AFIP modificó los planes de pago permanentes y anuales con más cuotas y una tasa fija como porcentaje del interés resarcitorio, con más alivio para mipymes
Los contribuyentes a
los que el giro del negocio no les alcance para pagar los impuestos tienen
un nuevo atajo, ya que la AFIP mejoró las cuotas de los planes de pago
permanentes y redujo las tasas de interés respecto de las que cobra
normalmente por los atrasos.
Con la Resolución
General 5321/2023 de la AFIP, publicada este martes en el Boletín
Oficial, se modificaron el plan de pago permanente y lo que se conoce como
"mini plan", que son las cuotas para pagar los impuestos anuales de
personas por Ganancias y Bienes Personales.
"Ahora, si no
podés pagar la deuda con la AFIP, para que no siga corriendo el interés
resarcitorio, te conviene ingresar a un plan de pago permanente para tener una
tasa inferior",
afirmó Sergio Biller, asesor tributario de González Fischer y Asoc.
El nuevo esquema
entrará en vigencia a partir del próximo 1 de febrero.
Cómo
son los nuevos planes de facilidades de pago
El nuevo esquema
contiene novedades que implican mejoras frente a los planes vigentes, ya que
otorga un máximo de 12 cuotas, frente a las 8 cuotas de lo que existía
hasta ahora, para las pequeñas empresas con certificado de la Secretaría Pyme,
indicó Biller.
Para los planes de
pago anuales, que reemplazan al "mini plan", la AFIP prevé
para los pequeños contribuyentes un pago a cuenta de 25% de la deuda y 6 cuotas como
máximo, mientras antes eran 3 cuotas para todos los contribuyentes, explicó.
Los nuevos planes
también se benefician de una menor tasa de interés que queda fija y que se
consolida para todo el plan. Esa tasa será de 90% del interés resarcitorio
vigente en el momento de tomar el plan, que actualmente es de 5,91%, informó.
De todos modos, sólo
se pueden tomar hasta 10 planes permanentes simultáneos, 1 por obligación en
los planes anuales y 1 por mes en el Monotributo.
También se crean
planes especiales para contribuyentes afectados por la emergencia de la
cuenta río Paraná o de la zona de emergencia ígnea, por los incendios de
Corrientes del año pasado, advirtió Biller.
Por la declaración de
emergencia, los contribuyentes de esas zonas gozaban del diferimiento del pago
de impuestos. Ahora esa deuda que se podrá saldar en hasta 48 cuotas para los
impuestos generales y 24 por pasivos con la seguridad social, en el caso de las
mipymes, puntualizó.
Cómo
se gradúan los beneficios para las pymes
Podrán adherir a
planes de facilidades de pago de la AFIP quienes tengan perfiles de riesgo
1 y 2. Los pequeños contribuyentes y pequeñas y medianas empresas tendrán
más cuotas y menores tasas, seguidas por las pymes tramo 1.
Para el plan de pago de los impuestos anuales de Ganancias y
Bienes Personales, de las personas y que vencen en junio próximo, la
gradación de beneficios es la que sigue:
1. Pequeños
contribuyentes tendrán un pago a cuenta de 25% de la deuda y 6 o 4 cuotas según
el perfil de riesgo, con una tasa máxima fija de 90% del interés resarcitorio
vigente.
2. Los que
estén registrados en la Secretaría Pyme como medianas empresas tramo 1 y 2
tendrán 4 y 3 cuotas.
Las pymes tramo
1 tendrán una tasa máxima fija consolidada de 95% del interés resarcitorio
que correspondería y para las pymes tramo 2, el interés no se reduce.
El pago a cuenta
será de 25% para las pymes tramo 1 y 30% para las pymes tramo 2.
3. Lo
demás contribuyentes tendrán un adelanto de 35% de la deuda y 3 y 2 cuotas,
según el perfil de riesgo. La tasa de interés resarcitorio no se reduce.
También se incluyen,
con distintas condiciones, las deudas aduaneras, con 18 cuotas para todos
los contribuyentes, y las que están en proceso de fiscalización, con 36
cuotas también en todos los casos. Con ciertas particularidades, se
incluyen asimismo deudas en discusión administrativa o judicial.
Qué
beneficios hay para monotributistas y autónomos
El Monotributo
puede adherir a un plan por mes, mientras que para los planes de facilidades de
pago generales sólo se podrán pedir 10 planes simultáneos.
Las cuotas para todos
los monotributistas son 20, sin un adelanto a cuenta, pero la tasa de
financiación varía según la categoría que marque su inscripción en la
Secretaría Pyme. La tasa máxima fija consolidada será 90% del interés
resarcitorio que aplique la AFIP.
Para monotributistas
categorizados como pymes tramo 1, la tasa será de 95%, y para los que
se registraron como pymes tramo 2, no habrá recorte en el interés resarcitorio
Para
qué clase deudas se pueden tomar planes de pago
Los planes de pago se pueden tomar para obligaciones: impositivas, previsionales, multas y
cargos aduaneros quedan excluidas retenciones, percepciones y anticipos
y/o pagos a cuenta.
También quedan
excluidos IVA servicios digitales, obras sociales, ART, cigarrillos, planes de
pago vigentes (excepto en caso de fiscalización), régimen simplificado de
Ingresos Brutos, sus intereses y multas (excepto intereses de capital
cancelado), entre otros, agregó.
Como condición para
poder incluir los impuestos en planes de pago, la CUIT debe estar activa in
limitaciones y las declaraciones juradas determinativas correspondientes
deben haber sido presentadas, alertó.
Para adherir al plan
de pagos se debe ingresar al servicio "Mis Facilidades", opción
"RG 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente",
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