En caso de que el usuario supere los límites, la entidad podría solicitarle cierta documentación para justificar el origen del dinero, como recibos de sueldo.
Las entidades bancarias
y billeteras digitales deberán reportan información fiscal al organismo si las
transacciones superan estos montos.
La Agencia de
Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP en
2023, actualizó nuevamente los valores a partir de los cuales las operaciones
bancarias y digitales pueden quedar bajo observación. En un escenario de
inflación y creciente uso de billeteras virtuales, el ente fiscal busca reforzar
el control sobre los flujos de dinero sin afectar el uso habitual de los
usuarios.
Desde enero de este
año, estableció que los bancos y las aplicaciones financieras deben reportar
periódicamente las operaciones específicas de sus clientes, como transacciones,
saldos y consumos, cuando superen determinados montos. Estos límites se
actualizan cada seis meses, siguiendo la variación del Índice de Precios al
Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC).
Límite
de transferencias en octubre 2025
En octubre, ARCA fijó nuevos topes que determinan qué
operaciones deben ser informadas por las entidades financieras y billeteras
digitales. A partir de ahora, se deberán reportar los siguientes movimientos:
Transferencias
y acreditaciones
- Personas
físicas: $50.000.000
- Personas
jurídicas: $30.000.000
Extracciones
en efectivo
- $10.000.000 tanto para personas físicas como jurídicas
A partir de esta medida
actualizada, tendrán que comunicarle al organismo las altas, bajas y
modificaciones de cuentas y las transacciones que realizan los usuarios a
partir de estos valores. Sobre las transferencias, deberán anunciar las
operaciones realizadas, los montos y tipo, la cuenta de emisión y destino,
etcétera.
El régimen no afecta a
los clientes ni los pagos, pero en caso de que ARCA encuentre inconsistencias
podrá iniciar fiscalizaciones para determinar el origen de los fondos.
Documentación
que puede solicitar ARCA
En caso de que se superen los límites, y luego de evaluar la
situación de los contribuyentes, ARCA puede solicitar cierta documentación que justifique
el origen del dinero. Esta debe ser enviada por correo electrónico e incluye:
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturas emitidas en los últimos meses.
- Constancia del Monotributo.
- Tickets de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.
Si estos datos resultan
insuficientes o se detecten inconsistencias, el ente puede derivar la tarea a
la Unidad de Información Financiera (UIF), encargada de analizar posibles
maniobras irregulares.




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