Sumas invertidas para el saldo a pagar, categorías desaparecidas y exclusiones incorrectas impiden la recategorización en el Monotributo
Los contadores reportan
más fallas en los sistemas de la AFIP cuando se intenta realizar
la recategorización en el Monotributo, lo que está perjudicando a muchos
contribuyentes.
Por esos errores
sistémicos y recurrentes de AFIP, los profesionales vienen aconsejando no
apurarse a realizar la recategorización en el Monotributo.
Errores
más comunes en la recategorización del Monotributo
Algunos profesionales
venían alertando que en la opción "Recategorizarme" del portal web
del Monotributo incluso aparecen números invertidos al informar la cifra
final a pagar, por ejemplo.
A esto se sumó
durante toda la tarde de ayer martes que parecía haber "desaparecido"
la categoría D, ya que los sistemas no permitían sobre todo bajar de la E a la
D.
Además, hubo muchas
publicaciones en Twitter con quejas porque cualquier monotributista que
hubiera sido excluido en algún momento de su historia y después volvió al
Monotributo los sistemas no lo dejan recategorizar porque "estás
excluido".
En algunos casos, los
contadores le encontraron la vuelta a este error, luego de insistir varias
veces, pero no siempre. A veces sólo se logró en las sucesivas
recategorizaciones de otros clientes en la misma situación, según reportaron.
Una
recategorización excepcional por el Alivio Fiscal
Excepcionalmente, la recategorización
correspondiente al semestre enero/junio de 2022 se encuentra disponible a
partir del 11 y hasta el 29 de julio de 2022, ambas fechas inclusive, informó
el ABC de preguntas frecuentes de la AFIP en los últimos días.
Esto se debió a la
necesidad de acomodar los sistemas para que los monotributistas pudieran
beneficiarse de la suba de los límites en los ingresos brutos para cada
categoría que aprobó el Congreso con la Ley de Alivio Fiscal.
La nueva categoría
tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente y hasta el último día
del mes en que deba efectuarse la próxima recategorización, y el pago del
Monotributo con el monto de la nueva categoría se realizará a partir del primer
día del mes siguiente al de la recategorización.
Por lo tanto, la
nueva recategorización del Monotributo que está venciendo estos días tendrá
efectos a partir del 1 de agosto de 2022.
Cuándo
se pagará más y cuándo menos por la recategorización
Se pueden dar tres
situaciones respecto de los ingresos de los contribuyentes con esta
categorización del Monotributo, donde los parámetros y montos a pagar no
cambiar de forma pareja, según comentó el periódico tributario Tributum.news:
Que corresponda la misma categoría
Esto sucedería si por
ejemplo los ingresos durante los últimos 12 meses se mantuvieron en el mínimo y
máximo de la categoría. Con la nueva Tabla del segundo semestre del 2022,
tampoco habrá cambio de categoría si se encontraban aproximadamente un 10%
inferior al tope de aquellos máximos por cada categoría y su incremento fuere
aproximadamente hasta el 50% ya que al incremento se le adiciona aquel
diferencial y progresivo según cada categoría del 12% al 62%.
Efectos:
• Recategorizarse: no
• Monto a pagar: valores
vigentes a partir de julio 2022.
• No se debe
"Confirmar los datos", ya que la presente opera a modo de
conformación tácita.
Que corresponda al menos una categoría
inferior
Si los ingresos
de los últimos 12 meses han disminuido, por ejemplo, por pérdida de clientes o
incorporación de actividad en relación de dependencia, o bien se encontraban
distantes a aquellos máximos de la categoría siguiente o cercanos al piso de
aquella categorizada o incluso si han sido menores a los dos ajustes de la Tabla
en enero y julio 2022.
Efectos:
• Recategorizarse: sí
• Monto a pagar:
considerando que los efectos son a partir del mes siguiente, nos encontremos
con dos situaciones:
- En julio 2022, conforme anterior categoría y su respectivo monto a abonar aplicando la Tabla del segundo semestre 2022.
- A partir agosto 2022: conforme nueva categoría (inferior) y su respectivo monto a abonar (inferior) aplicando la misma tabla (segundo semestre 2022).
Que corresponda una categoría superior
Serán los casos
de menor frecuencia, excepto que haya tenido ingresos significativamente
superiores en el segundo semestre del año 2021 o bien ya se encontraban
próximos al monto máximo de dicha categoría y por la suba general del nivel de
precios así lo hayan trasladado a la prestación de sus servicios o venta de
bienes.
Efectos:
• Recategorizarse: sí
• Monto a pagar: considerando
que los efectos, serán a partir del mes siguiente, nos encontremos nuevamente
con dos situaciones:
- En Julio 2022: conforme anterior categoría y su respectivo monto a abonar aplicando la Tabla del segundo semestre 2022.
- A partir Agosto 2022: conforme nueva categoría (superior) y su respectivo monto a abonar (superior) aplicando la misma tabla del segundo semestre 2022.
• Si corresponde
una nueva categoría asignada: ¿se debe hacer algo más?. La respuesta es que sí,
se debe reimprimir el nuevo F. 960 D Data Fiscal puesto que una de las
causales de reimpresión es que se haya modificado la categoría del Monotributo.





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