La ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes
introdujo un conjunto de beneficios y modificaciones que los monotributistas
deben tramitar
La implementación de
la ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes introdujo un conjunto
de beneficios y modificaciones que los monotributistas deben confirmar o
tramitar a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP). Las fechas relevantes a tener en cuenta son las
siguientes:
Vencimiento
obligación mensual
La obligación mensual
del Monotributo correspondiente a junio vence el jueves 5 de agosto. La
AFIP había postergado el vencimiento que operaba en el sexto mes para acompañar
la discusión en el Congreso Nacional de la ley de alivio fiscal. El valor que
rige para la cuota del Monotributo de junio se retrotrajo al de diciembre de
2020. Las escalas que se deben tener en cuenta son las correspondientes a la
Ley 27.618, que pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar.
También este 5 de
agosto opera el vencimiento de las obligaciones mensuales de entre enero y
mayo para las y los monotributistas que aún no las abonaron. La ley de
alivio fiscal contempla que las cuotas del primer semestre de 2021 sean
abonadas con los valores vigentes en diciembre de 2020. Quienes tengan saldos a
favor podrán re imputarlos.
A su vez, el
vencimiento de la obligación mensual de agosto se postergó hasta el 27 del mes
en curso. Para el pago de los tres componentes de la cuota del Monotributo de
agosto -impositivo, obra social y jubilación- regirán los valores
correspondientes a la recategorización que comenzó el 28 de julio y que se
extiende hasta el 17 de agosto.
Moratoria
para monotributistas
Entre los beneficios
que habilitó la AFIP para monotributistas, previstos en la ley de alivio
fiscal, se encuentra la moratoria para que las y los pequeños contribuyentes
regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. El servicio web
para adherirse estará disponible a partir del viernes 6 de agosto.
Este plan de facilidades,
que estará habilitado hasta el 30 de septiembre, contempla la condonación de
intereses y multas. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar sus deudas
en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.
Recategorización
La recategorización
del Monotributo comenzó el 28 de julio y estará habilitada hasta el 17 de
agosto. Este plazo fue dispuesto por la AFIP para garantizar que las y los
pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las
escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal.
Con la reglamentación
de la ley de alivio fiscal para las y los monotributistas, la AFIP instrumentó
la actualización excepcional de las escalas que contempló un incremento en la
facturación máxima por categoría de hasta 77%. De esta forma, la
recategorización en curso podrá realizarse con los nuevos valores.
Las escalas
actualizadas pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar. Los montos de facturación por
categoría regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2021 y
el 31 de enero de 2022.
La recategorización
es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año donde las y los
contribuyentes deben evaluar qué categoría del Monotributo le corresponde de
acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses. Todos los contribuyentes
deben realizar el procedimiento. Cuando no corresponda modificar la categoría,
las personas deben confirmar su permanencia en la que corresponda.
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