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martes, 24 de febrero de 2026

Beneficios impositivos para las empresas a la hora de contratar a una persona con discapacidad

 

Las empresas cuentan con los siguientes beneficios económicos e impositivos a la hora de contratar personal con algún tipo de discapacidad:

 

A nivel nacional:

 

  1. Deducción del 70% del Impuesto a las Ganancias: Las empresas pueden deducir un 70% del monto correspondiente al Impuesto a las Ganancias por la contratación de personas con discapacidad.
  2.  Ley N° 22.431 (Sistema de Protección a la Persona con Discapacidad, modificada por Ley N° 23.021, artículo 23): Los empleadores que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indeterminado gozarán de una exención del 50% de las contribuciones patronales por el período de un año.
  3. Ley 24.031, artículo 87: Exención del 50% en contribuciones patronales por la contratación de grupos laborales protegidos.
  4. Ley 24.147, artículo 34: Exención del 33% en contribuciones a la seguridad social durante 12 meses, si la incorporación de personal produce un incremento neto en la planta de una empresa que emplee hasta 80 trabajadores. La exención será del 50% si se trata de un beneficiario del programa Jefe o Jefa de Hogar.

Provincia de Buenos Aires:

  1. Deducción del 50% de Ingresos Brutos: Esta deducción está regulada por la Ley 10.592, artículo 17.
  2. Ley 10.397, Artículo 181: Los empleadores de personas con discapacidad pueden imputar como pago a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos el equivalente al 50% de las remuneraciones nominales que perciban. Esta deducción se aplicará al momento de realizar las liquidaciones.

Requisitos para los Empleadores:

 

Los empleadores deberán presentar previamente ante la Dirección General de Rentas:


  • La documentación que acredite la denuncia e inscripción del empleado discapacitado en el sistema previsional.
  • Cada declaración jurada anual debe acompañarse del certificado del organismo previsional sobre la continuidad del aporte. La deducción aplica al pago de los importes mínimos establecidos en los artículos 640 y 641 de la Normativa Serie B 1/04.

 

CABA reglamentó el beneficio fiscal para personas con discapacidad en el Régimen Simplificado

 

La AGIP reguló el mecanismo para acceder a la bonificación del 50% en el Régimen Simplificado del IIBB para contribuyentes con discapacidad

Por medio de la R. (AGIP Bs. As. cdad.) 193/2025 publicada en el Boletín Oficial del 9 de mayo y con vigencia a partir de la misma, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) regló el mecanismo para conceder a la bonificación del 50% en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes con discapacidad, incluyendo los requisitos, modalidad de solicitud y vigencia del beneficio.

Se estableció que el reconocimiento de este beneficio fiscal en el Régimen Simplificado del tributo contemplado en el artículo 181 del Código Fiscal vigente se ajustará al siguiente procedimiento:

1- Los contribuyentes con discapacidad inscriptos en el Régimen Simplificado del gravamen, podrán solicitar el beneficio contemplado en el cuándo no registren obligaciones adeudadas en la carga impositiva.

2- La solicitud del reconocimiento debe ser interpuesta mediante el “Sistema de Tickets” disponible en la página web de la AGIP, seleccionando el trámite “Solicitud de Beneficio por discapacidad para inscriptos en ISIB - Régimen Simplificado”.

3- A los efectos de la identificación del beneficio fiscal, los contribuyentes y/o responsables deben acompañar la siguiente documentación al momento de iniciar el trámite:

·         Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante.

·         Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.

4- Formalizada la petición, se procederá al análisis de la información presentada y la situación fiscal del solicitante, comunicándose al contribuyente la procedencia o no del reconocimiento del beneficio, conforme los términos del artículo 40 del Código Fiscal vigente.

Procedimiento para acceder a la bonificación de la AGIP. Imagen generada por Napkin.

Asimismo, el rédito se extiende desde la fecha de interposición de la solicitud por parte del contribuyente con discapacidad y por el tiempo de vigencia del CUD. En el supuesto de renovación del Certificado Único de Discapacidad, el beneficiario deberá efectuar nuevamente la solicitud de bonificación.

 

ARCA: qué pasa si transfiero dinero entre cuentas propias en 2026

 

Si bien las transferencias entre cuentas propias no suelen generar conflictos, existen algunas acciones que pueden provocar alertas ante ARCA

Con el avance tecnológico, las transferencias y operaciones con billeteras virtuales son cada vez más populares, tanto con cuentas propias como entre terceros. Y, si bien las operatorias entre cuentas de un mismo titular no suelen ocasionar inconvenientes, muchas veces se pueden cometer errores que activan alertas automáticas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

 

Además, en algunos casos, sanciones económicas o incluso reportes ante la Unidad de Información Financiera (UIF). Por ese motivo, resulta clave conocer cuáles son las conductas que generan alertas y cuáles son los límites que hoy observan bancos y billeteras virtuales.

