Multas a comercios de hasta $1.000.000 por nuevo derecho del consumidor en Buenos Aires ~ Estudio RCF

martes, 21 de octubre de 2025

Multas a comercios de hasta $1.000.000 por nuevo derecho del consumidor en Buenos Aires


Una nueva ley prevé fuertes multas a comercios por pedir la entrega de la tarjeta y el DNI, en un intento de evitar robos y fraudes

Los proveedores de servicios y comercios de la provincia de Buenos Aires tendrán 90 días para acondicionar sus dispositivos de cobro electrónico e implementar un cambio clave a favor de los consumidores, que busca evitar robos y fraudes. Después de ese plazo, los comerciantes tendrán multas de hasta $1.000.000 por incumplimiento

La nueva ley establece que los consumidores y usuarios tienen el derecho, al realizar pagos con tarjetas de crédito o débito, de utilizar por sí mismos los dispositivos de cobro, según publica Errepar.

Cuáles son los nuevos beneficios para consumidores

  • No obligatoriedad de entrega: ya no es necesario entregar la tarjeta de débito o crédito, o el DNI a los proveedores de bienes y servicios para realizar el pago.
  • Opción del consumidor: la entrega de estos instrumentos es ahora optativa para el consumidor o usuario.
  • Obligación de exhibición: aunque no se deben entregar, las personas consumidoras y usuarias deben exhibir sus tarjetas y DNI al proveedor. Esto se mantiene para que el proveedor pueda verificar la identidad del cliente y la titularidad de las tarjetas.

La ley es de aplicación para todos los proveedores de bienes y servicios, tanto públicos como privados, que operen en la provincia de Buenos Aires y estén adheridos al sistema de tarjetas de débito o crédito.

Cuáles son los plazos de adaptación

La nueva ley busca resguardar la seguridad y los datos personales de los usuarios de tarjetas de crédito y débito, evitando estafas y robos, así como incorporar mejores prácticas internacionales en la legislación provincial.

Los proveedores de servicios y comercios adheridos al sistema de tarjetas deben acondicionar sus dispositivos de cobro electrónico en un plazo de 90 días a partir de la entrada en vigor de la ley (14 de octubre pasado).

El Poder Ejecutivo provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la ley, quien además será responsable de implementar una campaña de concientización, información y capacitación sobre el uso seguro de tarjetas.

Qué sanciones habrá por incumplimiento

El incumplimiento de estas nuevas disposiciones será sancionado de acuerdo con el procedimiento y las sanciones previstas en el Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios.

Esa norma indica:

Ante la existencia de la infracción, quienes la hayan cometido se harán pasibles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:

Apercibimiento.

  • Multa de $100 a $500.000
  • Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción.
  • Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta 30 días, excepto en los casos que se trate de servicios públicos sujetos a la competencia de entes reguladores u otros organismos de control.
  • Suspensión de hasta 5 años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado.
  • La pérdida de concesiones, permiso, habilitación, licencia, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.

Si al verificarse la existencia de infracción, se constata además que la misma fue cometida en contra de un consumidor hipervulnerable, o colectivo de consumidores hipervulnerables, la autoridad competente podrá duplicar las sanciones previstas, si las circunstancias particulares del caso así lo ameritan.

Los proveedores de servicios y comercios de la provincia de Buenos Aires deberán modificar sus dispositivos de cobro electrónico para que los consumidores no deban entregar su tarjeta y DNI, y pueden tener multas de hasta $1.000.000 por incumplimiento.

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