sábado, 17 de febrero de 2018
Una norma del decreto de desburocratización podría beneficiar a las pymes
2:09 p.m.
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Las pymes van a tener
alícuota preferenciales de contribuciones patronales en 2018 cuando son de
reventa mayorista o minorista o de servicios, de 17,50%, en lugar del 20,70%
como el resto de las compañías.
El problema es que la
AFIP
insiste en que sólo son pymes las que definió en una resolución ya vieja que no
actualiza: hasta una facturación de $ 48 millones. Pero el decreto de
desburocratización afirma, sin referirse directamente a la AFIP, que se deben "unificar criterios" y tener
una "única definición" sobre
lo que es una pyme, y podría solucionarlo.
Hoy continúa la
incertidumbre sobre el monto que deben facturar las pymes para beneficiarse con
la alícuota reducida de 17,50% de contribuciones patronales, desde el 1º de
febrero de 2018, puntualizó Alberto Mastandrea, de BDO Argentina, y añadió que
la ley dispuso que la alícuota reducida era aplicable a las pymes, y
posteriormente normas de menor jerarquía aclararon que serían consideradas como
tales aquéllos empleadores cuyas ventas totales anuales no superen $ 48
millones.
Pese a que ese número
fue actualizado varias veces por la Secretaria Pyme y hoy está en $ 900
millones, la AFIP
entiende que a estos efectos deben considerarse los $ 48 millones.
Pero el DNU 27/2018
de Desburocratización, en su artículo 27, sustituyendo la definición de pyme en
otra norma para que concuerde con la establecida en el artículo 2º de la Ley
24.467 del sector.
"A
partir de tal disposición se agrega un nuevo elemento para insistir en que a
los fines de determinar el porcentaje de las contribuciones patronales, hay que
remitirse a las disposiciones de la Ley 24.467, la cual adopta como parámetro
cuantitativo la suma de $ 900 millones", concluyó Mastandrea.
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