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miércoles, 15 de julio de 2026

Cuánto podés facturar por mes si sos monotributista sin salir del régimen de ARCA

 

Con la actualización vigente, quienes están en la categoría K pueden emitir en promedio más de $10,5 millones por mes sin quedar excluidos del régimen

Si sos monotributista y querés saber cuánto podés facturar por mes sin quedar excluido del régimen simplificado, la respuesta depende de la categoría en la que estés inscripto. Desde la actualización que rige entre julio y diciembre de 2026, el tope más alto corresponde a la categoría K, que permite declarar hasta $126.610.838,74 anuales, un promedio de $10.550.903,23 por mes.

Sin embargo, ese valor mensual funciona únicamente como una referencia. ARCA no controla la facturación de manera aislada cada mes, sino que toma en cuenta los ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses. Si el contribuyente supera el límite anual establecido para su categoría, puede quedar excluido del Monotributo y pasar al régimen general.

Cuánto podés facturar por mes según cada categoría del Monotributo

Aunque el régimen fija límites anuales de ingresos, es posible calcular un promedio mensual para conocer cuál es el nivel de facturación compatible con cada categoría.

Estos son los valores vigentes entre julio y diciembre de 2026:

Categoría A:

·         Tope anual: $12.009.410,45

·         Promedio mensual: $1.000.784,20

Categoría B:

·         Tope anual: $17.595.182,74

·         Promedio mensual: $1.466.265,23

Categoría C:

·         Tope anual: $24.670.494,31

·         Promedio mensual: $2.055.874,53

Categoría D:

·         Tope anual: $30.628.651,43

·         Promedio mensual: $2.552.387,62

Categoría E:

·         Tope anual: $36.028.231,33

·         Promedio mensual: $3.002.352,61

Categoría F:

·         Tope anual: $45.151.659,41

·         Promedio mensual: $3.762.638,28

Categoría G:

·         Tope anual: $53.995.798,87

·         Promedio mensual: $4.499.649,91

Categoría H:

·         Tope anual: $81.924.660,37

·         Promedio mensual: $6.827.055,03

Categoría I:

·         Tope anual: $91.699.761,90

·         Promedio mensual: $7.641.646,83

Categoría J:

·         Tope anual: $105.012.519,19

·         Promedio mensual: $8.751.043,27

Categoría K:

·         Tope anual: $126.610.838,74

·         Promedio mensual: $10.550.903,23

Es importante recordar que estos montos mensuales son una guía. Lo que determina la permanencia en el régimen es la facturación acumulada de los últimos doce meses, ya que ARCA evalúa los ingresos brutos devengados durante ese período y no únicamente lo facturado en un mes determinado.

 

Qué pasa si superás el límite de facturación del Monotributo

 

Cuando un contribuyente supera el tope anual permitido para su categoría, las consecuencias dependen de la magnitud del exceso. Si todavía existe una categoría superior compatible con el nivel de ingresos, corresponde realizar la recategorización.

 

En cambio, quienes ya se encuentran en la categoría K y exceden el límite máximo del régimen dejan de reunir los requisitos para permanecer en el Monotributo y deben incorporarse al régimen general, donde comienzan a tributar IVA, Impuesto a las Ganancias y el resto de las obligaciones previstas para los responsables inscriptos.

 

Para detectar estas situaciones, ARCA cruza información proveniente de las facturas electrónicas, las acreditaciones bancarias, los movimientos registrados en billeteras virtuales y otros datos fiscales disponibles.

 

Si encuentra inconsistencias entre la categoría declarada y el nivel de actividad del contribuyente, puede iniciar una recategorización de oficio o incluso disponer la exclusión del régimen simplificado.

 

Qué otros requisitos controla ARCA para permanecer en el Monotributo

 

La facturación no es el único parámetro que define la permanencia dentro del régimen.

 

Además de los ingresos, el organismo también considera otros indicadores relacionados con la actividad desarrollada.

