Hasta el 31 de julio, los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de Ganancias y Bienes Personales en hasta 3 cuotas y con un pago a cuenta del 25%
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende hasta el 31 de julio los
plazos para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los
impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con
un pago a cuenta del 25%.
El organismo también
prorrogó por dos meses los beneficios de los planes de pago permanente, en
relación a la cantidad de cuotas y planes adheribles.
Las medidas, que se
publican este lunes en el Boletín Oficial, apuntan a coadyuvar al
cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y
responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la
recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo.
Ganancias
y Bienes Personales
La Resolución General
5194/2022 define que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones
de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y
con un pago a cuenta del 25%. Asimismo, dispone que el organismo no considerará
la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes
al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas.
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o
D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto",
categoría E.
El "Sistema
de Perfil de Riesgo" es un sistema informático de calificación que
realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las
obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
Planes
de pago permanente
A través de la
Resolución General 5195/2022, la AFIP otorgó hasta el 31 de julio vigencia
transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago
admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamientos
aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo es 8
cuotas y 6 planes por persona.
Además, los
beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes
desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de
julio de 2022.
Ganancias
y Bienes Personales: declaraciones anuales
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para efectuar las
presentaciones de las declaraciones juradas y, de corresponder, realizar
el ingreso de los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y
Cedular para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al
período fiscal 2021. La prórroga traslada los vencimientos de las obligaciones
a finales de junio con el objetivo de facilitar las tareas de cumplimiento.
La Resolución General
5192/2022 se publicará este viernes en el Boletín Oficial. La
postergación del plazo posibilita que los contribuyentes y los profesionales de
ciencias económicas cuenten con más tiempo para confeccionar las declaraciones
juradas y efectuar los pagos correspondientes.
Los nuevos plazos que
define la normativa para las presentaciones y pagos correspondientes de los
impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal
2021 son los siguientes:
AFIP
Ganancias Sociedades
De igual manera, la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) brinda más tiempo para
que las empresas realicen la presentación de la declaración jurada del
impuesto a las ganancias para sociedades que hayan cerrado su ejercicio anual
en diciembre de 2021. El nuevo plazo operará los días 23, 24 y 26 de mayo. La
fecha prevista para el pago es el día hábil posterior a la presentación de la
declaración jurada (24, 26 y 27 de mayo). La prórroga alcanza a las empresas
que cerraron balances en diciembre de 2021.
La Resolución General
5189/2022 extiende el plazo original que comenzaba a vencer a mediados de mayo
para facilitar el cumplimiento de las obligaciones. Los contribuyentes deberán
utilizar el aplicativo "Ganancias personas jurídicas - versión 20.0"
que puede descargarse en www.afip.gob.ar/Aplicativos/gciasPersonasFisicasSociedades/default.asp.
AFIP
prorroga Ganancias Sociedades
Aquellos
contribuyentes que por error hayan presentado la declaración jurada una versión
anterior del aplicativo deberán volver a ingresar los datos con la versión
actualizada. El aplicativo introduce la nueva escala progresiva de
impuesto a las Ganancias para las sociedades aprobada por ley el año pasado.
Como parte de su
estrategia de simplificación y digitalización, la AFIP comenzó a trabajar
en el diseño de los servicios web que, como sucede con distintos tributos,
reemplacen el uso del aplicativo para las futuras presentaciones de
declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para sociedades. Los
servicios en línea son compatibles con dispositivos móviles y pantallas
táctiles, no requiere que los usuarios realicen actualizaciones y permite que todos
los contribuyentes operen con la misma versión en línea, entre otras ventajas.





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