simplificación Registral, con el formulario F.984, en formato digital o físico.
6. Revisar si existe alguna
indemnización especial
Si
el despido se vincula con el embarazo, la maternidad o el matrimonio, pueden
corresponder indemnizaciones adicionales. La Ley 26.844 contempla, bajo las
condiciones que establece, una indemnización equivalente a un año de
remuneraciones que se suma a la del despido sin causa.
7. Conservar la
documentación
Es prudente guardar:
- La
comunicación del despido y la constancia de recepción.
- Los
recibos de sueldo.
- La
liquidación final y los comprobantes de pago.
- La
constancia de baja de ARCA.
- El
certificado de trabajo y la constancia de su entrega.
- Los
comprobantes de aportes, contribuciones y cobertura de riesgos del
trabajo.
Para precisar qué corresponde hacer, hay un dato que cambia el
análisis: ¿la empleada tiene más
de seis meses de antigüedad o todavía no cumplió los seis meses? La
Ley Bases estableció un período de prueba de seis meses para los contratos por
tiempo indeterminado, durante el cual no corresponde el pago de indemnización
por despido.
De
esta manera, el empleador de casas particulares debe cumplir obligaciones
monetarias y administrativas en caso de renuncia y despido, y resguardar
documentación para protegerse de posibles reclamos a futuro.