 

En la categoría K, los límites vigentes son los siguientes:

·         Superficie afectada a la actividad: hasta 200 metros cuadrados

·         Consumo anual de energía eléctrica: hasta 20.000 kW

·         Alquileres devengados: hasta $8.378.658,45 por año

Si alguno de estos parámetros supera los valores permitidos, el contribuyente también puede quedar obligado a modificar su situación fiscal, aun cuando su nivel de facturación continúe dentro del límite establecido para su categoría.

Cuánto paga por mes un monotributista de la categoría K

Además de contar con el mayor límite de facturación, la categoría K también implica la cuota mensual más elevada del régimen.

 

Los importes cambian según la actividad desarrollada:

Prestación de servicios o locaciones

·         Cuota mensual total: $1.614.446,02. Incluye el impuesto integrado, los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la obra social

Venta de bienes muebles

·         Cuota mensual total: $702.103,22. El monto es menor porque el impuesto integrado para esta actividad es más bajo, aunque mantiene los mismos aportes previsionales y de obra social.

La diferencia entre ambos valores supera los $900.000 mensuales y refleja el tratamiento diferencial que el régimen simplificado otorga a los contribuyentes que prestan servicios frente a quienes se dedican a la comercialización de bienes.


martes, 14 de julio de 2026

Estos son los nuevos valores del Monotributo para el segundo semestre del 2026

 

Conocido el porcentaje de inflación de junio 2026 informado por el INDEC, ya pueden calcularse los nuevos valores de Monotributo y Ganancias

Conocido el porcentaje de inflación de junio 2026 (1,9%) informado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) ya se puede calcular el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias a partir del cual los trabajadores pagarán el tributo y los nuevos valores de las cuotas y los topes de facturación que regirán en el Monotributo para el segundo semestre del año.

Monotributo: cuáles son los nuevos montos máximos de facturación

A continuación los nuevos montos máximos de facturación de las categorías del Monotributo:

·         A $12.011.761,13

·         B $17.598.626,75

·         C $24.675.323,21

·         D $30.634.646,56

·         E $36.035.283,35

·         F $45.139.460,83

·         G $54.083.482,07

·         H $81.940.695,59

·         I $91.717.715,96

·         J $105.033.073,57

·         K $126.635.621,04

 

Monotributo: cuáles son los nuevos montos de las cuotas mensuales

A continuación los nuevos montos de las cuotas mensuales de las categorías del Monotributo (servicios y ventas de bienes respectivamente):

·         A servicios $49.536,87 - bienes $49.536,87

·         B servicios $56.390,11 - bienes $56.390,11

·         C servicios $66.033,03 - bienes $64.543,20

·         D servicios $84.629,49 -  bienes $82.580,96

·         E servicios $119.834,89 - bienes $108.288,70

·         F servicios $150.813,71 - bienes $129.956,08

·         G servicios $230.358,02 - bienes $158.846,13

·         H servicios $522.808,98 -  bienes $317.957,22

·         I servicios $963.936,48 - bienes $475.085,74

·         J servicios $1.167.528,23 -  bienes $580.907,35

·         K servicios $1.614.762,03 bienes - $702.240,66

 

Cuáles son las 8 fechas claves para los monotributistas

 

Los monotributistas deben estar atentos a 8 fechas claves que ocurren entre julio y agosto de 2026.

 

A continuación el relevamiento realizado por Tributum.News de las 8 fechas claves:

1.   14 Julio: nueva Tabla Monotributo

2.   15/16 Julio: publicación oficial  de la nueva tabla del Monotributo ARCA

3.   16/17 Julio: comienzo del plazo de recategorización:

1.   qué facturación y parámetros considerar: facturación Julio 2025-Junio 2026 con nuevos topes (Tabla Ago 2026-Ene 2027)

4.   20 Julio: pago Monotributo mes de Julio (valor igual a Junio 2026)

5.   1 Agosto 2026 al 31 Enero 2027: efectos de la Tabla nueva del Monotributo

6.   5 Agosto: fin frl plazo de recategorización en el Monotributo

7.   6 al 20 Agosto: recategorización de oficio en el Monotributo por controles sistémicos

8.   20 Agosto: pago Monotributo mes de Agosto (valor Tabla nueva)

Fuente: Tributum.News

La recategorización del monotributo ante ARCA se realiza dos veces por año en los siguientes períodos:

·         Hasta el 5 de febrero.

