Las empleadas domésticas cobrarán su salario con aumento, de acuerdo al esquema de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares
Las empleadas domésticas cobrarán su
salario con un aumento en sus ingresos durante octubre de 2026,
de acuerdo al esquema fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas
Particulares mediante la Resolución 6/2026. La normativa que ya se encuentra en
plena vigencia establece una suba del 1,7% sobre los valores que regían en
septiembre y alcanza tanto al personal contratado por hora como a quienes
perciben una liquidación mensualizada.
Puntualmente, el ajuste salarial combina la
recomposición en los haberes de la actividad con el avance de
la reestructuración de los ingresos del sector. Durante las liquidaciones de
octubre 2026 se efectivizará la integración del 50% de la suma no remunerativa que
se había otorgado durante agosto pasado, la cual se ubicaba entre los $8.000 y
los $20.000 según la carga horaria semanal fijada en cada relación laboral.
Cuánto cobran en octubre las
empleadas domésticas con el aumento
Con el incremento del 1,7% y
el avance del proceso de absorción del adicional, los valores mínimos
estipulados por hora de trabajo quedan conformados de acuerdo con la categoría
de empleo doméstico de la siguiente manera:
- Supervisores (primera categoría): $4.805,82 con retiro y $5.215,59
sin retiro por hora.
- Personal para tareas específicas (segunda categoría): $4.580,80 con retiro y $4.973,38
sin retiro por hora.
- Caseros (tercera categoría): $4.337,53 sin retiro por hora.
- Asistencia y cuidado de personas (cuarta categoría): $4.337,53 con retiro y $4.801,52
sin retiro por hora.
- Tareas generales de limpieza y mantenimiento (quinta
categoría): $4.064,08
con retiro y $4.460,36 sin retiro por hora.
Complementariamente,
en cuanto a las remuneraciones mensuales mínimas correspondientes al personal
contratado bajo la modalidad mensualizada, los valores de referencia del empleo
doméstico para octubre 2026 quedan fijados bajo las siguientes escalas:
- Supervisores (primera categoría): $599.514,52 con retiro y
$661.702,46 sin retiro por mes.
- Personal para tareas específicas (segunda categoría): $560.776,33 con retiro y
$618.187,89 sin retiro por mes.
- Caseros (tercera categoría): $548.429,23 sin retiro por mes.
- Asistencia y cuidado de personas (cuarta categoría): $548.429,23 con retiro y
$605.050,00 sin retiro por mes.
- Tareas generales (quinta categoría): $498.582,06 con retiro y
$563.958,82 sin retiro por mes.
El
marco normativo que se encuentra en plena vigencia establece recargos
específicos sobre el valor de la hora habitual cuando la jornada supera la
extensión laboral pactada. Las horas extraordinarias realizadas en días hábiles
comunes deben abonarse con un recargo del 50% sobre el haber regular. En tanto,
cuando las tareas prestadas se efectúen los días sábados después de las 13
horas, domingos o feriados nacionales, la remuneración por hora contempla un
incremento del 100%.
A
su vez, el cálculo final del haber liquidado puede incluir suplementos legales
contemplados en la reglamentación del régimen. Por un lado, se aplica un
adicional del 31% por zona desfavorable para las prestaciones laborales
ejecutadas en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del Partido de Patagones en
la provincia de Buenos Aires. Por otro lado, corresponde adicionar un 1% por
cada año de antigüedad en el puesto con el mismo empleador, el cual se suma a
los básicos estipulados para la categoría.
Cuáles son los aportes
obligatorios para el empleo doméstico
Si
bien la mayoría de los empleadores pagan a sus empleadas domésticas por encima
del mínimo que indica la escala para su categoría, y muchos pagan también los
viáticos a aquellas que realizan tareas con retiro, también deben proveer la
cobertura de salud y los aportes de la empleada a la seguridad social.
El
costo de estos aportes también se relaciona con la cantidad de horas semanales
en los que la empleada presta servicios. Pero en cualquier caso, los ítems que
debe abonar el empleador a la Agencia de Recudación y Control Aduanero (ARCA)
son:
- Jubilación (SIPA):
permite a la trabajadora sumar años de aportes para acceder a su
jubilación.
- Obra Social: brinda
cobertura médica tanto a la empleada como a su grupo familiar.
- ART (Riesgos del Trabajo): es el seguro obligatorio que
cubre a la trabajadora ante cualquier accidente laboral o enfermedad
profesional.
En
Argentina, todo empleador está obligado a registrar a la empleada doméstica,
pagar aportes y garantizar derechos laborales, sin importar cuántas horas
trabaje o si tiene múltiples empleadores. Por lo tanto, todos los mencionados
aportes son obligatorios para quienes tienen empleada doméstica.




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