 

Transferencia entre cuentas propias: las prácticas que nunca hay que hacer

 

Existen conductas frecuentes que, a pesar de que tienen una "apariencia inofensiva", pueden generar consecuencias inesperadas en el plano fiscal y financiero. Una de las principales es ignorar los pedidos de información del banco o de la billetera virtual.

 

Cuando una entidad solicita justificar el origen de los fondos, la respuesta es obligatoria. No contestar dentro del plazo establecido puede derivar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la UIF.

 

En paralelo, también suele ocurrir que los contribuyentes no pueden justificar de dónde salió el dinero. ARCA puede exigir respaldo documental incluso en transferencias entre cuentas propias. Si no existe documentación que explique el origen de los fondos, la operación queda bajo observación y puede dar lugar a controles más exhaustivos.

 

También genera alertas mover montos elevados sin respaldo. Las transferencias de cifras importantes que no guardan relación con los ingresos declarados o que no cuentan con comprobantes suelen activar cruces automáticos de información fiscal. En estos casos, los sistemas detectan inconsistencias entre lo que se mueve y lo que figura declarado.

 

Un error frecuente es superar los límites mensuales sin advertirlo. Muchas personas controlan transferencias individuales, pero no el total acumulado del mes. La suma de varias operaciones menores puede terminar superando los topes establecidos y habilitar pedidos de información adicionales.

 

Cuando los bancos o billeteras detectan alguna de estas situaciones, están obligados a informar la operación. A partir de ese momento, ARCA puede solicitar documentación para demostrar el origen de los fondos.

 

Entre los papeles más requeridos figuran recibos de sueldo o haberes jubilatorios, declaraciones juradas impositivas, facturas por trabajos, servicios o ventas y comprobantes de transferencias previas. Si el dinero no puede justificarse, el organismo puede aplicar multas, realizar ajustes fiscales e incluso disponer bloqueos preventivos de cuentas.

 

ARCA: cuáles son los topes vigentes en enero de 2026

 

ARCA estableció límites concretos que las entidades financieras deben monitorear de manera permanente. Para personas físicas, el tope es de $50.000.000 mensuales, considerando transferencias, acreditaciones, saldos bancarios y movimientos en billeteras virtuales. En el caso de las personas jurídicas, el límite mensual es de $30.000.000.

 

En cuanto a las extracciones de efectivo, el máximo permitido es de $10.000.000 por mes, tanto para personas humanas como jurídicas. Además, las compras como consumidor final tienen un tope de $10.000.000.

 

Es importante tener presente que superar cualquiera de estos montos no implica automáticamente una infracción, aunque sí habilita controles, cruces de información y pedidos de justificación por parte de ARCA.

 

Es importante tener en cuenta que las operaciones en dólares o criptomonedas también se incluyen en estos cálculos. En el caso de la moneda extranjera, los montos se convierten a pesos según la cotización tipo comprador del día de la operación.

 

Para las criptomonedas, se toma el último valor informado por el sujeto obligado. Esto puede provocar que, sin advertirlo, una operación en dólares o cripto haga superar los límites mensuales establecidos.

 

Por lo tanto, para evitar inconvenientes al transferir dinero entre cuentas propias durante 2026, las recomendaciones son claras: guardar todos los comprobantes de ingresos, declarar correctamente las fuentes de dinero, llevar un control del total transferido mes a mes y responder siempre los requerimientos bancarios. Cumplir con estas pautas disminuye los riesgos y permite operar con mayor tranquilidad.

 

 

 


Cuál será el sueldo de la empleada doméstica en marzo: convocan para analizar la actualización salarial

 

A través de la Resolución 1/2026, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dispuso formalmente el llamado a una sesión plenaria ordinaria

A través de la Resolución 1/2026, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) dispuso formalmente el llamado a una sesión plenaria ordinaria. El encuentro ha sido fijado para el día 24 de febrero de 2026, a las 11:00 horas.

 

La reunión tendrá lugar en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

No obstante, la normativa prevé la posibilidad de realizar la sesión mediante plataformas virtuales para garantizar la continuidad de las actuaciones administrativas, señala Errepar.

 

Orden del día y objetivos

 

El punto central de la sesión será el análisis de la evolución de las remuneraciones mínimas para el personal incluido en el régimen especial de contrato de trabajo de la Ley N° 26.844. Entre las facultades de esta Comisión se encuentra, precisamente, la de establecer los salarios mínimos que deben percibir los trabajadores del sector.

