La AFIP actualizó sólo 26% por todo el año pasado algunos valores que pueden provocar la exclusión de los monotributistas en el segundo semestre del 2022
Los contadores advertimos
que la forma en que actualizó la AFIP los valores del Monotributo
provocará que los monotributistas de las escalas más altas sean excluidos del
régimen y tengan que pasar al Régimen General de IVA, Ganancias y autónomos a
partir de la segunda mitad de 2022, con el consiguiente aumento de los
costos.
La AFIP publicó la tabla del Monotributo correspondiente a 2022
aplicando una actualización del 26% sobre los valores vigentes en
diciembre 2021, en cuanto a los siguientes ítems:
- Topes de facturación.
- Monto de alquileres devengados.
- Precio máximo unitario de venta
- Importes a pagar en concepto de impuesto integrado y componente previsional.
La
actualización fue incompleta
Agustín S. Sosa,
socio fundador de Tributo Simple, explicó que, si se compara la tabla publicada
por AFIP en enero 2022 contra la de enero 2021, se observa que los topes
de facturación de las categorías más altas (H, I, J y K ) fueron actualizados
en un porcentaje inferior al debido 52,67% que es la variación del índice de
movilidad previsional 2021.
"La AFIP deberá
aclarar esta situación dado que lo publicado no refleja lo establecido por
la ley vigente", afirmó Sosa.
"Esto puede
devenir en contribuyentes presentando medidas judiciales, y más aún,
en los casos que hayan quedado excluidos del régimen", advirtió.
Por otra parte, el
especialista recomendó llevar un exhaustivo control mensual de la facturación
emitida, con el objetivo de no quedar excluido del régimen.
Además, el precio
unitario máximo para venta de cosas muebles y el valor de alquileres devengados
anualmente no fueron actualizados por la tabla publicada en julio 2021. Por
este motivo, la actualización del 26% sobre el valor actual representa un
porcentaje anual mucho menor.
"Los
monotributistas nuevamente se ven perjudicados por la falta de actualización de
los límites de facturación acorde al contexto de inflación", subrayó Sosa.
Los
nuevos montos
La AFIP sólo ajustó
los montos máximos y el impuesto a pagar a partir del segundo semestre, tomando
como base los parámetros de diciembre 2021, explicó Mario Goldman Rota, de
Tributum.news.
Los ingresos
brutos máximos de la categoría A serán de $466.201,59 desde
enero 2022.
En tanto, en la
última categoría que es la K, el máximo será de $4.662.017,87,
el que sólo rige para la venta de bienes muebles. Después de esa cifra, el
monotributista debe pasar al Régimen General.
En la prestación
de servicios, el máximo de facturación es el de la categoría H y
será desde enero 2022 de $3.276.011,15, luego de lo cual el monotributista
será excluido del régimen simplificado.
Los montos
totales a pagar serán de $3.334,25 mensuales para la categoría
A, aunque si se aprueba el proyecto de "Puente de Inclusión" que el
Gobierno mandó a la Cámara de Diputados, en este lugar de la escala sólo se
pagará el componente previsional de $3.046,18.
La categoría H para
el sector servicios pagará una cuota de $16.114,67 sumando
el componente impositivo y el previsional.
Y la categoría K,
que es la máxima de venta de bienes muebles, tendrá que pagar una cuota
de $25.090,13.
Cómo
se realizó el cálculo
Para
la actualización, la AFIP
aplicó el índice de movilidad previsional de los últimos dos trimestres de
2021, que dan un promedio de 26%.
La decisión se
fundamentó en considerar la inaplicabilidad en el año 2021 del coeficiente
completo de movilidad previsional de 52,67%, debido a que en enero-junio se
ajustó por una ley del Congreso, indicó Goldman Rota.
Así, en
https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp aparecen ya los valores
vigentes desde el 1/1/2022 hasta el 31/12/2022 de los parámetros y montos a
pagar del Monotributo.
El año pasado se
produjo un conflicto por un ajuste retroactivo que intentó aplicar la AFIP, que
fue subsanado a través del dictado de una ley.
Así, la AFIP
consideró todos los valores vigentes a diciembre 2021, pero dado que el
parámetro "Ingresos Brutos" fue sustituido en el semestre
julio-diciembre 2021 desde $ 370.000 (Categoría A) hasta $ 3.700.000 (Categoría
K), se considera que "nuevamente" no debe ajustarse por el periodo
enero a junio 2021, sino desde julio 2021 que fue el mes en que comenzó su
vigencia, consideró Goldman Rota.
En igual sentido, los
importes a pagar se consideran desde el mismo periodo base (vigentes
julio-diciembre 2021), ya que de aplicarse un diverso coeficiente hubiese
resultado casi el doble de aquel de los parámetros, sostuvo.
Sin embargo, los
alquileres y el precio máximo no habían sido actualizados por la ley, y
quedaron ahora con valores muy por abajo del efecto de la inflación, por lo que
dejarán afuera a muchos monotributistas, más allá de que no lleguen a los
máximos de facturación de su categoría.
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