Una norma del decreto de desburocratización podría beneficiar a las pymes ~ Estudio RCF

sábado, 17 de febrero de 2018

Una norma del decreto de desburocratización podría beneficiar a las pymes


Las pymes van a tener alícuota preferenciales de contribuciones patronales en 2018 cuando son de reventa mayorista o minorista o de servicios, de 17,50%, en lugar del 20,70% como el resto de las compañías.
El problema es que la AFIP insiste en que sólo son pymes las que definió en una resolución ya vieja que no actualiza: hasta una facturación de $ 48 millones. Pero el decreto de desburocratización afirma, sin referirse directamente a la AFIP, que se deben "unificar criterios" y tener una "única definición" sobre lo que es una pyme, y podría solucionarlo.
Hoy continúa la incertidumbre sobre el monto que deben facturar las pymes para beneficiarse con la alícuota reducida de 17,50% de contribuciones patronales, desde el 1º de febrero de 2018, puntualizó Alberto Mastandrea, de BDO Argentina, y añadió que la ley dispuso que la alícuota reducida era aplicable a las pymes, y posteriormente normas de menor jerarquía aclararon que serían consideradas como tales aquéllos empleadores cuyas ventas totales anuales no superen $ 48 millones.
Pese a que ese número fue actualizado varias veces por la Secretaria Pyme y hoy está en $ 900 millones, la AFIP entiende que a estos efectos deben considerarse los $ 48 millones.
Pero el DNU 27/2018 de Desburocratización, en su artículo 27, sustituyendo la definición de pyme en otra norma para que concuerde con la establecida en el artículo 2º de la Ley 24.467 del sector.
"A partir de tal disposición se agrega un nuevo elemento para insistir en que a los fines de determinar el porcentaje de las contribuciones patronales, hay que remitirse a las disposiciones de la Ley 24.467, la cual adopta como parámetro cuantitativo la suma de $ 900 millones", concluyó Mastandrea.


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