Cuando el CBU de una empleado doméstica no se encuentra registrado ante el organismo, no pueden acceder a los beneficios del Programa Compre Sin IVA
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detectó a más de 20.000 empleadas
domésticas cuyo CBU no se encuentra registrado ante el organismo. A través
de un cruce sistémico, la AFIP constató que en la actualidad dicho universo no
puede acceder a los beneficios del Programa Compre Sin IVA.
Salvo el caso en que
el personal exija a su empleadora o empleador el pago en efectivo de sus
remuneraciones, las remuneraciones del personal comprendido en el Régimen
Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares deberán
abonarse mediante la acreditación en una cuenta sueldo abierta a su nombre en
entidad bancaria o en institución de ahorro oficial, la cual deberá ser
informada en el portal de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(AFIP).
El CBU puede
informarse modificando los datos de la trabajadora en el micrositio de
casas particulares. Cabe destacar que la correcta registración de las
trabajadoras les otorga derechos tales como vacaciones pagas, acceso a una obra
social, cobertura de aseguradoras de riesgos de trabajo, licencias por
enfermedad y por maternidad, jubilación y otros beneficios.
Asimismo, cada
trabajadora también puede registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) ante la
AFIP, mediante el servicio "Declaración de CBU".
Al no tener su cbu
registrado, estas 20.000 trabajadoras no pueden acceder al programa Compre
Sin IVA que beneficia a más de 20 millones de personas, un universo
compuesto por 440.000 empleadas de Casas Particulares, 7 millones de jubilados
y pensionados, 2.5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por
Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE), 2.3 millones de
monotributistas, 9 millones de trabajadores en relación de dependencia con
sueldos inferiores a $708.000 y titulares de la Tarjeta Alimentar y de
Potenciar Trabajo.
El programa establece
la devolución del 21% del monto final para compras realizadas con
tarjeta de débito, vigente para la adquisición en comercios minoristas y/o
mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y el resto de los
productos que componen la canasta básica, con un tope mensual por persona de
$18.800.
Por último, se
recuerda que para poder registrar la relación laboral, el empleador solo debe
ingresar a la página web del organismo con clave fiscal nivel 2 y contar con la
información personal de la trabajadora a registrar, como ser su nombre y
apellido, N° de CUIL, domicilio real, número telefónico y correo electrónico,
entre otros datos. El trámite es íntegramente gratuito.
¿Qué
datos se necesitan para dar de alta a una empleada doméstica?
Solo el empleador puede registrar la relación laboral y para
hacerlo necesita tener Clave Fiscal Nivel 2 (en caso de no tenerla,
la puede tramitar ingresando a homebanking y luego seleccionar Servicios AFIP,
opción Crear Clave Fiscal) y los siguientes datos del o la trabajadora:
- 1. Número de CUIT
- 2. Nombre y Apellido completo
- 3. Fecha de Nacimiento
- 4. Domicilio real
- 5. Obra social, si la tuviera
- 6. CBU, en caso de estar ya bancarizada
- 7. Número de teléfono
- 8. Dirección de email
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