¿Cuánto es lo máximo que se puede facturar cómo monotributista y qué pasa cuando se excede ese monto? Todos los detalles sobre Afip y los contribuyentes
El Monotributo es
el régimen más popular en Argentina, ya que les permite a los pequeños
contribuyentes facturar sus productos y servicios, como también pagar
sus obligaciones fiscales y previsionales. Sin embargo, en la
categoría de bienes muebles, existe un monto máximo por
producto.
¿Qué
pasa si un monotributista factura más de lo debido?
Si un monotributista factura más del monto
"máximo" establecido pueden suceder dos situaciones:
- Recategorización: en
el caso de superar el monto máximo establecido por AFIP, corresponderá que te
recategorices en la categoría que admita el monto que facturaste
- Pérdida de la condición de monotributista: en el caso de superar el monto
máximo de la última categoría para tu actividad ("H" en el caso de
locación y prestación de servicios y "K" si es venta de bienes
muebles) perderás la condición de monotributista, teniéndote que inscribirte en
el Régimen General
Cabe
recordar que la recategorización se hace en dos fechas: por un lado, la primera es el
primer día de enero hasta el día 20 y la segunda desde el 1 de julio hasta el
20.
En este sentido,
salvo que excedas el monto máximo de la última categoría, seguirás
permaneciendo en la categoría que te inscribiste hasta la fecha de recategorización, es
decir, que deberás abonar mensualmente la misma suma sin ningún tipo de cambio.
Además, la recategorización se
suele hacer con los valores que AFIP suele actualizar antes de la
fecha de recategorización, producto de la elevada inflación, por lo que puede
que en un principio tenías que recategorizarte y, luego del
ajuste, permanezcas en la misma categoría o incluso desciendas.
En el caso de
las recategorizaciones de este año, es importante señalar que se
hacen dos anuales. Deberás volver a recategorizarte hasta julio del
2024, por lo que, seguirás en tu categoría incluso si te excediste, salvo que
superes el monto máximo de la última categoría admitida para tu
actividad.
Hay que tener en
cuenta que el Poder Ejecutivo impulsa cambios en la denominada Ley Bases,
que acaba de enviar al Congreso, por lo que los límites podrían cambiar en
cualquier momento.
¿Cuánto
es lo máximo que se puede facturar cómo monotributista?
Actualmente el Monotributo admite
dos tipos de "máximos":
- por un lado, el límite anual establecido en cada categoría
- y, por otra parte, el límite del precio por producto individual.
Este último caso solo
aplica a la venta de bienes muebles, por lo que no existe ninguna
limitación en el caso de los servicios.
En este sentido, los límites vigentes para el
monotributo son:
- Categoría A: la facturación anual pasa a $2.108.288,01;
- Categoría B: $3.133.941,63;
- Categoría C: $4.387.518,23;
- Categoría D: $5.449.094,55;
- Categoría E: $6.416.528,72;
- Categoría F: el tope máximo pasa a $8.020.660,90;
- Categoría G: $9.624.793,05;
- Categoría H: $11.916.410,45;
- Categoría I: $13.337.213,22;
- Categoría J: $15.285.088,04;
- Categoría K: $16.957.968,71.
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