Último acuerdo salarial

 

Se recuerda que mediante la Resolución (CNTCP) 3/2025 se instauró un incremento escalonado en las remuneraciones mínimas del personal de casas particulares, aplicable entre noviembre y diciembre de 2025:

 

·         1,4% a partir del mes de noviembre de 2025, con base en los salarios mínimos conformados de septiembre de 2025

·         1,3% a partir del mes de diciembre de 2025, con base en los salarios mínimos determinados en noviembre de 2025

Además, se dispuso el pago de sumas no remunerativas de $14.000, $9.000 y $6.000 según la carga horaria semanal, que se incorporaron al salario como remunerativas a partir de enero de 2026.


¿Qué pasa si deposito dólares del colchón en efectivo? Los nuevos límites al control de los bancos


El BCRA y la UIF marcaron límites al control de los bancos sobre el origen de los dólares en efectivo para habilitar su depósito sin pedir papeles

El Gobierno bajó línea a los bancos para eliminar trabas innecesarias en los depósitos de dólares del colchón en efectivo. A través de lineamientos que priorizan la coherencia económica sobre el pedido automático de "papeles", se busca terminar con la sobrerreacción de las entidades ante el blanqueo por Inocencia Fiscal.

 

Tras la reciente comunicación conjunta del BCRA y la UIF, los bancos deberán reconfigurar sus matrices de riesgo para dejar de tratar al ahorrista en dólares como un sospechoso por defecto.

 

La nueva instrucción oficial prohíbe a los cajeros exigir el origen de fondos como condición para aceptar depósitos en efectivo y reafirma que los controles de lavado de dinero se disparan recién en montos superiores a 40 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), lo que equivale a casi u$s10.000.

 

Qué cambia en el control de los bancos

 

"Hasta ahora, las entidades financieras como sujetos obligados, tenían sus matrices de riesgo configuradas para emitir alertas ante casi cualquier inconsistencia entre el perfil fiscal del cliente y sus movimientos de cuenta", indica Francisco Pugliese, gerente de Impuestos de La Vista Casal.

 

"Con esta instrucción, el BCRA y la UIF les ordenan a redefinir sus algoritmos y matrices de riesgo, y enfocarse en el verdadero lavado de dinero a gran escala (narcotráfico, corrupción, etc.)", explica.

 

"Los organismos reguladores les están bajando línea a los bancos para que eviten requerimientos innecesarios cuando el análisis según el Enfoque Basado en Riesgo no arroja inconsistencias" dice Federico Anna, del estudio Allende & Brea.

 

El EBR analiza el perfil del cliente en conjunto con la razonabilidad económica del depósito y otras alertas.

 

"Se reconoce expresamente que, en Argentina, tener dólares en efectivo puede ser una conducta económicamente racional dado el contexto económico e histórico, y que esa sola circunstancia no debe tratarse como un indicio automático de ilicitud", afirma.

 

"Los bancos no deben prohibir los depósitos en efectivo, independientemente del monto, pero siguen obligados a analizar operaciones sospechosas, según sus políticas de riesgo y el perfil del cliente", precisa Daniel Pérez, del estudio Pérez, Fiocco & Asoc.

 

La obligación normativa se limita a la identificación del depositante y del titular cuando el monto supera los 40 SMVM (Salario Mínimo, Vital y Móvil). El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) de $346.800, o sea algo inferior a los u$s10.000, puntualiza.

 

"El BCRA y la UIF piden a los bancos revisar umbrales operativos y requerimientos documentales para evitar pedidos "automáticos" que no se justifican bajo el enfoque EBR", sostiene Diego Fraga, Expansion Group.

 

Qué pasa cuando llegas a la caja con los dólares

 

"La normativa antilavado no prohíbe depósitos en efectivo (sin importar el monto), ni exige pedir "origen de fondos" en línea de caja como condición para aceptar el depósito. La obligación "automática" se limita a identificar depositante y titular cuando el monto supera 40 SMVM", subraya Fraga.

 

En la práctica, cuando se depositan dólares en efectivo, tenemos dos momentos diferentes, enumera Pugliese:

 

·         En la línea de caja: la instrucción es que no deben solicitar papeles que justifiquen el origen de los fondos como condición para aceptar el depósito. El cajero solo debe identificar al depositante y el titular si el monto supera los 40, es decir aproximadamente $13.872.000 o el equivalente a casi u$s10.000.

 

·         Análisis posterior: una vez que el dinero está en la cuenta, el sistema del banco evalúa la operación bajo el nuevo "Enfoque Basado en Riesgo" (EBR).

