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lunes, 24 de agosto de 2026

Fuerte ofensiva de ARCA contra patrimonios ocultos en el exterior con ajustes millonarios y denuncias penales

 

ARCA cruza datos de FATCA y CRS para detectar cuentas ocultas en el exterior. Conozca las claves de los controles y cómo defenderse ante reclamos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó una ofensiva de fiscalización contra activos en el exterior. A partir de los convenios de intercambio internacional, realiza cruces masivos entre los datos bancarios y las declaraciones patrimoniales, lo que está derivando en fuertes ajustes y denuncias penales.

"ARCA ha fortalecido su capacidad de fiscalización mediante la implementación de convenios de intercambio automático de información, destacándose la reciente incorporación de los datos provenientes de Estados Unidos vía FATCA", indica Juan Pablo Baumann, del estudio PASBBA.

"Estas herramientas permiten que la ARCA acceda de forma sistemática a datos de las cuentas bancarias situadas en las principales plazas del exterior. Al contrastar estos reportes con las declaraciones de los contribuyentes, el organismo puede detectar omisiones o patrimonios no declarados de manera masiva y eficiente", explica.

"Este nuevo escenario implica que mantener inversiones ocultas fuera del país conlleva un riesgo creciente de reclamos fiscales sumamente gravosos y posibles consecuencias penales. Por lo tanto, resulta fundamental que los contribuyentes realicen una evaluación exhaustiva de su cumplimiento para evitar fiscalizaciones severas derivadas de estos cruces tecnológicos", afirma.

Cómo funcionan los acuerdos de intercambio de información

"Los acuerdos de intercambio automático de información incrementaron sustancialmente la capacidad de la administración tributaria argentina para detectar activos financieros en el exterior que no hayan sido correctamente declarados", señala Baumann.

"Argentina participa desde hace años del estándar CRS de la OCDE y, desde 2025, cuenta con los datos del acuerdo FATCA con Estados Unidos, bajo cuyo marco la ARCA viene recibiendo información desde septiembre de 2024", precisa.

"Esto permite que la ARCA acceda de manera sistemática a valiosa información financiera proveniente de un número cada vez mayor de jurisdicciones que incluyen a muchos de los principales centros financieros del mundo, para luego contrastarla contra las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes", considera.

Qué datos obtiene ARCA de los acuerdos internacionales

El tipo de información financiera que recibe el organismo varía según el marco bajo el cual se realice el intercambio, enumera Baumann:

Bajo el estándar CRS

·         Identificación del titular o de la persona controlante.

·         Número de cuenta.

·         Saldo o valor de la cuenta.

·         Determinados intereses y otros importes acreditados (según el tipo de cuenta).

Bajo el acuerdo FATCA

·         Identificación del titular de la cuenta.

·         Identificación de la cuenta.

·         Monto bruto de los intereses acreditados en la cuenta.

·       Dividendos y otros ingresos de fuente estadounidense que hayan sido percibidos

"En el marco del análisis de una situación de interés fiscal, esta información constituye para el fisco un mero punto de partida, pues a partir de ese primer "hilo del cual tirar" la ARCA puede obtener mucha más información valiéndose al efecto de otras herramientas idóneas", sostiene Baumann.

 

Qué herramienta aplica ARCA a los datos del intercambio

 

"A partir de este dato inicial, ARCA puede desplegar otras herramientas idóneas para recabar aún más información sobre el contribuyente", enfatiza Baumann, y puntualiza:

 

Cruces masivos de datos: ARCA realiza cruces masivos sistematizados de los datos sobre titulares, saldos y rendimientos financieros recibidos, contrastándolos directamente con las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes.

 

Presión fiscalizadora creciente: el flujo constante de esta información internacional ha incrementado la presión fiscalizadora de ARCA para detectar activos financieros no declarados.

 

Reclamos y denuncias penales: las inconsistencias detectadas derivan en fiscalizaciones y reclamos sumamente gravosos bajo la figura de incrementos patrimoniales no justificados, los cuales suelen acarrear relevancia penal asociada.

 

Cómo defenderse frente el avance de ARCA

 

"Mantener activos o inversiones en el exterior sin la debida declaración implica un riesgo de detección que crece de forma continua", remarca Baumann.

