Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán solicitar la devolución de los saldos a favor
Los contribuyentes o responsables del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán solicitar la
devolución expeditiva de los saldos a favor en el tributo cuando reúnan los
siguientes requisitos:
- Haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Saldo a favor acumulado menor o igual a $2.000.000.
- Inexistencia de deuda judicial.
- Inexistencia de deuda como agente de recaudación, incluyendo multas.
- No revestir el carácter de concursado o fallido.
- No registrar un cargo de fiscalización abierto.
- No registrar acogimientos a planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente.
- No hallarse inscripto en los diversos Distritos Económicos y/o Regímenes de Promoción Económica vigentes.
- No haber presentado y obtenido una devolución mediante el presente procedimiento dentro de los 90 días del pedido respectivo, conforme la reglamentación que a tal efecto dicte la Dirección General de Rentas.




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