 

"Respecto del enfoque en el "Origen Lícito", se aclara que la ley permite utilizar dólares no declarados, siempre que su origen sea lícito (por ejemplo, ahorros por restricciones cambiarias), sin que esto genere consecuencias fiscales retroactivas para quienes adhieran al régimen simplificado, pero no es un blanqueo y no se generan amnistías en materia penal y/o infraccional", aclara Daniel Pérez, del estudio Pérez, Fiocco & Asoc.

 

Cómo evitar que los bancos emitan un ROS

 

Cuando detectan una actividad inusual, los bancos son sujetos de control del lavado de dinero del terrorismo y el narcotráfico, y deben emitir un Reporte de Operación Sospechosa para la UIF.

 

"No existe "ROS automático" por depositar dólares. La evaluación debe ser por riesgo y contexto", enfatiza Fraga.

 

"Si el origen y aplicación de fondos son consistentes con la actividad declarada y el perfil económico del cliente, y además no hay inconsistencias relevantes en el análisis de riesgo, el comunicado del BCRA dice que sería innecesario pedir documentación adicional, en especial si el monto es inferior al límite de evasión simple y el contribuyente está adherido a Ganancias Simplificado", indica.

 

El banco no debería solicitar justificación ni emitir un ROS si se dan estas condiciones concurrentes, señala Pugliese:

 

·         El depósito está por debajo del nuevo umbral de punibilidad penal, es decir, si el monto depositado implica un impuesto evadido menor a los $100.000.000 (el nuevo límite de evasión simple).

 

·         Adhesión al Régimen Simplificado de Ganancias: el banco lo deberá tomar como un antecedente favorable que le baja el perfil de riesgo a la cuenta.

 

·     Razonabilidad económica: si el monto es coherente con la actividad declarada y el perfil económico del cliente, puede resultar innecesario requerir documentación adicional, basado en el análisis de riesgo.

 

"¿Este mero comunicado significa entonces que se podrán usar los "dólares del colchón" sin papeles ni ROS? No necesariamente, aunque en muchos casos, debería ser más viable, si el depósito es razonable y consistente con el perfil transaccional/actividad del cliente y no hay señales concurrentes de alerta", considera Anna.

 

Cuándo si hay peligro de ROS por lavado

 

"El comunicado del BCRA/UIF no cambia el marco legal de fondo: los bancos siguen siendo sujetos obligados y continúan vigentes las obligaciones de debida diligencia, monitoreo y reporte bajo el Enfoque Basado en Riesgos (EBR)", advierte Anna.

 

"El nuevo régimen es permanente y opcional para quienes se inscriban en Ganancias Simplificado. No ofrece un "perdón" total frente a la consumación de un ilícito, sino que simplifica la declaración jurada y permite la bancarización de fondos para consumo o inversión sin los interrogatorios exhaustivos de antes", señala Pérez.

 

"El "blindaje" es estrictamente tributario, no para otros delitos. El banco deberá investigar la cuenta si el monto depositado es un monto desproporcionado respecto al perfil del cliente, si el impuesto evadido supera los umbrales de la Ley Penal Tributaria, o si se detectan alertas vinculadas a otros delitos", señala Pugliese.

 

"Las aclaraciones de BCRA/UIF no son carta blanca: reafirman que siguen vigentes las obligaciones de la ley contra el lavado de dinero y que deben actualizar matrices de riesgo y monitoreo. Si la operación es inconsistente o aparecen señales de alerta, el banco puede pedir sustento y eventualmente reportar", afirma Fraga., y diferencia:

 

·         Depósitos chicos (por debajo de 40 SMVM): en principio, no debería haber pedido automático de documentación ni "ROS automático" solo por ser dólares en efectivo.

 

·         Depósitos grandes o "inusuales" (aunque sean legales): el banco puede pedir información si la operación no cierra con el perfil (montos altos, repetición, cliente nuevo, terceros depositando, actividad económica que no explica el cash, etc.). Si tras el análisis persiste la sospecha, corresponde ROS.

 

En resumen, es un giro relevante, pero sobre un marco legal que permanece inalterado y cuya aplicación recae sobre los bancos como sujetos obligados. Se intenta corregir el sesgo de tratar al ahorrista como sospechoso por defecto y volver a un EBR real. El cambio concreto dependerá de si los bancos dejan de sobrerreaccionar y convertir el depósito de efectivo en una presunción de ilicitud", concluye Anna.

