A partir de ahora, los trabajadores que inicien un
vínculo laboral deberán permanecer un año obligatoriamente en la prestadora
médica de su actividad
A partir de hoy, los trabajadores que
inicien un vínculo laboral deberán permanecer un año como mínimo en la
obra social de su actividad.
Cambia
por decreto el sistema de libre elección de la obra social
Así lo establece
el decreto 2021/438 que firmó este martes el presidente Alberto
Fernández y que se publicó este martes en el Boletín Oficial:
A pedido de la
CGT, el Gobierno accedió a modificar el sistema de libre elección de la
obra social.
Por ende, si un
trabajador es contratado hoy, por ejemplo, bajo el convenio 130/75 del
Sindicato de Empleados de Comercio, deberá permanecer al menos un año como
afiliado de la obra social Osecac. Pasado los primeros 12 meses del
vínculo laboral, recién podrá elegir derivar sus aportes y destinarlos a una
prestadora privada.
La normativa,
consensuada entre el Gobierno y los gremios, apunta a que cada nuevo trabajador
registrado deberá permanecer como mínimo un año en la obra social de su
actividad antes de disponer de la transferencia de los aportes a otra
entidad de salud. Es otra señal del Gobierno en contra de las prepagas, pero un
blindaje a las arcas gremiales.
En paralelo, los
gremios gestionan con el Gobierno un desembolso de $11.000 millones para
afrontar los tratamientos médicos a discapacitados.
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