El funcionamiento del FAL ya tiene un instructivo oficial de ARCA para adherir y cumplir con el aporte obligatoria desde el 1 de noviembre
La
Agencia de Recaudación y Control Aduanera (ARCA) publicó el instructivo
paso a paso para adherir y cumplir con el Fondo de Asistencia Laboral
(FAL) desde las declaraciones juradas de contribuciones y aportes F.931
presentadas el próximo 1 de noviembre de 2026.
La Resolución
General ARCA 5907/2026 instrumenta el procedimiento operativo
obligatorio para la determinación, validación e ingreso de las contribuciones
destinadas al Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Detalla el circuito que
deben ejecutar los departamentos de liquidación de haberes en la web de
ARCA, indica Daniel Pérez, del estudio Pérez, Fiocco & Asoc.
Para
ingresar al portar web Simplificación Registral, Sistema Registral y
Declaración en línea (Versión 48) desde el 1 de
noviembre, las empresas necesitarán Clave Fiscal con Nivel de
Seguridad 3 o superior.
La información
previa a las contribuciones requerida por ARCA es la clave de
identificación (ID FAL) que asigna la administradora del Fondo,
validada e informada previamente ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Guía Paso a Paso en el
Portal ARCA
Paso 1: Declaración de
Encuadre de Sector (Público/Privado)
1.
Ingrese con Clave Fiscal al servicio "Simplificación Registral".
2.
Acceda a la sección "Datos del Empleador" - "Encuadre Normativo
FAL".
3. Seleccione
la opción "Sector Privado (Alcanzado Art. 58 Ley 27.802)" y confirme
la declaración antes de la presentación del F. 931 de noviembre de 2026. Los
empleadores del sector público excluidos quedan caracterizados automáticamente
con el código 659.
Paso 2: Verificación de
Caracterización de Alícuota (2,5% vs 1%)
1.
Ingrese al servicio "Sistema Registral" - "Consulta
/ Datos registrales / Caracterizaciones".
2.
Verifique la presencia de alguno de los siguientes códigos para la aplicación
de la alícuota del 2,5% (MiPyMEs y Sin Fines de Lucro):
- Código 272: micro
Empresas.
- Código 274: pequeña
Empresas.
- Código 351: mediana
Empresa Tramo 1.
- Código 352: mediana
Empresa Tramo 2.
- Códigos 647 a 650: entidades
sin Fines de Lucro (Ley 27.802).
3. Si
la empresa no registra caracterización mipyme, el sistema aplicará
automáticamente la alícuota del 1% (grandes empresas).
4. Tramitación de discrepancias: si no
figura la caracterización mipyme teniendo el certificado vigente, ingrese a
"Presentaciones Digitales" y seleccione el trámite "FAL -
Solicitud de revisión de caracterización" adjuntando el Certificado Mipyme
o certificación contable.
Paso 3: Validación del ID
FAL Registrado por la Entidad Habilitada
1.
Ingrese a "Simplificación Registral" - "Fondo de Asistencia
Laboral" - "Validación de ID FAL".
2.
El sistema desplegará los registros transmitidos mensualmente por la Comisión
Nacional de Valores (CNV) e informados por la Entidad Habilitada (EH)
contratada.
3.
Verifique los tres componentes del ID FAL:
- CUIT
del Empleador declarante.
- Identificación
de la Entidad Habilitada (EH) y del Vehículo de Inversión Colectiva (VIC).
- Clave
Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta del fondo/fideicomiso.
4.
Seleccione el registro correcto y presione el botón "Validar e Informar ID
FAL".
5. Plazo crítico mensual: la
Entidad Habilitada debe enviar las altas a la CNV a más tardar a las 17 horas
del día 10 de cada mes para que ARCA pueda imputar las contribuciones en el mes
inmediato siguiente.
Paso 4: Determinación y
Liquidación en Formulario F. 931 (Versión 48)
1.
Acceda al sistema "Declaración en Línea" (Versión 48
obligatoria).
2.
Calcule la nómina salarial sobre las bases imponibles sujetas a aportes del
Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
3. El
sistema determinará automáticamente la contribución al FAL (2,5% o 1%) y
aplicará la detracción proporcional de las contribuciones patronales ordinarias
a los subsistemas de SIPA, INSSJP/PAMI, Fondo Nacional de Empleo y Asignaciones
Familiares.
4. Incompatibilidad RIFL:
Para las relaciones laborales del Régimen de Formalización (Decreto
315/2026), NO se aplicará la detracción previsional, pero el aporte al FAL se
liquidará de forma obligatoria.
5.
Generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) seleccionando el código
oficial:
Código ICS VEP: 266 - 019
- 019 (Fondo de Asistencia Laboral)
Procedimiento ante
Inconsistencias y Asignación de Oficio
Escenario Operativo:
Acción Sistémica de ARCA y Procedimiento
Falta de ID FAL al presentar la DJ F. 931: el F. 931 retendrá el importe asignado
al FAL. Los fondos permanecerán en una cuenta transitoria sin derivación ni
imputación específica.
Transcurso de 1 mes sin informar ID FAL: ARCA notifica a la CNV para que
ejecute la Asignación de Oficio de un vehículo PIC FAL elegible de aceptación
obligatoria por la EH.
Asignación de Oficio completada: la EH informa el nuevo ID FAL a la
CNV/ARCA en 5 días hábiles. ARCA notifica al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE)
e imputa retroactivamente las sumas retenidas.
De
esta manera, las empresas ya cuentan con el instructivo para adherir y cumplir
con el Fondo de Asistencia Laboral para el pago de indemnizaciones por despido.




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