AFIP publicó los nuevos valores para la deducción del impuesto a las Ganancias personales y las deducciones generales por gastos de vivienda, alquileres, médicos y seguros, entre otros.
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos valores para la
deducción del impuesto a las Ganancias para los trabajadores tras la
actualización del piso de $ 404.000 brutos mensuales a partir de
enero de 2023.
En cuanto a las cargas
familiares por cónyuge las deducciones quedan en $ 421.088,24 y
para los hijos ascienden a $ 212.356,37. En el caso de los hijos
incapacitados para el trabajo aumenta a $ 424.712,74 anuales.
Pero también
hay deducciones generales por gastos de vivienda, alquileres, médicos
y seguros, gastos por movilidad, indumentaria laboral y otros.
Gastos
médicos
Para los gastos
médicos, "los importes abonados por cuota o abono a medicina prepaga
o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes al empleado y a
las personas declaradas como carga de familia. El importe a deducir por dichos
conceptos no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio
acumulada", detalla la AFIP.
Entre los gastos
médicos, se pueden deducir honorarios correspondientes a los servicios de
asistencia sanitaria, médica y paramédica, hospitalización en clínicas,
sanatorios, estudios bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos,
fonoaudiólogos y psicólogos, entre otros, además de medicamentos. De la
misma forma, se incluye el monto de la prepaga.
En el caso de
los sepelios, la deducción por personas a cargo tiene un tope de $996,23.
Donaciones
y seguros
También se pueden
deducir primas de seguro de vida y donaciones hechas a los
fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas,
asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas
por la AFIP como exentas del impuesto a las ganancias.
"Las donaciones
pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán
bancarizarse, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito,
giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o
en tarjeta de crédito. La deducción se podrá realizar hasta el límite del
5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada", agrega la AFIP.
Créditos
hipotecarios
En el caso de los
intereses por Créditos Hipotecarios se puede incluir el préstamo por
compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, hasta el
importe de $ 20.000 anuales.
Alquileres
El valor del alquiler
de la vivienda se puede deducir por hasta un 40%, siempre que ese
monto no supere el mínimo no imponible detallado y que no se sea
titular de un inmueble en ningún porcentaje. "Para poder deducir el
alquiler es requisito contar con la factura o documento equivalente emitido
por el locador, por el monto abonado", aclara la AFIP sobre el detalle
clave para poder acceder.
Para deducir este
concepto hay que remitir una copia del contrato de alquiler en formato pdf a
través del servicio con clave fiscal SiRADIG-Trabajador. Esto deberá hacerlo la
primera vez que vaya a computar la deducción y con cada renovación de
contrato. El tope para 2023 se actualizó a $ 451.683,19. De la misma
forma, se puede deducir el gasto por vivienda familiar.
Trabajadoras
de casas Particulares
Las personas que
tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la
remuneración y las contribuciones patronales abonadas. El monto anual deducible
no podrá superar la ganancia no imponible anual, que para 2022 fue de $
252.564,84 y se actualizó a $ 451.683,19 para 2023.
Dólar: devolución
del 35%
Los empleados en
relación de dependencia a quienes les retienen ganancias deberán presentar
el Formulario 572 para recuperar las percepciones del 35% del
año pasado cuando lo indique la AFIP. Los pagos a cuenta realizados se informan
a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a
las Ganancias.




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