La AFIP ya no publicará la nómina de excluidos de pleno derecho del Monotributo, sino que sólo lo notificará al domicilio fiscal electrónico
A partir de la próxima
recategorización del Monotributo que vence en 3 días, la AFIP podrá
cambiar la categoría del monotributista de oficio cuando, por controles
sistémicos, considere que recurrió al "enanismo fiscal". Y este
martes modificó el procedimiento para notificar y apelar esa medida.
La Resolución General
5316/2023 de AFIP modificó el procedimiento para manifestar disconformidad
y apelar la recategorización de oficio en el Monotributo, según informó
Tributum.news.
Esa norma también
estableció cambios en la forma de recurrir administrativamente la decisión
de AFIP de excluir de pleno de derecho del Monotributo, por considerar que
se superó el límite de la categoría máxima.
Por otra parte,
cambió la notificación de la exclusión de pleno derecho por controles
sistémicos del Monotributo, ya que antes se realizaba al domicilio fiscal
electrónico y, además, la AFIP publicaba la nómina de los excluidos, mientras
que ahora sólo se dará el aviso individual electrónico.
Cambios
en la recategorización por controles sistémicos
El monotributista que
resulte excluido de oficio por controles sistémicos de la AFIP podrá consultar
los motivos a través de la página de Internet del organismo. Ya no se realizará
el trámite por el servicio MORE.
Para apelar la
decisión de la AFIP de recategorizarlo de oficio, el monotributista deberá
recurrir al servicio "Presentaciones Digitales", en el sitio "Recategorización de oficio del
Monotributo – Apelación en Término". Antes existía un procedimiento
llamado MOREO.
El plazo para esta
presentación digital de disconformidad con la recategorización de oficio será
de 15 días hábiles posteriores a la notificación.
En caso de no
presentación del trámite digital de apelación, esto tendrá el efecto de
"aceptación tácita" de la medida tomada por la AFIP.
El estado
administrativo referido a la categorización de oficio será notificado al
monotributista mediante el domicilio fiscal electrónico.
Cómo
notificará ahora la AFIP la exclusión del Monotributo
Un cambio importante
respecto de la exclusión del Monotributo, con la que la AFIP pasa al contribuyente
al régimen general de IVA, Impuesto a las Ganancias y jubilación de autónomos,
es que no se publicará más en el Boletín Oficial la nómina de los
excluidos cada mes.
En adelante, la AFIP
sólo notificará la exclusión de pleno de derecho por controles sistémicos del
Monotributo en el domicilio fiscal electrónico del contribuyente.
Cuando haya motivos
de consultas sobre esta media de la AFIP, se realizarán a través de la página
de Internet de la AFIP, mientras que antes había un servicio específico.
También se podrá
apelar, como en la recategorización de oficio, a través del Servicio "Presentaciones Digitales", en
el sitio "Exclusión de oficio del
Monotributo – Apelación en término".
El plazo para hacer
esta presentación digital de apelación de la exclusión de pleno derecho por
controles sistémico es igualmente de 15 días hábiles posteriores a la
notificación.
El trámite de
apelación de la exclusión del Monotributo tiene la posibilidad del
desistimiento, y la oportunidad es mientras que el trámite está en curso,
mediante la opción electrónica "desistir".
En ambos casos, la
Resolución General de la AFIP sobre trámites por recategorización o exclusión
del Monotributo tiene vigencia desde este martes 17.
Cuándo
se considera notificado al domicilio fiscal electrónico
El contribuyente no
ingresa todos los días al domicilio fiscal electrónico, y aunque la AFIP muchas
veces también envía un mail, esto no ocurre siempre y tampoco es la
comunicación fehaciente.
Por este motivo, cabe preguntarse cuándo se considera
notificada la recategorización o exclusión al domicilio fiscal electrónico, y
los dos momentos posibles son los siguientes:
1. El día
en que el ciudadano, responsable o persona autorizada abra el documento
digital que contiene la comunicación, mediante el servicio "Domicilio Fiscal
Electrónico".
2. A
las cero horas del día lunes inmediato posterior a la fecha en que las
comunicaciones o notificaciones se encontraran disponibles.
Por este motivo,
los viernes a última hora es conveniente revisar el domicilio fiscal
electrónico; sobre todo, el posterior al día en que venció la recategorización
del Monotributo.
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