El Gobierno bajó línea a los bancos para eliminar
trabas innecesarias en los depósitos de dólares del colchón en efectivo. A
través de lineamientos que priorizan la coherencia económica sobre el pedido
automático de "papeles", se busca terminar con la sobrerreacción de
las entidades ante el blanqueo por Inocencia Fiscal.
Tras la reciente comunicación
conjunta del BCRA y la UIF, los bancos deberán reconfigurar sus
matrices de riesgo para dejar de tratar al ahorrista en dólares como un
sospechoso por defecto.
La nueva instrucción oficial prohíbe a
los cajeros exigir el origen de fondos como condición para aceptar
depósitos en efectivo y reafirma que los controles de
lavado de dinero se disparan recién en montos superiores a 40
salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), lo que equivale a casi u$s10.000.
Qué cambia en el control de los
bancos
"Hasta ahora, las entidades financieras como sujetos obligados,
tenían sus matrices de
riesgo configuradas para emitir alertas ante casi cualquier
inconsistencia entre el perfil fiscal del cliente y sus movimientos de cuenta",
indica Francisco Pugliese, gerente de Impuestos de La Vista Casal.
"Con esta instrucción, el BCRA y la
UIF les ordenan a redefinir sus algoritmos y matrices de riesgo, y
enfocarse en el verdadero lavado de dinero a gran escala (narcotráfico,
corrupción, etc.)", explica.
"Los organismos reguladores les están
bajando línea a los bancos para que eviten requerimientos innecesarios cuando
el análisis según el Enfoque Basado en Riesgo no arroja inconsistencias"
dice Federico Anna, del estudio Allende & Brea.
El EBR analiza el perfil del cliente
en conjunto con la razonabilidad económica del depósito y otras alertas.
"Se
reconoce expresamente que, en Argentina, tener dólares en efectivo puede ser
una conducta económicamente racional dado el contexto económico e histórico, y
que esa sola circunstancia no debe tratarse como un indicio automático de
ilicitud", afirma.
"Los bancos no deben prohibir los
depósitos en efectivo, independientemente del monto, pero siguen obligados
a analizar operaciones sospechosas, según sus políticas de riesgo y el perfil
del cliente", precisa Daniel Pérez, del estudio Pérez, Fiocco & Asoc.
La obligación normativa se limita a la
identificación del depositante y del titular cuando el monto supera los 40 SMVM
(Salario Mínimo, Vital y Móvil). El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) de
$346.800, o sea algo inferior a los u$s10.000, puntualiza.
"El BCRA y la UIF piden a los bancos revisar
umbrales operativos y requerimientos documentales para evitar pedidos
"automáticos" que no se justifican bajo el enfoque EBR",
sostiene Diego Fraga, Expansion Group.
Qué pasa cuando llegas a la caja
con los dólares
"La
normativa antilavado no prohíbe depósitos en efectivo (sin importar el monto),
ni exige pedir "origen de fondos" en línea de caja como condición
para aceptar el depósito. La obligación "automática" se
limita a identificar depositante y titular cuando el monto supera 40
SMVM", subraya Fraga.
En la práctica, cuando se depositan dólares
en efectivo, tenemos dos momentos diferentes, enumera Pugliese:
·
En la línea de caja: la instrucción es que no deben
solicitar papeles que justifiquen el origen de los fondos como condición para
aceptar el depósito. El cajero solo debe identificar al depositante y el
titular si el monto supera los 40, es decir aproximadamente $13.872.000 o el
equivalente a casi u$s10.000.
·
Análisis posterior: una vez que el dinero está en la
cuenta, el sistema del banco evalúa la operación bajo el nuevo "Enfoque
Basado en Riesgo" (EBR).
"Respecto del enfoque en el
"Origen Lícito", se aclara que la
ley permite utilizar dólares no declarados, siempre que su origen sea lícito
(por ejemplo, ahorros por restricciones cambiarias), sin que esto genere
consecuencias fiscales retroactivas para quienes adhieran al régimen
simplificado, pero no es un blanqueo y no se generan amnistías en materia penal
y/o infraccional", aclara Daniel Pérez, del estudio Pérez, Fiocco &
Asoc.