 

"Para evitar contingencias fiscales y reclamos de gravedad, el primer paso fundamental consiste en realizar una evaluación profunda de la propia estructura patrimonial", expresa.

 

"A eso se agrega analizar detenidamente las jurisdicciones donde se localizan los activos y revisar exhaustivamente el estado actual de cumplimiento frente al Fisco", subraya

 

"Desde ya que lo mejor es evitar ese tipo de situaciones por tener activos en el exterior no declarados ante ARCA", concluye Baumann.


Se dio a conocer si hay aumento para domésticas y cómo quedan los montos en agosto

 

En esta liquidación se suma al básico el 50% restante de la suma no remunerativa acordada en marzo de este año, completando así el proceso de incorporación

 

Durante agosto de 2026 no hay un nuevo aumento salarial adicional para las empleadas domésticas, ya que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares todavía no acordó una revisión de la paritaria para este mes.

 

Por lo tanto, durante agosto 2026 se mantienen vigentes los mismos valores mínimos fijados para julio, los cuales incluyeron un último tramo de ajuste del 1,4% y la incorporación definitiva de las sumas no remunerativas al sueldo básico.

 

Cuánto cobran las empleadas domésticas en agosto 2026

 

En esta liquidación se suma al básico el 50% restante de la suma no remunerativa acordada en marzo de este año, completando así el proceso de incorporación de ese concepto extraordinario a la remuneración habitual.

 

La actualización alcanza tanto a las trabajadoras mensualizadas como a quienes perciben un pago por hora, siempre que la relación laboral se encuentre registrada conforme a la normativa vigente.

El incremento de julio forma parte del acuerdo salarial establecido por la Resolución 4/2026, que fijó una serie de aumentos acumulativos entre abril y julio. El esquema contempló una suba del 1,8% en abril, seguida por aumentos del 1,6% en mayo, del 1,5% en junio y, finalmente, del 1,4% en julio.

Al tratarse de incrementos acumulativos, cada porcentaje se aplicó sobre el salario actualizado del mes anterior, lo que determinó los valores mínimos que se pagan durante agosto 2026.

Para el personal de tareas generales, categoría que reúne a la mayor cantidad de trabajadoras del régimen, los salarios mínimos quedaron establecidos en $ 3.733,72 por hora y $ 458.053,22 mensuales para quienes trabajan con retiro. En la modalidad sin retiro, el valor asciende a $ 3.996,45 por hora y $ 505.302,76 por mes.

En la categoría de supervisores, que comprende a quienes coordinan el trabajo de dos o más personas dentro del hogar, los salarios mínimos son de $ 4.438,77 por hora y $ 553.725,91 mensuales con retiro. Para quienes trabajan sin retiro, los valores alcanzan los $ 4.829,13 por hora y $ 612.673,11 mensuales.

Por otra parte, el personal destinado a tareas específicas, como cocineros contratados exclusivamente para esa función u otros trabajadores con conocimientos especializados, percibe un mínimo de $ 4.223,25 por hora y $ 517.006,43 mensuales con retiro. En la modalidad sin retiro, el piso salarial es de $ 4.597,18 por hora y $ 571.426,17 por mes.

Los caseros, categoría integrada por quienes residen en el inmueble donde prestan servicios, cuentan únicamente con la modalidad sin retiro. En este caso, el salario mínimo quedó fijado en $ 3.996,45 por hora y $ 505.302,76 mensuales.

En tanto, el personal dedicado a la asistencia y cuidado de personas, incluyendo niños, adultos mayores o personas con discapacidad que requieren acompañamiento no terapéutico, cobra un mínimo de $ 3.996,45 por hora y $ 505.302,76 mensuales con retiro. Sin retiro, la escala asciende a $ 4.435,86 por hora y $ 558.972,92 por mes.

 

Qué cambia la reforma laboral para las empleadas domésticas

 

La reforma laboral incorpora modificaciones específicas para el régimen de trabajadores de casas particulares, que continuará regido por la Ley 26.844.

Uno de los principales cambios consiste en reafirmar que la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) no se aplica directamente a este sector, salvo en aquellos puntos que el régimen especial establezca expresamente como compatibles.

