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sábado, 9 de mayo de 2026

Pymes: qué condiciones deben cumplir para contratar trabajadores con fuerte rebaja de cargas

 

El Gobierno reglamentó un plan para promover empleo formal con rebaja de cargas: quiénes pueden acceder y qué beneficios ofrece

El Gobierno nacional activó la implementación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), incorporado en la Ley 27.802 y reglamentado a través del Decreto 315/2026. La iniciativa apunta a fomentar la registración de trabajadores en el sector privado mediante beneficios concretos para los empleadores.

 

La normativa define el marco operativo del sistema: establece condiciones de acceso, procedimientos administrativos y los incentivos previstos, con foco en reducir el costo laboral durante los primeros años de contratación.

 

Plazos y condiciones para adherir

 

Las empresas interesadas deberán inscribir a sus empleados dentro del régimen ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en una ventana que se extiende desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 30 de abril de 2027.


El esquema admite a todos los trabajadores registrados, aunque introduce un límite para nuevas incorporaciones:

·         Si el alta se produjo después del 10 de diciembre de 2025, solo podrá incluirse hasta el 80% de la plantilla bajo este régimen

·         Para vínculos laborales anteriores a esa fecha no se fijan topes.

A quiénes alcanza el RIFL

La reglamentación define distintos perfiles de trabajadores que pueden ser incorporados:

·         Personas que no contaban con una relación laboral formal registrada al 10 de diciembre de 2025

·         Personas que se encontraban sin trabajo durante los seis meses anteriores

·         Monotributistas

·         Empleados del sector público en cualquier jurisdicción

Además, se aclara que los beneficiarios pueden mantener otros ingresos, ya sea bajo el régimen general o el simplificado, sin perder las ventajas del programa.

Rebaja en cargas patronales

Uno de los principales incentivos del RIFL es la baja en las cargas patronales. Frente a niveles habituales que oscilan entre el 18% y el 20,4%, las empresas pasarán a pagar una alícuota del 5% en los primeros 48 meses del vínculo laboral.

 

Ese porcentaje se distribuye entre distintos subsistemas: una parte se dirige al sistema previsional, al Fondo Nacional de Empleo y a las asignaciones familiares, mientras que el resto corresponde al financiamiento del sistema de salud para jubilados.

 

Todavía queda que ARCA establezca los mecanismos específicos para registrar a los trabajadores bajo esta modalidad.

 

Exclusiones y aportes adicionales

 

El régimen no permite incluir empleados que hayan trabajado en la misma empresa y se hayan desvinculado en el último año. Además, ciertos sectores, como el energético, deberán seguir abonando contribuciones adicionales.

 

Asimismo, se mantiene vigente el aporte al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), con alícuotas diferenciadas según el tamaño de la empresa: 1% para grandes y 2,5% para pymes. Este componente no forma parte de la reducción y deberá pagarse de manera independiente.

 

Riesgos de perder el beneficio

 

El acceso al régimen está condicionado al cumplimiento de las reglas. Si se detectan irregularidades, las empresas perderán los incentivos y tendrán que abonar las contribuciones no ingresadas, junto con intereses y sanciones.

 

El control estará a cargo de ARCA, que será la encargada de verificar el correcto uso del sistema.

 

Un cambio con alcance limitado

 

A diferencia de otros programas, el RIFL no fue diseñado como un mecanismo masivo de blanqueo laboral. De hecho, si se intenta regularizar personal no registrado bajo este esquema y se detecta la irregularidad, el empleador podría quedar excluido.

 

En paralelo, la reforma laboral incluyó otro capítulo orientado específicamente a corregir situaciones de empleo no registrado o con fallas en su registración. Sin embargo, esa parte aún no fue reglamentada, por lo que todavía no está en funcionamiento.

 


Billeteras virtuales: el cambio clave en ARCA que obliga a declarar los cobros recibidos por aplicaciones de pago

 

AFIP implementa nuevas tecnologías para cruzar información entre fintech y bancos, buscando movimientos no registrados en cuentas virtuales

ARCA activa desde mayo de 2026 un sistema de monitoreo sobre billeteras virtuales y transferencias bancarias. El organismo cruza datos de plataformas digitales con declaraciones juradas para detectar ingresos que no están declarados.