 


Nuevo avance de ARCA contra el Monotributo: ahora excluye de oficio por depósitos en billeteras virtuales

 

ARCA suma todos los depósitos en billeteras virtuales, los compara con la facturación, y está recategorizando y excluyendo en el Monotributo

Los monotributistas están recibiendo en su domicilio fiscal electrónico notificaciones de recategorización de oficio y hasta exclusión del Monotributo basados en información sistémica que recibe de billeteras virtuales y plataformas digitales.

 

Cuando ARCA detecta depósitos en billeteras virtuales y plataformas digitales (como Mercado Pago, Personal Pay o Naranja), estima ingresos brutos superiores a los declarados, y notifica la recategorización de oficio o exclusión del Monotributo a los contribuyentes, explica Daniel Pérez, del estudio Pérez, Fiocco & Asoc.

 

El problema es que ARCA no discrimina entre ingresos depositados en la billetera por ventas, de los originados en transferencias por otros conceptos, como movimientos entre cuentas propias o reintegros de compras.

 

Cuál es el nuevo avance contra el Monotributo

 

Este nuevo paso en el control del Monotributo por parte de ARCA sigue a la campaña de inducción que había implementado antes de la recategorización que venció el 5 de febrero pasado.

 

La campaña consistió en incluir en el sitio Nuestra Parte de cada monotributista la cifra de depósitos en billeteras virtuales que tenía individualizados ARCA. En ese momento, el hecho de no aparecer en el domicilio fiscal electrónico daba la pauta de que solo era una alerta.

 

En una actitud disuasoria, ARCA avisó a los monotributistas que debían recategorizarse hasta el pasado jueves 5, que tenían depósitos en billeteras virtuales, para que los tuvieran en cuenta para cambiar de categoría o excluirse del Monotributo.

 

Cómo se llega a la recategorización o exclusión

 

La web del organismo recaudador utiliza las cifras cobradas a través de agregadores, billeteras, pasarelas y medios electrónicos. La información proviene del régimen de plataformas de pago que se modificó recientemente para las billeteras.

 

Estos datos alimentan procesos sistémicos de recategorización o exclusión de oficio automáticos que se están detonando desde el pasado 6 de febrero.

 

En estos casos, se toma en cuenta el nivel de gastos y compras, bienes adquiridos, gastos personales y acreditaciones que superen los topes de ingresos de la categoría. Esta decisión es notificada por ARCA a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

 

ARCA también detecta cuando se tiene abiertas cuentas en varias billeteras virtuales para no llegar a ninguna hasta el límite de $700.000 para que se dispare la obligación de informar para la Fintech.

 

Cómo salvarse de la exclusión o recategorización

 

El plazo para apelar es de 15 días hábiles y se realiza mediante "Presentaciones Digitales". Esto es clave si el monto que detectó ARCA no es ganancia.

 

Por ejemplo, en los siguientes casos:

 

·         Transferencias entre cuentas propias (pasar plata de un banco a Mercado Pago).

·         Préstamos recibidos.

·         Dinero recaudado para un regalo grupal o "vaquita".

·         Reintegros de compras.

En caso de no apelar, se produce la baja del Monotributo y el alta inmediata en el régimen general de IVA, Ganancias y Autónomos. Para el reingreso al régimen simplificado hay que esperar 3 años a partir de esta baja.

 

Qué es el MOREO que persigue al monotributista

 

El MOREO (Monotributo - Recategorización de Oficio) es el sistema informático que utiliza ARCA para cruzar datos y cambiarte de categoría automáticamente si detecta que tus ingresos o gastos superan los límites de tu categoría actual, precisa Pérez.

 

Todas las billeteras virtuales están obligadas a informar mensualmente a ARCA los movimientos de sus usuarios.

 

El sistema MOREO toma esa información para:

 

Sumar todas tus billeteras: si tenés dinero en tres aplicaciones distintas, el sistema las consolida por tu CUIT.

 

Cruzar con tus facturas: compara el total de dinero que entró a tus cuentas ("Monto detectado") contra lo que vos facturaste en ese mismo periodo.

 

Detectar el desvío: si los ingresos en tus billeteras son mucho mayores a tu facturación de Monotributo, el sistema asume que son ventas no declaradas y te sube" de categoría de oficio.

 

Qué dice una notificación real

 

En un caso real brindado por Pérez, el sistema aplicó este proceso:

 

Periodo analizado: Todo el año 2025.

 

Monto detectado: $15.743.566,00, que proviene de "Plataformas digitales".

 

Acción de ARCA: Como ese monto supera los límites de la Categoría A, el sistema movió al contribuyente a la Categoría C.

 

A partir de 2026, los controles en billeteras virtuales se han vuelto mucho más estrictos y automáticos. ARCA ya no mira transacciones aisladas, sino que analiza al "sujeto" de forma integral.