La obligación de registrar a la empleada doméstica recae siempre sobre el empleador, ya que la trabajadora no puede registrarse por su cuenta.
La empleada
doméstica en la Argentina siempre debe de estar adecuadamente registrada con
las autoridades fiscales, más allá de que en la actualidad los empleadores no
paguen multas por no "blanquear" el vínculo laboral o por la
registración deficiente de la empleada doméstica.
Muchos empleadores
piensan erróneamente que si su empleada doméstica solo presta servicios por
unas horas a la semana, no necesita estar registrada en ARCA (exAFIP). Pero el
servicio doméstico es trabajo como cualquier otro y debe realizarse dentro de
los marcos de la ley, en este caso el Régimen de Trabajo para Personal de Casas
Particulares, y con todas las garantías y derechos laborales.
A
continuación, todos los detalles sobre cómo registrar a la empleada doméstica
en ARCA y cuánto cuesta el trámite:
¿A quién corresponde registrar a la empleada doméstica?
Cada empleador
debe poner en blanco a las empleadas domésticas que tenga trabajando, sin
importar si trabajan por horas o por mes, con o sin retiro.
Si la empleada
doméstica presta servicio para más de un empleador, todos ellos deben registrar
el vínculo en ARCA y no es suficiente con que uno solo de ellos lo haga.
La obligación recae
siempre sobre el empleador, ya que la empleada doméstica no puede registrarse
por su cuenta.
¿Puede la empleada doméstica estar a prueba?
Sí, es legal que el
empleador tome en principio a la empleada doméstica a prueba. Pero no
puede estar a prueba y "en negro" por mucho tiempo.
El
período legal para tener a prueba a la empleada doméstica es:
- 15 días para la empleada doméstica sin retiro.
- 30 días para la empleada doméstica con retiro.
Durante ese tiempo,
tanto la empleada doméstica como el empleador pueden decidir no continuar el
vínculo laboral sin que haya ningún tipo de multa o abono de indemnización a
causa de ello.
¿Cuánto sale registrar a la empleada doméstica?
La empleada
doméstica deberá hacer aportes por cada trabajo registrado que tenga,
aunque sea por horas. En tanto que cada empleador deberá hacer
contribuciones por cada empleada registrada que trabaje para él.
El
pago de los aportes permite que el trabajador pueda acceder a:
- Cobertura de obra social para ella y su familia
- Jubilación cuando decida retirarse
- Seguro en caso de un accidente laboral
A la vez, quienes
contraten empleadas domésticas deberán ingresar mensualmente, por cada una de
ellas, los importes que correspondan de acuerdo con las horas semanales
trabajadas y la condición de los trabajadores (activo o jubilado).
Los valores de las
contribuciones que deben realizar los empleadores no cambian desde octubre,
cuando se cerró el último acuerdo paritario en el marco de la Comisión Nacional
de Trabajo en Casas Particulares.
Los
montos, según figura en la web de ARCA son los siguientes:
Es decir, por una empleada doméstica mayor de edad el aporte que realiza el empleador es de:
- 5.547,71 pesos por mes si trabaja menos de 12 horas semanales,
- 8.467 pesos si presta servicio por entre 12 y 16 horas semanales,
- 17.437 pesos si trabaja más de 16 horas.
Ahora
bien, por cada trabajador jubilado que se contrata para el servicio
doméstico, los importes que abonan los empleadores son menores:
- 5.023 pesos si trabaja menos de 12 horas semanales,
- 7.496 pesos si presta servicios por entre 12 y 16 horas por semana,
- 10.980 pesos si trabaja más que eso.
Además,
para la jornada laboral el empleador debe proveer a la empleada doméstica con:
- Ropa y elementos de trabajo.
- Alimentación sana y suficiente: desayuno, almuerzo, merienda o cena, según lo que dure la jornada de trabajo.
Vale la pena
mencionar que las empleadas domésticas y trabajadores del servicio
doméstico también pueden acceder a averiguar si sus patrones están haciendo los
aportes y contribuciones laborales correspondientes, así tengan o no clave
fiscal de ARCA.
En la web de la
autoridad fiscal pueden ingresar al área de "Aportes en Línea",
desde donde cualquier trabajador puede consultar los últimos 12 meses de
información para saber si su empleador completó el pago de aportes o no. Podrá
realizar la búsqueda de la información ingresando su número de CUIT, o en su
defecto, número de documento nacional de identidad (DNI), apellido y género (en
que figure en el DNI).
Quienes
cuenten con clave fiscal podrán ver más información sobre los aportes,
ingresando a la web de la exAFIP con su clave fiscal registrada y habilitando
cualquiera de los siguientes 3 servicios en su perfil:
- "Aportes en Línea" podrá verificar todos los períodos con aportes realizados por su empleador
- "Personal de Casas Particulares", contiene información sobre todos los períodos en que se ingresaron aportes como empleada doméstica, y le permitirá generar volantes para el pago de diferencias y calcular intereses por pagos fueras de término
- "CCMA - Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos" le permitirá visualizar todos los períodos sobre aportes, compensar pagos en exceso y calcular intereses por pagos fuera de término
Con toda esta
información, los empleadores están en condiciones de realizar los aportes
correspondientes a la empleada doméstica que trabaja en su hogar, y en
caso de retrasarse, ponerse al día abonando los meses impagos atrasados.





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