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martes, 21 de julio de 2026

ARCA confirmó los nuevos montos a pagar en el Monotributo y habilitó la recategorización

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero informa que está disponible la recategorización del monotributo hasta el 5 de agosto, inclusive.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informa que está disponible la recategorización del monotributo hasta el 5 de agosto, inclusive. El trámite se puede realizar de forma simple a través de la web y también desde un teléfono celular. Las nuevas escalas vigentes fueron actualizadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes, ARCA desarrolló la recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editar manualmente.

Además, la recategorización se puede realizar desde un celular a través de la app ARCA Móvil.

La recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo.

Se trata de la segunda recategorización anual contemplada en la ley 24.977 de régimen simplificado y sus normas modificatorias.

¿Qué se debe tener en cuenta?

El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables

¿Dónde se consultan los valores?

Los nuevos valores se pueden consultar en el siguiente enlace: www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp

¿Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar?

 

Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24.977) los parámetros se actualizan de forma semestral y para la actual recategorización se deben considerar los IPC de enero a junio.

¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?

1 - Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modificaron los parámetros de la categoría actual.

2- Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.

¿Cómo pagar el monotributo?

El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de agosto estarán vigentes los nuevos valores a abonar.

Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar.

Medios de pago disponibles:

·         Volante Electrónico de Pago (VEP)

·         Homebanking

·         Cajero automático

·         Tarjeta de crédito

·         Débito automático en cuenta bancaria

·         Mercado Pago

Monotributo: cuáles son los nuevos montos máximos de facturación

A continuación, los nuevos montos máximos de facturación de las categorías del Monotributo:

·         A $12.009.410,45

·         B $17.595.182,74

·         C $24.670.494,31

·         D $30.628.651,43

·         E $36.028.231,33

·         F $45.151.659,41

·         G $53.995.798,87

·         H $81.924.660,37

·         I $91.699.761,90

·         J $105.012.519,20

·         K $126.610.838,75

Monotributo: cuáles son los nuevos montos de las cuotas mensuales

A continuación, los nuevos montos de las cuotas mensuales de las categorías del Monotributo (servicios y ventas de bienes respectivamente):

·         A servicios $49.527,18 - bienes $49.527,18

·         B servicios $56.379,08 - bienes $56.379,08

·         C servicios $66.020,12 - bienes $64.530,58

·         D servicios $84.612,93 -  bienes $82.564,81

·         E servicios $119.811,45 - bienes $108.267,51

·         F servicios $150.784,21 - bienes $129.930,65

·         G servicios $230.312,94 - bienes $158.815,05

·         H servicios $522.706,68 -  bienes $317.895,01

·         I servicios $963.747,86 - bienes $474.992,78

·         J servicios $1.167.299,76 -  bienes $580.793,69

·         K servicios $1.614.446,04 bienes - $702.103,24

 

lunes, 20 de julio de 2026

ARCA Ya Publicó Las Escalas De Monotributo al 01/08/2026

 


miércoles, 15 de julio de 2026

Cuánto podés facturar por mes si sos monotributista sin salir del régimen de ARCA

 

Con la actualización vigente, quienes están en la categoría K pueden emitir en promedio más de $10,5 millones por mes sin quedar excluidos del régimen

Si sos monotributista y querés saber cuánto podés facturar por mes sin quedar excluido del régimen simplificado, la respuesta depende de la categoría en la que estés inscripto. Desde la actualización que rige entre julio y diciembre de 2026, el tope más alto corresponde a la categoría K, que permite declarar hasta $126.610.838,74 anuales, un promedio de $10.550.903,23 por mes.

Sin embargo, ese valor mensual funciona únicamente como una referencia. ARCA no controla la facturación de manera aislada cada mes, sino que toma en cuenta los ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses. Si el contribuyente supera el límite anual establecido para su categoría, puede quedar excluido del Monotributo y pasar al régimen general.

Cuánto podés facturar por mes según cada categoría del Monotributo

Aunque el régimen fija límites anuales de ingresos, es posible calcular un promedio mensual para conocer cuál es el nivel de facturación compatible con cada categoría.

