Este miércoles por la noche ingresó a la Cámara de
Diputados el proyecto de ley que anula el ajuste retroactivo a enero de las
cuotas del Monotributo
Este miércoles por la
noche ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley que anula
el ajuste retroactivo a enero de las cuotas del Monotributo y establece
que los nuevos valores -con una suba del 35,3%- comenzarán a aplicarse a
partir de julio.
La iniciativa, amplia
los niveles de facturación de las distintas categorías del Monotributo respecto
de 2020 y establece una regularización y alivio fiscal de las deudas que
puedan haber acumulado los monotributistas, sin el pago de intereses,
punitorios y otras sanciones.
César Litvin, CEO de
Lisicki, Litvin & Asociados, señaló que el nuevo proyecto de ley contiene
tres aspectos esenciales:
- La cuota de enero a junio es la misma que en diciembre 2020
- Nuevo esquema de escalas
- Moratoria para el Monotributo por deudas al 30/6/21 en hasta 60 cuotas y condonación de resarcitorios, punitorios y multas
Monotributo:
acceda al nuevo proyecto de ley
El proyecto lleva la firma de Sergio Massa, Presidente de
la Cámara de Diputados, y del Diputado Máximo Kirchner,. Se denomina "Programa
de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes".
Acceda al texto completo de la iniciativa:
El proyecto establece
que "el valor mensual de las categorías a ingresar -impuesto integrado
y cotizaciones previsionales (incluye obra social) - del Régimen Simplificado
correspondiente a los meses de enero a junio de 2021, ambos inclusive, será
el vigente para el mes de diciembre 2020 para cada una de las categorías, respectivamente".
La iniciativa también
amplia de $3.530.303 hasta $3.700.000 a partir del 1 de julio el valor
máximo de facturación para estar incluido en el Monotributo. La categoría
más baja, la A, aumenta de $282.424 a $370.000 los ingresos brutos permitidos.
El proyecto también
contempla un plan de regularización de las cuotas no pagadas y deudas
vencidas o infracciones cometidas al 30 de junio de 2021 por los
componentes impositivo, previsional y de obra social, con la "exención
y/o condonación de intereses, multas y demás sanciones".
Quedan incluidas en la
regularización "las obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa,
contencioso administrativa o judicial, a la fecha de publicación de la presente
ley en el Boletín Oficial". También- agrega el proyecto- "podrán
reformularse planes de facilidades de pago vigentes a la fecha de promulgación
de la presente ley".
El proyecto también
contempla un plan de regularización de las cuotas no pagadas y deudas
vencidas o infracciones cometidas al 30 de junio de 2021 por los componentes
impositivo, previsional y de obra social, con la "exención y/o condonación de
intereses, multas y demás sanciones".
Quedan incluidas en la
regularización "las obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa,
contencioso administrativa o judicial, a la fecha de publicación de la presente
ley en el Boletín Oficial". También- agrega el proyecto- "podrán
reformularse planes de facilidades de pago vigentes a la fecha de promulgación
de la presente ley".
De acuerdo al texto de
la iniciativa, "1.955.832 monotributistas registran incumplimientos de pago en el
Régimen Simplificado", aproximadamente la mitad del total.
En tanto, los
monotributistas que se excedieron en el límite superior de facturación o
ingresos brutos se mantendrán en el Monotributo "siempre que no excedan
los nuevos límites.
En busca de "dotar
a la propuesta de progresividad" y evitar que sea utilizado de " manera
abusiva", se aclara en la iniciativa que únicamente podrán acceder al
Programa, los monotributistas que el total de bienes en el país y en el
exterior gravados y exentos -sin ningún tipo de mínimo no imponible- en
el Impuesto sobre los Bienes Personales, no superen los $6.500.000,
sin considerar la "Casa Habitación".
Asimismo, los
monotributistas de las categorías H, I, J, K deberán pagar una "cuota
especial" equivalente a 2 veces el valor mensual de su
categoría.
Los monotributistas que
no puedan acceder a los beneficios "se considerarán excluidos de ese
régimen desde las 0 horas del día en que se haya excedido el límite superior de
ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la
actividad". El monto que surja de la regularización podrá abonarse
al contado o en 60 cuotas al 1,5% de interés mensual.
"El Poder Ejecutivo
Nacional reglamentará la presente ley dentro de los 30 días corridos
contados a partir de la entrada en vigencia de la misma", concluye el proyecto.
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