 

La medida responde al crecimiento sostenido de los medios de pago electrónicos en Argentina. Durante los últimos años, millones de personas sumaron estas herramientas a su rutina financiera.

El efectivo perdió terreno frente a aplicaciones como Mercado Pago, Ualá o transferencias por CVU. Ese cambio obligó al organismo fiscal a modernizar sus controles.

El objetivo es identificar diferencias entre los ingresos reales que recibe cada contribuyente y la facturación que registra en sus declaraciones juradas, cerrando así la brecha de informalidad en la economía digital.

 

Cómo funciona el nuevo sistema de detección de ARCA

 

ARCA accede a información de movimientos realizados en billeteras virtuales y cuentas bancarias. Cada transferencia deja un registro digital que el organismo puede consultar.

 

A diferencia del efectivo, las operaciones electrónicas generan trazabilidad automática. No hay forma de ocultar un cobro realizado por CVU o QR.

El sistema establece umbrales mensuales que funcionan como alertas. Cuando los movimientos superan ciertos montos sin respaldo de facturación, se activan señales en el sistema de fiscalización.

 

Esas alertas no implican una sanción inmediata. Pero sí pueden derivar en requerimientos de información por parte de ARCA.

El organismo también analiza la coherencia entre categoría del monotributo e ingresos registrados. Si los cobros digitales superan los límites de facturación declarada, el contribuyente queda expuesto a una recategorización.

El cruce de datos se realiza de forma automática: el sistema compara los movimientos financieros con la facturación emitida y marca inconsistencias que luego son revisadas por inspectores del organismo.

Quiénes están más expuestos al control fiscal digital

Los monotributistas y trabajadores independientes concentran la mayor parte de la atención de ARCA. Este grupo utiliza billeteras virtuales como principal medio de cobro.

Profesionales que facturan servicios, comerciantes digitales y prestadores freelance entran en la mira del organismo. Todos deben asegurarse de que cada peso cobrado tenga su comprobante.

La nueva fiscalización pone el foco en la correspondencia entre ingresos percibidos y categoría del monotributo. Si los cobros digitales no coinciden con lo declarado, el riesgo aumenta.

Los contribuyentes que no emiten comprobantes por todos sus ingresos pueden enfrentar recategorizaciones. En casos más graves, ARCA puede excluirlos del régimen simplificado.

También están bajo análisis quienes usan cuentas personales para actividades comerciales sin registrarlas. Esa práctica genera diferencias entre movimientos bancarios y facturación, lo que dispara alertas en el sistema.

Qué información tienen las billeteras virtuales sobre cada contribuyente

ARCA firmó acuerdos de intercambio de información con las principales plataformas de pago digital. El organismo accede a datos de movimientos, saldos y operaciones realizadas por cada usuario.

Las billeteras virtuales registran cada transferencia recibida o enviada. Esa información incluye fechas, montos, origen y destino de los fondos.

Con esos datos, ARCA construye un perfil financiero de cada contribuyente. El sistema puede detectar patrones de ingresos que no aparecen en declaraciones juradas.

El cruce de información se automatizó para analizar miles de casos simultáneamente. Las inconsistencias se detectan en tiempo real, lo que acelera el proceso de fiscalización.

Este modelo de control fiscal ya funciona en otros países. Argentina se suma a la tendencia global de usar tecnología para cerrar brechas de evasión.

Por qué ARCA decidió reforzar estos controles ahora

La digitalización de pagos cambió radicalmente la forma en que circula el dinero. El efectivo perdió protagonismo frente a transferencias y códigos QR.

Ese cambio facilitó la trazabilidad de las operaciones, pero también expuso un problema: el comercio informal migró a plataformas digitales sin registrar actividades, generando una brecha fiscal que ARCA busca cerrar mediante sistemas automatizados de cruce de datos en tiempo real.

El organismo detectó que muchos contribuyentes cobran por medios digitales sin emitir comprobantes. Esa subdeclaración representa una pérdida significativa de recaudación.

La modernización del sistema tributario permite cerrar esa brecha con menor costo operativo. Los cruces automáticos reemplazan inspecciones manuales que eran más lentas y menos efectivas.

