ARCA fijó el 30 de noviembre como fecha límite para adaptar los sistemas de facturación. Qué dato deberán informar las empresas desde diciembre.
La Agencia
de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzó a enviar comunicaciones a
contribuyentes que emitieron comprobantes electrónicos sin informar
correctamente la condición frente al IVA del receptor. El organismo
fijó el 30 de noviembre de 2026 como fecha límite para adecuar los
sistemas de facturación.
A
partir del 1° de diciembre, el dato deberá enviarse obligatoriamente en
las solicitudes de autorización de comprobantes realizadas mediante el Web
Service de Factura Electrónica. Si la información está vacía o no se transmite
correctamente, la solicitud de CAE podrá ser rechazada.
Qué dato deberán informar
las empresas al emitir una factura
El
cambio alcanza al campo técnico denominado Condición IVA Receptor Id, que
identifica la situación tributaria del cliente, comprador, locatario o
prestatario frente al IVA. Entre las categorías contempladas por ARCA
aparecen responsable inscripto, monotributista, consumidor final, sujeto
exento y sujeto no alcanzado, entre otras.
La
información no alcanza con que figure en una base de datos interna de la
empresa. Para quienes utilizan sistemas propios o plataformas conectadas con
ARCA mediante Web Service, el dato debe ser enviado dentro de la solicitud
electrónica que se utiliza para obtener la autorización del comprobante.
ARCA
incorporó esta exigencia mediante la Resolución General 5616/2024, que
modificó el régimen de facturación electrónica para que los comprobantes
incluyan la condición frente al IVA del cliente. El organismo explicó que el
objetivo es facilitar la registración electrónica de las operaciones y
agilizar el funcionamiento del Libro de IVA Digital.
Qué tienen que revisar antes
del 1° de diciembre
El
cambio requiere especial atención de las empresas que facturan mediante
sistemas de gestión propios, desarrollos internos o proveedores de software
conectados con ARCA. En esos casos, la adecuación no pasa solamente por
modificar la pantalla donde se carga una factura, sino por verificar que el
dato llegue correctamente en la comunicación con el organismo.
Por
eso, quienes utilizan estas herramientas deberían comprobar con su proveedor de
facturación que el campo correspondiente a la condición frente al IVA del
receptor esté incorporado en cada solicitud de CAE y que el sistema pueda
identificar correctamente la categoría tributaria del cliente.
El
manual técnico de ARCA ya contempla el campo como obligatorio y
establece que, una vez vigente la exigencia, la emisión de comprobantes sin ese
dato será rechazada. Además, el organismo incorporó un método específico para
consultar los valores de referencia correspondientes a las distintas
condiciones frente al IVA.
Qué pasa si ARCA rechaza la
solicitud de CAE
El
principal efecto para una empresa que no adapte su sistema será
operativo: la solicitud de autorización del comprobante puede ser
rechazada si no incluye la condición frente al IVA del receptor en el
campo requerido.
Esto
puede generar problemas en los procesos de facturación de compañías que emiten
grandes cantidades de comprobantes, especialmente cuando la generación de
facturas depende de sistemas automatizados. Por eso, el período previo
al 1° de diciembre resulta clave para realizar pruebas y detectar
errores antes de que la validación sea obligatoria.
ARCA
había permitido durante la etapa de adaptación que el campo pudiera enviarse de
manera opcional. El manual del organismo señala que esa modalidad se mantuvo
hasta la entrada en vigencia de la obligatoriedad, momento a partir del cual la
falta del dato deja de ser tolerada por el sistema.
Qué dice la norma sobre las
facturas en moneda extranjera
La Resolución
General 5616/2024 también introdujo modificaciones para las operaciones
documentadas en moneda
extranjera. La norma establece precisiones sobre el tipo de cambio
que debe consignarse en los comprobantes electrónicos cuando la operación se
cancela en la misma moneda en la que fue emitida.
En
esos casos, cuando existe una cotización del Banco de la Nación Argentina,
la norma establece que se considera el tipo de cambio vendedor divisa correspondiente
al cierre de las operaciones del día hábil cambiario anterior a la emisión de
la factura. En los comprobantes electrónicos, el sistema debe consignar ese
tipo de cambio de manera automática.
La
misma resolución estableció la obligación de identificar la condición
frente al IVA del cliente en los comprobantes electrónicos. Por eso, ambos
cambios forman parte de la actualización del régimen de facturación
implementada por ARCA.
Para
las empresas que utilizan facturación electrónica mediante Web Service, lo
principal es revisar la integración antes del 30 de noviembre. Desde
el 1° de diciembre, la condición frente al IVA del receptor deberá llegar
correctamente en cada solicitud de autorización, y una omisión puede impedir la
obtención del CAE.



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