·         Hasta el 5 de agosto.

En cada instancia se deben analizar los parámetros correspondientes a los últimos 12 meses de actividad. Para la recategorización de agosto 2026, por ejemplo, se toma el período comprendido entre julio de 2025 y junio de 2026.

Si el vencimiento coincide con un día inhábil, el plazo puede trasladarse al día hábil siguiente según el calendario fiscal vigente

Los cuatro parámetros que analiza ARCA

Para determinar la categoría correcta del monotributo, los contribuyentes deben revisar cuatro variables principales:

·         Ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses.

·         Energía eléctrica consumida.

·         Alquileres devengados, en caso de corresponder.

·         Superficie afectada a la actividad económica.

Si alguno de estos parámetros supera o queda por debajo de los límites establecidos para la categoría actual, corresponde efectuar la recategorización.

Cómo hacer la recategorización paso a paso

El trámite de la recategorización del monotributo se realiza de manera completamente online desde el portal oficial de ARCA.

·         Ingresar al sitio con CUIT y Clave Fiscal.

·         Acceder al servicio Monotributo.

·         Seleccionar la opción "Recategorizarme".

·         Revisar la información de facturación que muestra el sistema.

·         Confirmar o corregir los datos correspondientes a ingresos, alquileres, energía y superficie.

·         Verificar la categoría resultante.

·         Confirmar el trámite y descargar el comprobante.

Una vez finalizado el proceso, el sistema genera el Formulario F.184 y permite obtener la nueva credencial de pago.

La novedad: recategorización simplificada

Por segundo año consecutivo, ARCA mantiene el sistema de recategorización simplificada.

Al ingresar al portal, el contribuyente visualiza automáticamente la facturación registrada durante los últimos 12 meses y recibe una propuesta de categoría. Si los datos son correctos, puede aceptarla directamente; en caso contrario, tiene la posibilidad de modificarlos.

Esta herramienta busca reducir errores y agilizar el cumplimiento de la obligación fiscal.

Quiénes no tienen que hacer el trámite

No todos los monotributistas están obligados a recategorizarse.

Quedan exceptuados:

·         Quienes mantienen exactamente la misma categoría y continúan dentro de todos los parámetros permitidos.

·         Quienes tienen menos de seis meses de actividad dentro del régimen.

En esos casos no es necesario realizar ninguna acción.

Qué documentación conviene tener a mano

Antes de iniciar el trámite, resulta recomendable contar con:

·         Facturación de los últimos 12 meses.

·         Facturas de energía eléctrica.

·         Datos de superficie afectada a la actividad.

·         Contratos y pagos de alquileres, si corresponde.

·         Clave Fiscal vigente.

·         Domicilio Fiscal Electrónico actualizado.

Qué pasa si no te recategorizás

ARCA cuenta con sistemas automáticos de control que cruzan información proveniente de compras, gastos, movimientos bancarios y acreditaciones financieras.

Si detecta inconsistencias o considera que el contribuyente debió modificar su categoría y no lo hizo, puede aplicar una recategorización de oficio.

Este procedimiento implica:

·         Cambio automático de categoría.

·         Reclamo retroactivo de diferencias de cuota.

·         Posibles sanciones previstas por la normativa vigente.

Además, quienes sean recategorizados de oficio recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los primeros 10 días hábiles posteriores al vencimiento del trámite.

Desde cuándo se paga la nueva categoría

Una vez completada la recategorización, los nuevos valores comienzan a regir desde el mes siguiente.

En el caso de la recategorización de agosto de 2026, la nueva cuota impactará en los pagos posteriores al trámite.

Por eso, revisar la situación fiscal antes del vencimiento no solo evita sanciones, sino que también permite mantener actualizada la categoría correspondiente dentro del Monotributo.