De esta manera, la normativa mantiene la autonomía del sistema de casas particulares y determina que los derechos y obligaciones del sector deben surgir principalmente de su legislación específica.

 

Nuevo período de prueba para empleadas domésticas: pasa a seis meses

 

El cambio más relevante de la reforma laboral para empleadas domésticas está vinculado con el período de prueba.

Hasta ahora, la Ley 26.844 establecía:

·         30 días para el personal sin retiro

·         15 días para el personal con retiro, cuando la relación no superaba los tres meses

Con la nueva normativa, todos los contratos por tiempo indeterminado tendrán un período de prueba de seis meses.

Durante ese período:

·         cualquiera de las partes podrá finalizar la relación laboral sin expresar causa

·         no corresponderá indemnización por despido

·         el empleador no podrá volver a contratar a la misma persona utilizando nuevamente un período de prueba

El cambio amplía el plazo inicial de evaluación de la relación laboral y unifica el tratamiento entre las distintas modalidades de contratación.

Recibo electrónico para el personal de casas particulares

Otro de los cambios introducidos por la reforma laboral alcanza a los recibos de sueldo.

La nueva norma establece que los recibos deberán emitirse de manera electrónica mediante el sistema que determine la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Además, la constancia bancaria del pago del salario tendrá valor como prueba suficiente de la cancelación de la remuneración.

Hasta ahora, el régimen permitía la confección del recibo en formato papel con firma de la trabajadora.

Con la modificación, el sistema pasa a ser digital y centralizado, con mayor registro de las operaciones laborales.

Ropa de trabajo: se podrá compensar con dinero

La reforma laboral mantiene la obligación del empleador de proporcionar la ropa y los elementos necesarios para realizar las tareas.

Sin embargo, una vez finalizado el período de prueba, esa obligación podrá cumplirse mediante el pago de una suma de dinero no remunerativa.

Esto implica que el empleador podrá reemplazar la entrega física de la indumentaria por una compensación económica destinada a ese concepto.

Al tratarse de un monto no remunerativo, no será considerado para calcular aportes, aguinaldo ni indemnizaciones.

Cambios en la actualización de juicios laborales

La reforma también modifica el mecanismo de actualización de créditos laborales para el personal de casas particulares.

El nuevo esquema establece que la actualización e intereses de estos créditos se regirán por las disposiciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo y por las normas incorporadas por la reforma laboral.

El objetivo del cambio es establecer un criterio común para la actualización de montos reclamados en procesos judiciales laborales.


ARCA cambia la factura electrónica y suma nuevas obligaciones desde septiembre

 

La nueva normativa establece un cronograma gradual para bancos, aseguradoras, tarjetas y otros sectores. Qué cambia y desde cuándo

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de emisión de comprobantes y estableció un nuevo cronograma para incorporar de manera progresiva a distintos sectores a la factura electrónica.

 

El cambio quedó establecido mediante la Resolución General 5866/2026, que reemplazó el esquema de la RG 5824 y fijó distintas fechas de entrada en vigencia para aseguradoras, entidades financieras, administradoras de tarjetas y otros actores.

 

Una de las obligaciones ya comenzó a regir el 1 de julio de 2026. Desde esa fecha, los directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes de consejos de vigilancia y autoridades equivalentes de asociaciones, fundaciones, cooperativas y otras entidades deben emitir comprobantes electrónicos por los honorarios que perciban.

 

La factura debe emitirse cuando se determine la asignación individual de los honorarios, ya sea por decisión de la asamblea de accionistas, reunión de socios, directorio u órgano ejecutivo correspondiente. La obligación también alcanza a quienes ocupen cargos equivalentes en otras entidades comprendidas por la normativa.

 

A partir de allí, ARCA estableció un cronograma escalonado para sumar nuevas operaciones y sectores. La próxima fecha relevante será el 1 de septiembre, cuando comiencen las obligaciones específicas para las compañías de seguros.

 

Quiénes están obligados por ARCA desde el 1 de julio

 

Desde el 1 de julio, los directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes de consejos de vigilancia y autoridades equivalentes de asociaciones, fundaciones, cooperativas y otras entidades deben emitir comprobantes electrónicos por los honorarios que perciban.

