Debido a la elevada inflación, se actualizó el piso del Impuesto a las Ganancias, como también algunas de las deducciones admitidas
El Impuesto a las
Ganancias es uno de los tributos más importantes del país, el cual grava
tanto a las personas físicas como a las jurídicas. En el caso de las personas
humanas, las personas pueden hacer deducciones especiales de las
"ganancias" que obtienen como, por ejemplo, el sueldo que pagan
a las empleadas domésticas.
¿Qué
valor se deduce de ganancias de una empleada doméstica?
En el caso de que
hayas registrado a un empleado o empleada doméstica en AFIP, podrás
deducir una parte del dinero que le abonas en concepto de "salario". Actualmente,
para este 2023, la deducción es de $451.683,19.
¿Qué
se puede deducir de impuestos 2023?
En el año 2023,
existen varias deducciones que se pueden aplicar al Impuesto a
las Ganancias. Una de las más conocidas es el mínimo no imponible,
que se establece en $506.230
Entre las deducciones más
populares se encuentran los gastos en educación, gastos médicos, seguro de
vida, donaciones, intereses por préstamos hipotecarios, gastos de sepelio,
alquileres y gastos de casas particulares.
En el caso de los
gastos en educación, se pueden deducir los importes pagados por servicios
educativos y herramientas relacionadas. Esta deducción también
incluye a los hijos a tu cargo. En el caso de que sean mayores de edad, el
límite es hasta los 24 años, siempre y cuando estén cursando estudios regulares
o profesionales y no estén trabajando activamente. El límite para esta deducción es
del 40% del mínimo no imponible.
Dentro de esa
categoría también se incluyen las clases particulares, las guarderías y los
jardines materno-infantiles, así como los útiles escolares, los guardapolvos y
los uniformes. Para poder deducir estos gastos, es necesario que tus hijos o
hijastros sean residentes y que sus ingresos netos no hayan superado
el mínimo no imponible.
En cuanto a los gastos
médicos, podrás deducir tus gastos y el de las personas a tu cargo declaradas
como "cargas de familia". El monto deducible es el 40%
de estos gastos, con la condición de que la deducción no supere el 5%
de la ganancia neta acumulada.
Por otra parte, las
primas de los seguros de vida también son deducibles, excepto en el
caso de los seguros "mixtos", donde solo podrás deducir la
parte que cubre el riesgo de muerte, a menos que sean seguros de retiro
privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia
de Seguros.
Además, las
donaciones realizadas a fiscos nacionales, provinciales y municipales, así como
a instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles
reconocidas por la AFIP como exentas del Impuesto a las
Ganancias, también son deducibles. El límite de la deducción, en
este caso, es del 5% de la ganancia neta acumulada.
En cuanto a los
intereses por préstamos hipotecarios, podés deducir hasta un máximo
de $20.000 anuales para la compra o construcción de inmuebles destinados a la
vivienda.
Los gastos de sepelio son
deducibles si ocurren en el país y están relacionados con el fallecimiento del
empleado o de alguna de las personas declaradas como carga de familia, hasta un
tope de $996,23.
En el caso de los
alquileres, se pueden deducir hasta el 40% del valor del alquiler de la
vivienda, siempre y cuando este monto no supere el mínimo no imponible y
el contribuyente no sea titular de ningún otro inmueble.
Finalmente, si tenés
personal de casas particulares a tu cargo, como mencionamos anteriormente,
podés deducir la remuneración y las contribuciones patronales
abonadas, con un límite de $451.683,19.
¿Cuál
es el mínimo no imponible de Ganancias 2023?
El monto mínimo
no imponible, debido a la inflación, se elevó, pasando de
$404.062 a $506.230, lo que representa un incremento del 25,29%, bastante por
debajo de la inflación acumulada (hasta el mes de abril) del 32%.
¿Cuándo
devuelven ganancias 2023?
Existe cierta "confusión" por
parte de muchos contribuyentes sobre las "devoluciones" del Impuesto
a las Ganancias. Al igual que cualquier otro tributo, este es recaudado
por un organismo competente (en este caso AFIP) y financia al estado, por lo
que lógicamente el dinero no se devuelve.
Lo único que se
devuelve son las percepciones por este tributo como, por ejemplo,
para las personas que compran dólar ahorro o pagan el resumen de sus compras en
dólares en moneda local, es decir, sufren el Impuesto PAIS, el cual
no se devuelve, como las percepciones por Ganancias y Bienes Personales.
En estos casos, AFIP suele
habilitar la solicitud de la devolución del año anterior al
comenzar el año calendario. Por ejemplo, es probable que los primeros días de
enero en el 2024 el fisco habilite las solicitudes las devoluciones de
las percepciones sufridas en 2023, tal como sucedió este año.
Cabe recordar que,
para solicitar la devolución de cualquier percepción, no se debe
estar alcanzado por el tributo. En el caso contrario, se puede tomar
a cuenta para el pago del tributo alcanzado.




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