Este mes, este sector recibirá el último aumento salarial del 15%, acordado en la reunión de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares
El personal
doméstico cobrará en junio el último aumento salarial del 15% al
que hay que sumarle el aguinaldo. Según la Ley de Contrato de Trabajo, la fecha
límite para la liquidación de la primera cuota del Sueldo Anual
Complementario es el 30 de este mes, pero la legislación admite una
tolerancia de hasta cuatro días hábiles de demora en el pago.
En la última reunión
de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se estableció, además,
que las organizaciones gremiales y las patronales serán convocadas en agosto
por la cartera laboral para diagramar la paritaria del sector, que
podría ser por hasta fin de año, teniendo en cuenta el proceso inflacionario
que está sufriendo la economía, impactando fuertemente en los bolsillos de
los trabajadores y trabajadoras.
A continuación, damos
el listado de las categorías e importes de los salarios que comenzaron a
pagarse a comienzo de este mes, con el estimativo del aguinaldo, teniendo en
cuenta que se trata de un básico, ya que hay que para el cálculo definitivo hay
que sumar horas extras, antigüedad y otros rubros.
Supervisor/a:
- Personal
con retiro: $437,50
por hora y $54.612,50 mensuales. Aguinaldo $27.306,25
- Personal
sin retiro: $479
por hora y $60.832 mensuales. $30.416
Personal para tareas
específicas:
- Personal
con retiro: $414
por hora y $50.738 mensuales. $25.369
- Personal
sin retiro: $454
por hora y $56.480 mensuales. $28.240
Caseros:
- $390,50 por hora y $49.503 mensuales. $24.751,5
Asistencia y cuidado
de personas:
- Personal
con retiro: $390,50
por hora y $49.503 mensuales. $24.751,5
- Personal
sin retiro: $437,50
por hora y $55.166 mensuales. $27.583
Personal para tareas
generales:
- Personal
con retiro: $362,50
por hora y $44.517,50 mensuales. $22.258,75
- Personal
sin retiro: $390,50
por hora y $49.503 mensuales. $24.751,5
Según el convenio
colectivo, el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría,
quedará comprendida en la que resulte la principal que desempeñe con
habitualidad
Datos
para el cálculo del SAC
Para el cobro
del aguinaldo, las trabajadoras y trabajadores deben tener en cuenta las
horas extras y comisiones, que se deben sumar al monto del salario del
mes en el que fueron abonadas, a fines de calcular la mayor remuneración
devengada. En esta actividad es por demás importante, porque es mucho el
personal que trabaja por horas. El rubro "A cuenta de futuros
aumentos" también debe considerarse para calcular el SAC, ya que integra
la remuneración mensual devengada.
En el caso de las
mujeres, la licencia por maternidad no debe ser incluida como parte del
aguinaldo ya que la trabajadora no percibe su salario, sino un subsidio
familiar. Por eso, solo hay que considerar únicamente los meses trabajados en
el semestre antes o después de la licencia.
Las licencias
sin goce de sueldo y beneficios sociales son conceptos excluidos
del cálculo, ya que aunque se abonen conjuntamente con la remuneración, son no
remunerativos.
No
es necesario trabajar durante seis meses
Para acceder al cobro
del aguinaldo no es necesario trabajar durante seis meses, ya que si
durante el semestre (de enero a junio) una persona no trabajó todos los meses
(ya sea porque comenzó a trabajar recientemente o porque se extinguió el
contrato) deberá cobrar el proporcional a los meses trabajados.
Por otra parte, se
debe aplicar el equivalente al 30% sobre los salarios mínimos fijados para cada
una de las categorías, respecto del personal que preste tareas en La Pampa, Río
Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
La paritaria del
sector está ligada directamente a los aumentos que se decidan en el Consejo del
Salario Mínimo, Vital y Móvil, que hace en su momento decidió adelantar las
cuotas previstas para enero, llevando el básico a $45.540 en junio y
$47.850 en agosto. En este caso, es posible que primero se resuelva la
paritaria de Casas Particulares por eso apuntan a que se trate de una paritaria
corta.
Qué
tareas realiza cada categoría
Supervisora
Es el personal encargado
llevar a cabo la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o
más personas a su cargo. Por ejemplo, un supervisor que controla las tareas de
limpieza de un grupo de empleados.
Personal para tareas
específicas
Esta categoría
incluye principalmente a los cocineros/as contratados en forma exclusiva para
desempeñar dicha labor, como así también toda otra tarea doméstica que requiera
habilidades especiales del personal para poder llevarla a cabo.
Caseros
Hace referencia al
personal que presta tareas relacionadas con cuidado general y la preservación
de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Es la única
categoría que se presume sin retiro.
Asistencia y cuidado
de personas
Comprende la asistencia
y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con
discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Esta categoría es la que
determina cuál es el sueldo de una niñera o de cuidadores domiciliarios (por
ejemplo, una persona que cuida adultos mayores).
Personal para tareas
generales
Se encarga de
realizar tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y
cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Es la
categoría más utilizada, ya que comprende a la empleada doméstica o mucama que
presta servicios de limpieza y mantenimiento en casas de familia.




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