 

La obligación alcanza a los importes asignados individualmente por las asambleas de accionistas, reuniones de socios, directorios u órganos ejecutivos correspondientes.

 

El comprobante debe emitirse en el momento en que se determine formalmente la asignación individual de esos honorarios. La medida forma parte de la ampliación del régimen de facturación electrónica que ARCA implementa de manera gradual.

 

Qué cambia para las aseguradoras desde septiembre

 

La próxima fecha clave será el 1 de septiembre de 2026. Desde ese día, las compañías de seguros alcanzadas por la normativa deberán emitir comprobantes electrónicos por las operaciones realizadas con consumidores finales que no sean responsables inscriptos ni sujetos exentos en el IVA.

 

La obligación también contempla determinadas operaciones vinculadas con descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones y rescisiones de operaciones alcanzadas por el nuevo esquema.

 

Para las operaciones de seguros de caución, ARCA también modificó el esquema de emisión y habilitó el uso del WebService general para generar los comprobantes electrónicos.

 

Durante una etapa de transición, las entidades podrán continuar utilizando el servicio específico que ya empleaban hasta el 31 de diciembre de 2026.

 

Qué deberán hacer los bancos desde octubre

 

Las entidades financieras tendrán una primera etapa de incorporación al nuevo régimen desde el 1 de octubre de 2026.

 

A partir de esa fecha deberán emitir comprobantes electrónicos por operaciones vinculadas con contratos de leasing y determinadas actividades relacionadas con el comercio exterior.

 

El cambio se aplicará sobre los hechos imponibles que se produzcan desde el inicio de esa etapa.

 

Qué cambia para bancos, tarjetas y sistemas de pago en diciembre

 

El 1 de diciembre de 2026 será otra de las fechas centrales del nuevo cronograma.

 

Desde ese momento, las entidades financieras deberán emitir comprobantes electrónicos por determinadas operaciones vinculadas con préstamos, con excepción de aquellas generadas por descubiertos en cuentas bancarias.

 

También quedarán alcanzadas determinadas operaciones realizadas con sujetos que no sean responsables inscriptos o que estén exentos en el IVA.

 

En la misma fecha se incorporarán las administradoras y emisoras de tarjetas de crédito, compra y débito, además de determinados participantes de sistemas de pago mediante transferencias.

 

La obligación alcanzará a los comprobantes vinculados con los cargos incluidos en las liquidaciones correspondientes a los titulares de tarjetas y a determinadas operaciones comprendidas dentro de los sistemas de pago regulados por el Banco Central.

 

Cómo funcionará la Liquidación Electrónica Mensual

 

La Resolución General 5866 también establece precisiones sobre la Liquidación Electrónica Mensual, una alternativa que permite documentar mediante una liquidación las operaciones realizadas durante un período.

 

El mecanismo alcanza a distintos sectores, entre ellos entidades financieras, compañías de seguros, administradoras de tarjetas y determinados participantes de sistemas de pago, además de otros sujetos incluidos específicamente por la normativa.

 

Quienes opten por esta modalidad deberán emitir la liquidación hasta el último día de cada mes calendario. A partir de entonces, tendrán un plazo adicional de 10 días corridos para poner el comprobante a disposición del cliente o usuario correspondiente.

 

El objetivo es que las operaciones puedan quedar documentadas mediante un comprobante electrónico periódico, sin necesidad de generar una factura individual por cada operación cuando la normativa permita utilizar esta alternativa.

 

Qué cambia desde marzo de 2027

 

La última etapa prevista por ARCA comenzará el 1 de marzo de 2027. Desde esa fecha, las compañías de seguros deberán emitir comprobantes electrónicos por determinadas operaciones de coaseguro, independientemente de la condición del asegurado frente al IVA.

 

También quedarán alcanzadas determinadas liquidaciones periódicas a los comercios adheridos realizadas por entidades financieras, emisoras y administradoras de tarjetas y participantes de sistemas de pago mediante transferencias. De esta manera, el organismo completa la incorporación progresiva de operaciones que hasta ahora tenían modalidades específicas de documentación.

 

El beneficio transitorio que tendrán los bancos

 

ARCA también estableció una medida transitoria para facilitar la adaptación de las entidades financieras.

