La Comisión de Trabajadoras de Casas
Particulares acordó un nuevo
incremento salarial para el sector. En efecto, los incrementos
mensuales se aplicarán entre agosto y diciembre 2026.
De cuánto es el nuevo aumento
para empleadas domésticas
Respecto al nuevo aumento para empleadas
domésticas, en agosto habrá
una suba de 1,9%, más una suma no remunerativa por única vez de $
20.000 para quienes prestan tareas más de 16 horas semanales.
Complementariamente, se estableció un pago de $ 11.500, para los que prestan
tareas menos de 16 horas y más de 12 horas semanales, y de $ 8.000
para los que prestan tareas menos de 12 horas semanales.
En tanto, en septiembre, el aumento será
de 1,8%, más la incorporación al básico del 25% de la suma no remunerativa de
agosto.
Se acordó un nuevo aumento de sueldo
para empleadas domésticas de agosto a diciembre 2026
Luego en octubre, se dará un aumento de
1,7%, más la incorporación al básico del 50% de la suma no remunerativa de
agosto.
Posteriormente, en noviembre tendrán una
suba de 1,6%, más la incorporación al básico del 25% de la suma no remunerativa
de agosto.
En tanto, en diciembre 2026, la suba
será de 1,6% Además, se dispuso la incorporación a los salarios básicos
del 50% de la suma no remunerativa de marzo en abril y el 50% restante en
julio.
La suma no remunerativa de febrero y
marzo fue $20.000 para el personal que presta tareas 16 o más horas semanales;
de $11.500 para quien preste tareas entre 12 y menos de 16 horas semanales y de
$8.000 para quien preste tareas menos de 12 horas semanales.
Cuánto cobran las empleadas
domésticas desde agosto de 2026
Con el aumento del 1,9% correspondiente
a agosto, los salarios mínimos quedan establecidos de la siguiente manera:
·
Supervisores
con retiro: $4.523,11 por hora y $564.246,70 por
mes.
·
Supervisores
sin retiro: $4.920,88 por hora y $624.313,90 por
mes.
·
Personal
para tareas específicas con retiro: $4.303,49
por hora y $526.829,55 por mes.
·
Personal
para tareas específicas sin retiro: $4.684,53
por hora y $582.283,27 por mes.
·
Caseros: $4.072,38 por hora y $514.903,51 por mes.
·
Asistencia
y cuidado de personas con retiro: $4.072,38
por hora y $514.903,51 por mes.
·
Asistencia
y cuidado de personas sin retiro: $4.520,14
por hora y $569.593,41 por mes.
·
Personal
para tareas generales con retiro: $3.804,66
por hora y $466.756,23 por mes.
·
Personal
para tareas generales sin retiro: $4.072,38
por hora y $514.903,51 por mes.
Bono para empleadas
domésticas: quiénes cobran hasta $20.000
Además del aumento de las remuneraciones mínimas, el acuerdo estableció el pago de una suma no remunerativa de hasta $20.000 (bono) para los trabajadores de casas particulares, según la cantidad de horas trabajadas por semana durante agosto.
El monto se divide de la siguiente manera:
·
Más de 16
horas semanales: hasta $20.000.
·
Entre 12
y 16 horas semanales: hasta
$11.500.
·
Menos de
12 horas semanales: $8.000.
Qué cambia la reforma laboral para las empleadas domésticas
La reforma laboral incorpora modificaciones específicas para el régimen de trabajadores de casas particulares, que continuará regido por la Ley 26.844.
Uno de los principales cambios consiste en reafirmar que la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) no se aplica directamente a este sector, salvo en aquellos puntos que el régimen especial establezca expresamente como compatibles.
De esta manera, la normativa
mantiene la autonomía del sistema de casas particulares y determina que los
derechos y obligaciones del sector deben surgir principalmente de su
legislación específica.
Nuevo período de prueba para empleadas
domésticas: pasa a seis meses
El cambio más relevante de la reforma laboral para empleadas domésticas está vinculado con el período de prueba.
Hasta ahora, la Ley 26.844
establecía:
·
30 días para
el personal sin retiro
·
15 días para
el personal con retiro, cuando la relación no superaba los tres meses
Con la nueva normativa, todos los contratos por tiempo indeterminado tendrán un período de prueba de seis meses.
Durante ese período:
·
cualquiera
de las partes podrá finalizar la relación laboral sin expresar causa
·
no corresponderá indemnización por despido
·
el
empleador no podrá volver a contratar a la misma persona utilizando nuevamente
un período de prueba
El cambio amplía el plazo inicial de evaluación de la relación laboral y unifica el tratamiento entre las distintas modalidades de contratación.
Recibo electrónico para el personal de casas particulares
Otro de los cambios introducidos por la reforma laboral alcanza a los recibos de sueldo.
La nueva norma establece que los recibos deberán emitirse de manera electrónica mediante el sistema que determine la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Además, la constancia bancaria
del pago del salario tendrá valor como prueba suficiente de la cancelación de
la remuneración.
Hasta ahora, el régimen
permitía la confección del recibo en formato papel con firma de la trabajadora.
Con la modificación, el
sistema pasa a ser digital y centralizado, con mayor registro de las
operaciones laborales.
Ropa de trabajo: se podrá compensar con dinero
La reforma laboral mantiene la
obligación del empleador de proporcionar la ropa y los elementos necesarios
para realizar las tareas.
Sin embargo, una vez finalizado el período de prueba, esa obligación podrá cumplirse mediante el pago de una suma de dinero no remunerativa.
Esto implica que el empleador
podrá reemplazar la entrega física de la indumentaria por una compensación
económica destinada a ese concepto.
Al tratarse de un monto no
remunerativo, no será considerado para calcular aportes, aguinaldo ni
indemnizaciones.
Cambios en la actualización de juicios laborales
La reforma también modifica el mecanismo de actualización de créditos laborales para el personal de casas particulares.
El nuevo esquema establece que
la actualización e intereses de estos créditos se regirán por las disposiciones
previstas en la Ley de Contrato de Trabajo y por las normas incorporadas por la
reforma laboral.
El objetivo del cambio es
establecer un criterio común para la actualización de montos reclamados en
procesos judiciales laborales.



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