Qué deben hacer los contribuyentes para evitar problemas con ARCA

Especialistas recomiendan prestar atención a tres puntos clave. El primero es emitir comprobantes por cada cobro recibido, sin excepciones.

No importa si el pago llega por transferencia, QR o billetera virtual. Todo ingreso debe tener su factura correspondiente.

El segundo punto es revisar periódicamente la categoría del monotributo. Si los ingresos crecen, la categoría debe actualizarse para reflejar esa realidad.

El tercer aspecto es evitar mezclar cuentas personales con actividades comerciales. Usar una cuenta no registrada para cobros profesionales genera alertas en el sistema de ARCA.

También conviene mantener coherencia entre movimientos bancarios y facturación. Cualquier diferencia significativa puede derivar en requerimientos de información.

Los contribuyentes que detecten inconsistencias pueden regularizar su situación antes de recibir una notificación. Esa vía suele tener menores costos que enfrentar una fiscalización.

ARCA marca un cambio profundo en la forma de controlar a los contribuyentes. La economía digital exigió nuevas herramientas de fiscalización que ahora comienzan a aplicarse con mayor intensidad en todo el país.


Empleo doméstico: ya rigen los nuevos valores de aportes y contribuciones

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ya oficializó los nuevos valores para el personal de casas particulares. Acceda a los nuevos montos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los nuevos valores para el personal de casas particulares correspondientes al período de abril de 2026. Estas escalas determinan los montos de aportes, contribuciones y la cuota de la ART que los empleadores deben abonar, con vencimiento programado para el mes de mayo de 2026, señalan desde Arizmendi.

 

A continuación, se detallan los importes según la categoría del trabajador y la carga horaria semanal:

 

Trabajadores Activos (Mayores de 18 años)

 

Para los empleados mayores de edad, el pago integra los tres conceptos: aportes a la obra social, contribuciones previsionales (SIPA) y la cuota de la ART.

·         Menos de 12 horas semanales: El importe total es de $9.006,78.

·         Desde 12 a menos de 16 horas: El pago asciende a $14.077,89.

·         16 horas o más: El monto total a ingresar es de $37.571,05.

Trabajadores Menores de Edad (16 a 17 años)

En el caso de trabajadores adolescentes, el esquema no incluye contribuciones al SIPA, manteniendo los aportes a la obra social y la cuota de la ART.

·         Menos de 12 horas semanales: Se abona un total de $8.382,11.

·         Desde 12 a menos de 16 horas: El importe es de $12.828,83.

·         16 horas o más: El valor total se sitúa en $35.749,17.

Trabajadores Jubilados

Para el personal que ya goza de una jubilación, la ley prevé únicamente el pago de las contribuciones al SIPA y la cuota de la ART, quedando exentos de los aportes al seguro de salud.

·         Menos de 12 horas semanales: El total a pagar es de $7.222,51.

·         Desde 12 a menos de 16 horas: Se debe abonar $10.771,57.

·         16 horas o más: El monto final es de $15.580,94.

Empleo doméstico: cuánto cobrarán desde abril a julio 2026

Abril 2026

Supervisores:

·         Con retiro: $4.167,14 por hora / $519.840,95 mensual.

·         Sin retiro: $4.541,75 por hora / $576.213,21 mensual.

Personal para tareas específicas:

·         Con retiro: $3.959,56 por hora / $484.725,45 mensual.

·         Sin retiro: $4.318,35 por hora / $536.768,02 mensual.

Caseros:

·         Sin retiro: $3.745,18 por hora / $473.533,02 mensual.

Asistencia y cuidado de personas:

·         Con retiro: $3.745,18 por hora / $473.533,02 mensual.

·         Sin retiro: $4.165,14 por hora / $524.858,76 mensual.

Personal para tareas generales:

·         Con retiro: $3.491,58 por hora / $428.347,44 mensual.

·         Sin retiro: $3.745,18 por hora / $473.533,02 mensual.

Mayo 2026

Supervisores:

·         Con retiro: $4.233,82 por hora / $528.158,40 mensual.

·         Sin retiro: $4.614,42 por hora / $585.432,62 mensual.