 

Los bancos estarán exceptuados hasta el 30 de noviembre de 2026 inclusive de informar determinadas percepciones relacionadas con las operaciones alcanzadas por las nuevas obligaciones.

 

Durante ese período podrán continuar detallando esa información en los extractos bancarios y demás documentos utilizados habitualmente para informar las operaciones a sus clientes.

 

De esta forma, el nuevo esquema de factura electrónica de ARCA tendrá una implementación progresiva. La primera obligación empezó el 1 de julio, mientras que septiembre marcará la incorporación de las aseguradoras, octubre sumará determinadas operaciones bancarias y diciembre ampliará el alcance hacia préstamos, tarjetas y sistemas de pago.

 

La última etapa llegará en marzo de 2027, cuando se incorporen nuevas operaciones de seguros y determinadas liquidaciones del sistema financiero.

 

Los comercios porteños tendrán más plazo para detallar Ingresos Brutos en las facturas

 

La ciudad de Buenos Aires estableció la obligación de discriminar impuestos locales en los tickets, pero hubo problemas técnicos y dieron más tiempo

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) dispuso una prórroga para que los comercios de la ciudad de Buenos Aires implementen la discriminación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los tickets emitidos a consumidores finales.

 

Cuál es la prórroga para los tickets porteños

 

La Resolución 312/2026 de la AGIP, publicada el 18 de agosto en el Boletín Oficial porteño, extiende así el plazo para que los contribuyentes alcanzados adecuen sus sistemas de facturación hasta el 30 de septiembre de 2026. Los sujetos alcanzados se establecen en la  Resolución N° 169/AGIP/2026.

 

Esta medida busca fomentar la transparencia fiscal, permitiendo que los compradores visualicen claramente qué parte del precio final corresponde al tributo local, discriminando en el ticket lo que recauda el Gobierno de la ciudad en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

 

La prórroga se concedió debido a las dificultades tecnológicas reportadas por los sujetos obligados para actualizar sus plataformas informáticas a término.

 

De esta manera, el organismo otorga un margen adicional sin alterar la obligatoriedad de la norma ni el universo de contribuyentes alcanzados por el régimen.

 

Cuáles son las condiciones de los nuevos tickets

 

La Resolución 312 dispuso la prórroga del plazo para que los contribuyentes y responsables adapten sus sistemas de facturación.

 

Nuevo plazo de vencimiento: se extendió el límite hasta el miércoles 30 de septiembre de 2026. El vencimiento anterior estaba fijado para el 31 de agosto de este año.

 

Objeto de la obligación: los contribuyentes deben adecuar sus sistemas técnicos e informáticos para discriminar e identificar la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los comprobantes emitidos a consumidores finales por operaciones realizadas en la ciudad de Buenos Aires.

 

La AGIP otorgó este mes adicional debido a las dificultades tecnológicas planteadas por los propios contribuyentes para implementar el deber formal dentro del plazo original.

 

Esta exigencia se inscribe en el régimen de transparencia fiscal al consumidor impulsado por el Decreto 107/2026 de la Ciudad, cuyo fin operativo es que el importe asociado al tributo local pueda visualizarse en la documentación de compra.

 

Quiénes son los obligados a poner el impuesto en sus facturas

 

Comercios obligados por nivel de ingresos: empresas y contribuyentes que hayan superado el monto límite de ingresos brutos anuales (gravados, no gravados y exentos) devengados en el período fiscal inmediato anterior por el desarrollo de actividades en el ámbito de la CABA o bajo el régimen del Convenio Multilateral.

 

Entidades financieras y emisoras de medios de pago: bancos, administradoras de tarjetas de crédito, de compra, de débito y plataformas de servicios de pago o billeteras digitales respecto de las operaciones y comisiones liquidadas.

 

Plataformas digitales y de comercio electrónico: sujetos que intervienen como intermediarios, administradores o facilitadores en la comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de servicios a través de plataformas virtuales o sitios web.

 

Empresas nominadas de manera expresa: aquellos contribuyentes designados específicamente por la AGIP en los padrones y anexos oficiales correspondientes a regímenes particulares (como seguros, combustibles, automotores, entre otros sectores específicos).

