Conocido el porcentaje de inflación de junio 2026 (1,9%) informado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) ya se puede calcular el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias a partir del cual los trabajadores pagarán el tributo y los nuevos valores de las cuotas y los topes de facturación que regirán en el Monotributo para el segundo semestre del año.
Monotributo: cuáles son los nuevos montos máximos de facturación
A continuación los nuevos
montos máximos de facturación de las categorías del Monotributo:
·
A $12.011.761,13
·
B $17.598.626,75
·
C $24.675.323,21
·
D $30.634.646,56
·
E $36.035.283,35
·
F
$45.139.460,83
·
G $54.083.482,07
·
H $81.940.695,59
·
I $91.717.715,96
·
J $105.033.073,57
·
K $126.635.621,04
Monotributo: cuáles son los nuevos montos de las cuotas mensuales
A continuación los nuevos montos de las cuotas mensuales de las
categorías del Monotributo (servicios y ventas de bienes respectivamente):
·
A servicios $49.536,87 - bienes $49.536,87
·
B
servicios $56.390,11 - bienes $56.390,11
·
C servicios $66.033,03 - bienes
$64.543,20
·
D servicios $84.629,49 -
bienes $82.580,96
·
E servicios $119.834,89 - bienes
$108.288,70
·
F servicios $150.813,71 - bienes
$129.956,08
·
G servicios $230.358,02 - bienes
$158.846,13
·
H servicios $522.808,98 -
bienes $317.957,22
·
I servicios $963.936,48 - bienes
$475.085,74
·
J servicios $1.167.528,23 -
bienes $580.907,35
·
K
servicios $1.614.762,03 bienes - $702.240,66
Cuáles son las 8 fechas claves para los monotributistas
Los monotributistas deben estar atentos a 8 fechas claves que ocurren entre julio y agosto
de 2026.
A continuación el relevamiento realizado
por Tributum.News de las 8 fechas claves:
1.
14 Julio: nueva
Tabla Monotributo
2. 15/16 Julio: publicación oficial de
la nueva tabla del Monotributo ARCA
3. 16/17 Julio: comienzo del plazo de
recategorización:
1.
qué facturación y parámetros considerar:
facturación Julio 2025-Junio 2026 con nuevos topes (Tabla Ago 2026-Ene
2027)
4. 20 Julio: pago Monotributo mes de Julio
(valor igual a Junio 2026)
5. 1 Agosto 2026 al 31 Enero 2027: efectos de la Tabla nueva del
Monotributo
6. 5 Agosto: fin frl plazo de
recategorización en el Monotributo
7. 6 al 20 Agosto: recategorización de oficio en
el Monotributo por controles sistémicos
8. 20 Agosto: pago Monotributo mes de Agosto
(valor Tabla nueva)
La recategorización del
monotributo ante ARCA se
realiza dos veces por año en los siguientes períodos:
·
Hasta el 5 de febrero.
·
Hasta el 5 de agosto.
En cada instancia se deben
analizar los parámetros correspondientes a los últimos 12 meses de actividad.
Para la recategorización de agosto 2026, por ejemplo, se toma el período
comprendido entre julio de 2025 y junio de 2026.
Si el vencimiento coincide con un día inhábil,
el plazo puede trasladarse al día hábil siguiente según el calendario fiscal
vigente
Los cuatro parámetros que analiza ARCA
Para determinar la categoría
correcta del monotributo, los contribuyentes deben revisar cuatro variables
principales:
·
Ingresos
brutos acumulados de los últimos 12 meses.
·
Energía eléctrica consumida.
·
Alquileres
devengados, en caso de corresponder.
·
Superficie
afectada a la actividad económica.
Si alguno de estos parámetros
supera o queda por debajo de los límites establecidos para la categoría actual,
corresponde efectuar la recategorización.
Cómo hacer la recategorización paso a paso
El trámite de la
recategorización del monotributo se realiza de manera completamente online
desde el portal oficial de ARCA.
·
Ingresar
al sitio con CUIT y Clave Fiscal.
·
Acceder al servicio Monotributo.
·
Seleccionar la opción "Recategorizarme".
·
Revisar
la información de facturación que muestra el sistema.
·
Confirmar
o corregir los datos correspondientes a ingresos, alquileres, energía y
superficie.
·
Verificar la categoría resultante.
·
Confirmar
el trámite y descargar el comprobante.
Una vez finalizado el proceso,
el sistema genera el Formulario F.184 y permite obtener la nueva credencial de
pago.
La novedad:
recategorización simplificada
Por segundo año consecutivo,
ARCA mantiene el sistema de recategorización simplificada.
Al ingresar al portal, el
contribuyente visualiza automáticamente la facturación registrada durante los
últimos 12 meses y recibe una propuesta de categoría. Si los datos son
correctos, puede aceptarla directamente; en caso contrario, tiene la
posibilidad de modificarlos.
Esta herramienta busca reducir
errores y agilizar el cumplimiento de la obligación fiscal.
Quiénes no tienen que hacer el trámite
No todos los monotributistas
están obligados a recategorizarse.
Quedan exceptuados:
·
Quienes
mantienen exactamente la misma categoría y continúan dentro de todos los
parámetros permitidos.
·
Quienes tienen
menos de seis meses de actividad dentro del régimen.
En esos casos no es necesario
realizar ninguna acción.
Qué documentación conviene tener a mano
Antes de iniciar el trámite,
resulta recomendable contar con:
·
Facturación
de los últimos 12 meses.
·
Facturas de energía eléctrica.
·
Datos de
superficie afectada a la actividad.
·
Contratos
y pagos de alquileres, si corresponde.
·
Clave Fiscal vigente.
·
Domicilio Fiscal Electrónico actualizado.
Qué pasa si no te
recategorizás
ARCA cuenta con sistemas
automáticos de control que cruzan información proveniente de compras, gastos,
movimientos bancarios y acreditaciones financieras.
Si detecta inconsistencias o
considera que el contribuyente debió modificar su categoría y no lo hizo, puede
aplicar una recategorización de oficio.
Este procedimiento implica:
·
Cambio automático de categoría.
·
Reclamo
retroactivo de diferencias de cuota.
·
Posibles
sanciones previstas por la normativa vigente.
Además, quienes sean
recategorizados de oficio recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal
Electrónico dentro de los primeros 10 días hábiles posteriores al vencimiento
del trámite.
Desde cuándo se paga la nueva categoría
Una vez completada la
recategorización, los nuevos valores comienzan a regir desde el mes siguiente.
En el caso de la
recategorización de agosto de 2026, la nueva cuota impactará en los pagos
posteriores al trámite.
Por eso, revisar la situación
fiscal antes del vencimiento no solo evita sanciones, sino que también permite
mantener actualizada la categoría correspondiente dentro del Monotributo.



0 comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu Comentario!
Estudio RCF Gestión Contable - IVA - Ingresos Brutos , Convenio Multilateral - Autónomos - Monotributo - Moratorias AFIP, ARBA y AGIP - Sueldos, Balances Auditorias, Certificaciones - Servicio Domestico - Ganancias y Bienes Personales , SIRADIG - Seguimiento y Asistencia de cuentas Clientes -Auditorias de Consorcios