Cómo evitar que los bancos emitan
un ROS
Cuando detectan una actividad inusual, los
bancos son sujetos de control del lavado de dinero del terrorismo y el
narcotráfico, y deben emitir un Reporte de Operación Sospechosa para
la UIF.
"No existe "ROS
automático" por depositar dólares. La evaluación debe ser por riesgo
y contexto", enfatiza Fraga.
"Si el origen y aplicación de fondos
son consistentes con la actividad declarada y el perfil económico del cliente,
y además no hay inconsistencias relevantes en el análisis de riesgo, el
comunicado del BCRA dice que sería innecesario pedir documentación adicional, en
especial si el monto es inferior al límite de evasión simple y el contribuyente
está adherido a Ganancias Simplificado", indica.
El banco no
debería solicitar justificación ni emitir un ROS si se dan estas condiciones
concurrentes, señala Pugliese:
·
El depósito está por debajo del nuevo umbral de punibilidad penal, es decir, si el
monto depositado implica un impuesto evadido menor a los $100.000.000 (el nuevo
límite de evasión simple).
·
Adhesión al Régimen Simplificado
de Ganancias: el banco lo
deberá tomar como un antecedente favorable que le baja el perfil de riesgo a la
cuenta.
· Razonabilidad económica: si el monto es coherente con la
actividad declarada y el perfil económico del cliente, puede resultar
innecesario requerir documentación adicional, basado en el análisis de riesgo.
"¿Este
mero comunicado significa entonces que se podrán usar los "dólares del
colchón" sin papeles ni ROS? No necesariamente, aunque en muchos casos,
debería ser más viable, si el depósito es razonable y consistente con el perfil transaccional/actividad
del cliente y no hay señales concurrentes de alerta", considera Anna.
Cuándo si hay peligro de ROS por
lavado
"El
comunicado del BCRA/UIF no cambia el marco legal de fondo: los bancos siguen siendo sujetos obligados y
continúan vigentes las obligaciones de debida diligencia, monitoreo y reporte
bajo el Enfoque Basado en Riesgos (EBR)", advierte Anna.
"El nuevo régimen es permanente y
opcional para quienes se inscriban en Ganancias Simplificado. No ofrece un
"perdón" total frente a la consumación de un ilícito, sino que
simplifica la declaración jurada y permite la bancarización de fondos para
consumo o inversión sin los interrogatorios exhaustivos de antes", señala
Pérez.
"El "blindaje" es
estrictamente tributario, no para otros delitos. El
banco deberá investigar la cuenta si el monto depositado es un monto
desproporcionado respecto al perfil del cliente, si el impuesto evadido supera
los umbrales de la Ley Penal Tributaria, o si se detectan alertas vinculadas a
otros delitos", señala Pugliese.
"Las aclaraciones de BCRA/UIF no son
carta blanca: reafirman
que siguen vigentes las obligaciones de la ley contra el lavado de dinero y que
deben actualizar matrices de riesgo y monitoreo. Si la operación es inconsistente
o aparecen señales de alerta, el banco puede pedir sustento y eventualmente
reportar", afirma Fraga., y diferencia:
·
Depósitos chicos (por debajo de
40 SMVM): en principio, no debería haber
pedido automático de documentación ni "ROS automático" solo por ser
dólares en efectivo.
·
Depósitos grandes o
"inusuales" (aunque sean legales): el banco puede pedir información
si la operación no cierra con el perfil (montos altos, repetición, cliente
nuevo, terceros depositando, actividad económica que no explica el cash, etc.).
Si tras el análisis persiste la sospecha, corresponde ROS.
En resumen, es un giro relevante, pero
sobre un marco legal que permanece inalterado y cuya aplicación recae sobre los
bancos como sujetos obligados. Se intenta corregir el sesgo de tratar al
ahorrista como sospechoso por defecto y volver a un EBR real. El cambio concreto dependerá de si los bancos
dejan de sobrerreaccionar y convertir el depósito de efectivo en una presunción
de ilicitud", concluye Anna.



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