Personal del servicio doméstico para tareas específicas:

·         Con retiro: $4.022,91 por hora / $492.481,06 mensual.

·         Sin retiro: $4.387,44 por hora / $545.356,31 mensual.

Caseros:

·         Sin retiro: $3.805,10 por hora / $481.109,55 mensual.

Asistencia y cuidado de personas:

·         Con retiro: $3.805,10 por hora / $481.109,55 mensual.

·         Sin retiro: $4.231,79 por hora / $533.256,50 mensual.

Personal para tareas generales:

·         Con retiro: $3.547,45 por hora / $435.201,00 mensual.

·         Sin retiro: $3.805,10 por hora / $481.109,55 mensual.

Junio 2026

Supervisores:

·         Con retiro: $4.297,33 por hora / $536.080,78 mensual.

·         Sin retiro: $4.683,64 por hora / $594.214,11 mensual.

Personal para tareas específicas:

·         Con retiro: $4.083,26 por hora / $499.868,28 mensual.

·         Sin retiro: $4.453,26 por hora / $553.536,65 mensual.

Caseros:

·         Sin retiro: $3.862,18 por hora / $488.326,19 mensual.

Asistencia y cuidado de personas:

·         Con retiro: $3.862,18 por hora / $488.326,19 mensual.

·         Sin retiro: $4.295,26 por hora / $541.255,35 mensual.

Personal del servicio doméstico para tareas generales:

·         Con retiro: $3.600,66 por hora / $441.729,02 mensual.

·         Sin retiro: $3.862,18 por hora / $488.326,19 mensual.

Julio 2026

Supervisores:

·         Con retiro: $4.438,77 por hora / $553.725,91 mensual.

·         Sin retiro: $4.829,13 por hora / $612.673,11 mensual.

Personal para tareas específicas:

·         Con retiro: $4.223,25 por hora / $517.006,43 mensual.

·         Sin retiro: $4.597,18 por hora / $571.426,17 mensual.

Caseros:

·         Sin retiro: $3.996,45 por hora / $505.302,76 mensual.

Asistencia y cuidado de personas:

·         Con retiro: $3.996,45 por hora / $505.302,76 mensual.

·         Sin retiro: $4.435,86 por hora / $558.972,92 mensual.

Personal para tareas generales:

·         Con retiro: $3.733,72 por hora / $458.053,22 mensual.

·         Sin retiro: $3.996,45 por hora / $505.302,76 mensual.

El nuevo acuerdo del servicio doméstico incluye además otros puntos relevantes:

·         Se realizará una revisión salarial en julio de 2026.

·         Desde abril, el plus por zona desfavorable se eleva al 31% sobre el salario mínimo.

·         Se incorpora una cláusula que permite negociar salarios superiores a los básicos.

 

Adicionales obligatorios: antigüedad, zona y horas extras

 

El salario puede incrementarse con adicionales establecidos por ley:

·         Antigüedad: 1% por cada año trabajado con el mismo empleador

·         Zona desfavorable: 31% extra en provincias patagónicas y Patagones

·        Horas extras:  50% de recargo en días hábiles

·         100% sábados después de las 13, domingos y feriados

 

Aguinaldo, vacaciones y licencias

 

Las trabajadoras de casas particulares tienen derecho a:

·         Aguinaldo (SAC) en dos cuotas anuales

·         Vacaciones pagas según antigüedad

·         Licencias por maternidad, enfermedad, matrimonio y fallecimiento de familiar

Qué pasa si no se registra a la empleada doméstica

No formalizar la relación laboral puede generar consecuencias legales y económicas: reclamos judiciales por trabajo no registrado, pago retroactivo de aportes, indemnizaciones en caso de despido y falta de cobertura ante accidentes laborales.

 

Además, la trabajadora queda excluida de derechos básicos como jubilación, obra social y licencias.

 

Cómo se negocian los aumentos salariales

 

Los incrementos salariales del sector no dependen del Poder Ejecutivo.

 

Se definen en la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, integrada por:

·         Representantes del Estado

·         Empleadores

·         Sindicato del sector

Por eso, los aumentos pueden demorarse y suelen aplicarse de manera escalonada.