La iniciativa busca prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2027 la vigencia de Ganancias, Bienes Personales, Monotributo, entre otros gravámenes
Con fecha del 1 de
agosto pasado ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley enviado por el
Poder Ejecutivo para prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2027 la
vigencia del Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales, Monotributo, entre
otros gravámenes.
A continuación, el texto completo de la iniciativa:
A continuación, desde
Tributum.News detallaron el listado de impuestos que pierden vigencia
entre el 3 de diciembre y el 31 de diciembre 2022:
- - Impuesto a las Ganancias
- - Impuesto sobre los Bienes Personales
- - Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas
- - Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias
- - Impuesto Adicional de Emergencia sobre Cigarrillos
- - Recargo al Gas Natural
- - Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo)
- - Contribución extraordinaria sobre el capital de cooperativas y mutuales de ahorro, de crédito y/o financieras, de seguros y/o reaseguros
Prórroga
de vigencia de impuestos
El proyecto - de
acuerdo a lo publicado por el Blog del Contador- establece en su artículo 1 lo
siguiente: "Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive,
los plazos establecidos en el artículo 2°, en los incisos a), c), d), f), g),
h) y j) del primer párrafo del artículo 4° y en el artículo 5°, todos ellos de
la Ley N° 27.432".
"Sin perjuicio
de lo dispuesto en el párrafo precedente, prorrogase toda otra asignación
específica de impuestos nacionales coparticipables hasta el 31 de diciembre de
2027, inclusive, salvo que otra norma legal disponga una fecha posterior,
en cuyo caso será de aplicación lo previsto en esta última", agrega la
iniciativa.
En tanto el artículo
2, establece lo siguiente: "Sustituyese en el artículo 6° de la Ley N°
23.427 y sus modificaciones, de creación del Fondo para Educación y Promoción
Cooperativa, la expresión "treinta y siete (37) períodos fiscales"
por la expresión "cuarenta y dos (42) períodos fiscales".




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