 

Qué sanciones se aplican al incumplimiento

 

La reglamentación establece que no cumplir con la obligación de discriminar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los comprobantes emitidos a consumidores finales constituye un incumplimiento a los deberes formales.

 

Esto hace pasibles a los infractores de las sanciones generales contempladas en el artículo 107 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas multas se fijan anualmente por la Ley Tarifaria.

 

De acuerdo con los parámetros generales actualizados por la Ley Tarifaria de CABA para el corriente período fiscal 2026, la sanción aplicable a las infracciones a los deberes formales se gradúa entre un mínimo de $77.650 y un máximo de $3.417.000.

 

Gracias a la Resolución 312/AGIP/2026, el plazo de gracia se extendió hasta el 30 de septiembre de 2026. Por lo tanto, los contribuyentes que no regularicen la adecuación tecnológica de sus sistemas antes de esa fecha límite quedarán expuestos a la aplicación efectiva de este esquema de multas.


viernes, 14 de agosto de 2026

ARBA publicó los nuevos montos del monotributo unificado desde agosto 2026

 

La actualización de ARBA impacta en los importes que abonan quienes están inscriptos al sistema de tributo integrado desde este mes

A partir de agosto de 2026, los contribuyentes adheridos al régimen de Ingresos Brutos Simplificados de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) comienzan a pagar los nuevos importes correspondientes a cada categoría.

La actualización acompaña la modificación de las escalas del Monotributo nacional y alcanza a quienes utilizan el esquema de Monotributo Unificado, que permite cancelar en un solo pago las obligaciones nacionales y provinciales.

El sistema unifica el pago del componente impositivo nacional con el impuesto sobre los Ingresos Brutos de la provincia de Buenos Aires. De esta manera, los monotributistas alcanzados realizan una única operación mensual para cumplir con ambas obligaciones fiscales, sin necesidad de gestionar pagos separados.

Los nuevos valores de Ingresos Brutos Simplificados ya se encuentran vigentes y se aplican automáticamente según la categoría de cada contribuyente. El importe correspondiente se incorpora al volante electrónico de pago (VEP) del Monotributo o al débito automático, en caso de que el contribuyente tenga adherida esa modalidad.

Cómo funciona el régimen de Ingresos Brutos Simplificados de ARBA

El régimen de Ingresos Brutos Simplificados forma parte del esquema de Monotributo Unificado, una modalidad implementada para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños contribuyentes.

En la provincia de Buenos Aires, el sistema es administrado por ARBA y permite integrar el impuesto provincial sobre los Ingresos Brutos con el Monotributo nacional. Como consecuencia, el contribuyente no necesita generar liquidaciones independientes ni realizar trámites adicionales para cancelar el tributo provincial.

 

La actualización de agosto de 2026 modifica los valores que deben abonar los monotributistas bonaerenses según la categoría en la que se encuentren inscriptos y según la actividad desarrollada, ya sea prestación de servicios o venta de cosas muebles.

 

El ajuste acompaña la recategorización semestral del Monotributo nacional, por lo que quienes hayan cambiado de categoría comenzarán a abonar el importe correspondiente de manera automática.

 

Qué es el Monotributo Unificado

El Monotributo Unificado es un régimen que reúne en un único pago mensual las obligaciones tributarias nacionales y provinciales para determinados contribuyentes.

A través de este esquema se abonan conjuntamente:

·         El componente impositivo del Monotributo nacional

·         Los aportes previsionales

·         El aporte destinado a la obra social, cuando corresponda

·         El impuesto sobre los Ingresos Brutos provincial

En el caso de la provincia de Buenos Aires, la integración se realiza mediante el régimen de Ingresos Brutos Simplificados administrado por ARBA, evitando que los pequeños contribuyentes deban presentar declaraciones juradas mensuales o anuales para este impuesto.

El objetivo del sistema es simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales mediante un único procedimiento de pago y una liquidación automática de los importes correspondientes.

Cuáles son las principales características del régimen

Los contribuyentes adheridos al sistema de Ingresos Brutos Simplificados cuentan con un esquema de liquidación que establece una cuota fija mensual de acuerdo con la categoría del Monotributo.