Estos son los valores vigentes entre julio y diciembre de 2026:

Categoría A:

·         Tope anual: $12.009.410,45

·         Promedio mensual: $1.000.784,20

Categoría B:

·         Tope anual: $17.595.182,74

·         Promedio mensual: $1.466.265,23

Categoría C:

·         Tope anual: $24.670.494,31

·         Promedio mensual: $2.055.874,53

Categoría D:

·         Tope anual: $30.628.651,43

·         Promedio mensual: $2.552.387,62

Categoría E:

·         Tope anual: $36.028.231,33

·         Promedio mensual: $3.002.352,61

Categoría F:

·         Tope anual: $45.151.659,41

·         Promedio mensual: $3.762.638,28

Categoría G:

·         Tope anual: $53.995.798,87

·         Promedio mensual: $4.499.649,91

Categoría H:

·         Tope anual: $81.924.660,37

·         Promedio mensual: $6.827.055,03

Categoría I:

·         Tope anual: $91.699.761,90

·         Promedio mensual: $7.641.646,83

Categoría J:

·         Tope anual: $105.012.519,19

·         Promedio mensual: $8.751.043,27

Categoría K:

·         Tope anual: $126.610.838,74

·         Promedio mensual: $10.550.903,23

Es importante recordar que estos montos mensuales son una guía. Lo que determina la permanencia en el régimen es la facturación acumulada de los últimos doce meses, ya que ARCA evalúa los ingresos brutos devengados durante ese período y no únicamente lo facturado en un mes determinado.

 

Qué pasa si superás el límite de facturación del Monotributo

 

Cuando un contribuyente supera el tope anual permitido para su categoría, las consecuencias dependen de la magnitud del exceso. Si todavía existe una categoría superior compatible con el nivel de ingresos, corresponde realizar la recategorización.

 

En cambio, quienes ya se encuentran en la categoría K y exceden el límite máximo del régimen dejan de reunir los requisitos para permanecer en el Monotributo y deben incorporarse al régimen general, donde comienzan a tributar IVA, Impuesto a las Ganancias y el resto de las obligaciones previstas para los responsables inscriptos.

 

Para detectar estas situaciones, ARCA cruza información proveniente de las facturas electrónicas, las acreditaciones bancarias, los movimientos registrados en billeteras virtuales y otros datos fiscales disponibles.

 

Si encuentra inconsistencias entre la categoría declarada y el nivel de actividad del contribuyente, puede iniciar una recategorización de oficio o incluso disponer la exclusión del régimen simplificado.

 

Qué otros requisitos controla ARCA para permanecer en el Monotributo

 

La facturación no es el único parámetro que define la permanencia dentro del régimen.

 

Además de los ingresos, el organismo también considera otros indicadores relacionados con la actividad desarrollada.

 

En la categoría K, los límites vigentes son los siguientes:

·         Superficie afectada a la actividad: hasta 200 metros cuadrados

·         Consumo anual de energía eléctrica: hasta 20.000 kW

·         Alquileres devengados: hasta $8.378.658,45 por año

Si alguno de estos parámetros supera los valores permitidos, el contribuyente también puede quedar obligado a modificar su situación fiscal, aun cuando su nivel de facturación continúe dentro del límite establecido para su categoría.

Cuánto paga por mes un monotributista de la categoría K

Además de contar con el mayor límite de facturación, la categoría K también implica la cuota mensual más elevada del régimen.

 

Los importes cambian según la actividad desarrollada:

Prestación de servicios o locaciones

·         Cuota mensual total: $1.614.446,02. Incluye el impuesto integrado, los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la obra social

Venta de bienes muebles

·         Cuota mensual total: $702.103,22. El monto es menor porque el impuesto integrado para esta actividad es más bajo, aunque mantiene los mismos aportes previsionales y de obra social.

La diferencia entre ambos valores supera los $900.000 mensuales y refleja el tratamiento diferencial que el régimen simplificado otorga a los contribuyentes que prestan servicios frente a quienes se dedican a la comercialización de bienes.