Monotributo social: cuánto se paga, para qué sirve y quiénes lo pueden sacar ~ Estudio RCF

martes, 25 de octubre de 2022

Monotributo social: cuánto se paga, para qué sirve y quiénes lo pueden sacar


El monotributo social es una alternativa para aquellos trabajadores que tienen ingresos bajos y desean contar con una obra social y aportes jubilatorios

El monotributo social fue lanzado como una alternativa para aquellos trabajadores o emprendedores que necesitan facturar y/o contar con una obra social. Además, a través de este, pueden acceder a una jubilación en el futuro.

De esta forma, trabajadores informales (que son un gran número, si tenemos en cuenta que la mitad de la economía está en negro o de manera informal) y pequeños emprendedores pueden acceder a un conjunto de prestaciones básicas.

¿Cuánto se paga por monotributo social 2022?

Actualmente, el monto mensual a pagar es de $ 887,59. Esto se debe a que el estado exime del pago a los contribuyentes del componente impositivo y del 50% de la obra social, es decir, el gobierno subsidia el 50% de la obra social.

El pago debe realizarse hasta el día 20 de cada mes y se puede hacer en cualquier banco, Rapipago o Pago Fácil. Además, también se puede abonar por "pago electrónico", transferencia o débito automático. En este último caso es con tarjeta de crédito, cuenta bancaria, cajeros automáticos, entre otras opciones.

¿Qué diferencia hay entre el monotributo y el monotributo social?

La principal diferencia que hay entre el monotributo y el monotributo social es que en el primero se debe abonar una cuota mensual que incluye un componente impositivo y, por otra parte, el aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como también a la obra social.

En cambio, en el monotributo social, solamente se paga el 50% de la obra social. Además, los requisitos para acceder son mayores en comparación al tradicional.

Por ejemplo, solo podrán acceder al monotributo social aquellas personas que realicen una única actividad económica independiente.

Dentro de las personas que pueden acceder a este régimen diferenciado, también se encuentran aquellos que trabajan en relación de dependencia percibiendo un salario bruto inferior al haber previsional mínimo, es decir, facturar menos de $743.382,07 al año, como también quienes forman parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.

Además, se encuentran los siguientes requisitos:

  • Ser propietario de hasta 2 inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo
  • Ser propietario de hasta 3 bienes muebles registrables
  • No ser profesional universitario en ejercicio de dicha profesión como actividad económica
  • No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales
  • Contar con ingresos que provengan solo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales

¿Qué es y para qué sirve el monotributo social?

Como mencionamos a lo largo de la nota, el monotributo social sirve como una forma "económica" de acceder al clásico monotributo y a los beneficios de este. Entre ellos se destacan los siguientes:

  • Emitir facturas
  • Acceder a las prestaciones de una obra social
  • Ingresar al sistema previsional para, en el futuro, contar con una jubilación
  • Ser proveedor del Estado por compra directa

Según el Estado nacional, el monotributo social es una herramienta de inclusión, ya que le permite a cualquier ciudadano que quiera iniciar una actividad sin contar con un elevado capital económico y cuya principal herramienta es el capital humano. De esta forma, a través de este instrumento, accede a la "ciudadanía tributaria".

En pocas palabras, el gobierno lo define como una "alfabetización tributaria" sobre el inicio de trámites con el estado, dirigida especialmente a la población históricamente excluida que pasa a formar parte de la economía registrada.

¿Cuál es el costo del monotributo social?

Actualmente, el costo del monotributo social es de $887,59 al mes. Por otra parte, la actividad que se desarrolle debe ser considerada relevantes para el desarrollo local y la "economía social".

Dentro de esta categoría, el gobierno establece prioridades a partir de necesidades regionales y locales en relación con los siguientes aspectos:

  • Generación de empleo
  • Identidad comunitaria
  • Preservación del ambiente
  • Fomento de turismo
  • Promoción comunitaria

El gobierno no va a considerar relevantes para el desarrollo local actividades tales como:

  • Venta de productos por catálogo
  • Venta de quiniela
  • Venta de autopartes nuevas o usadas
  • Servicio de taxi o remise
  • Cuidado de vehículos en la vía pública
  • Cualquier actividad que sea ajena a los objetivos del desarrollo autogestivo

¿Cuáles son las compatibilidades e incompatibilidades al momento de "cruzar" la información?

Dentro de los cruces compatibles, nos encontramos:

  • Propietario de un bien inmueble
  • Propietario de un bien mueble registrable no afectado al emprendimiento económico
  • Seguro de desempleo (sin superposición en el tiempo)
  • Pensión no contributiva
  • Pensión contributiva mínima que no supere el Salario Mínimo Vital y Móvil
  • Jubilación mínima que no supere el Salario Mínimo Vital y Móvil
  • Asignación Universal por Hijo y Asignación Universal por Embarazo
  • Antecedente de Monotributo General
  • Programas de ingreso social municipales, provinciales o nacionales

Con respecto a los cruces incompatibles, se encuentran:

  • Profesionales en ejercicio de su profesión
  • Personal en relación de dependencia
  • Propietarios de dos o más bienes inmuebles
  • Propietarios de hasta tres bienes muebles registrables no afectados al emprendimiento económico
  • Jubilación mayor que la mínima
  • Aquellos que se encuentren registrados como empleador o titular de acciones o cuotas partes de las sociedades comerciales
  • Las personas registradas como tributante en el Impuesto a las Ganancias
  • Las personas que tributen el Impuesto a los Bienes Personales
  • Aquellos ciudadanos con ingresos brutos anuales superiores a los $ 466.201,59
  • Las personas que estén inscriptas en el Régimen de Servicio Doméstico u otro régimen especial

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