Entre las principales características del régimen se encuentran:

·         Pago mensual unificado junto con el Monotributo nacional

·         Cuota fija determinada por la categoría vigente

·  Exención de presentar declaraciones juradas mensuales y anuales por el impuesto sobre los Ingresos Brutos

·         Exclusión del régimen de retenciones y percepciones sobre cuentas bancarias y operaciones con tarjetas de crédito y débito

·         Liquidación automática del importe correspondiente

De esta manera, el monto provincial se incorpora directamente al pago mensual del Monotributo, sin que el contribuyente deba efectuar cálculos adicionales.

Cuánto se paga de Ingresos Brutos Simplificados en agosto de 2026

Los nuevos valores establecidos para Ingresos Brutos Simplificados de ARBA desde agosto de 2026 son los siguientes:

·         Categoría A: $11.505 (servicios) - $10.010 (venta)

·         Categoría B: $18.720 (servicios) - $16.275 (venta)

·         Categoría C: $29.260 (servicios) - $25.450 (venta)

·         Categoría D: $40.685 (servicios) - $35.380 (venta)

·         Categoría E: $53.850 (servicios) - $46.820 (venta)

·         Categoría F: $76.250 (servicios) - $66.300 (venta)

·         Categoría G: $103.490 (servicios) - $90.000 (venta)

·         Categoría H: $179.010 (servicios) - $155.660 (venta)

·         Categoría I: $229.420 (servicios) - $199.505 (venta)

·         Categoría J: $302.140 (servicios) - $262.730 (venta)

·         Categoría K: $420.750 (servicios) - $365.870 (venta)

Los importes varían según la categoría del Monotributo y la actividad declarada por el contribuyente. En todos los casos, el monto correspondiente se integra automáticamente al pago mensual del régimen unificado.

Cómo saber qué categoría tiene asignada cada contribuyente

Los monotributistas pueden consultar la categoría vigente y verificar el importe que deberán abonar utilizando los canales oficiales disponibles.

Una de las alternativas consiste en ingresar al portal de ARBA utilizando la CUIT y la Clave CIT, donde se encuentra disponible la información vinculada al régimen provincial.

También es posible consultar la situación desde la plataforma del Monotributo, donde figura la categoría nacional vigente y el importe actualizado que corresponde abonar.

Quienes tengan adherido el débito automático no necesitan realizar ninguna gestión adicional, ya que el sistema aplicará automáticamente el nuevo valor correspondiente a la categoría vigente.

Del mismo modo, quienes generan el pago mediante un volante electrónico de pago (VEP) encontrarán reflejado el importe actualizado al momento de emitir la obligación mensual.

Qué cambia para los monotributistas desde agosto

La entrada en vigencia de las nuevas escalas implica que los contribuyentes comenzarán a abonar los montos actualizados correspondientes al componente provincial de Ingresos Brutos Simplificados.

La modificación no altera el funcionamiento general del régimen, que continúa manteniendo la integración entre el Monotributo nacional y el impuesto provincial en un único pago.

Los cambios alcanzan exclusivamente a los importes establecidos para cada categoría, diferenciando entre quienes desarrollan actividades de locación o prestación de servicios y quienes realizan venta de cosas muebles.

Los contribuyentes que hayan efectuado una recategorización durante el período previsto por el régimen comenzarán a tributar de acuerdo con la nueva categoría asignada, mientras que aquellos que permanezcan en la misma categoría abonarán el nuevo importe correspondiente.

Cómo funciona el pago unificado del Monotributo e Ingresos Brutos

El régimen unificado busca concentrar en una sola operación mensual el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los pequeños contribuyentes.

Al momento de generar el pago del Monotributo, el sistema incorpora automáticamente el importe correspondiente a Ingresos Brutos Simplificados, evitando que el contribuyente deba realizar un trámite separado ante ARBA.

Además de simplificar el procedimiento, el régimen elimina la obligación de presentar declaraciones juradas periódicas por el impuesto provincial y excluye a los adheridos del régimen de retenciones y percepciones sobre determinadas operaciones bancarias y financieras.

Con la actualización vigente desde agosto de 2026, los monotributistas de la provincia de Buenos Aires continuarán utilizando el mismo mecanismo de pago, aunque con los nuevos importes establecidos para cada categoría del régimen de Ingresos Brutos Simplificados administrado por ARBA.