El nuevo consenso fiscal prevé que las alícuotas de Ingresos Brutos no deberán ser superiores a las establecidas para cada actividad
El nuevo consenso
fiscal –rubricado este lunes por 23 provincias- prevé que las alícuotas de
Ingresos Brutos no deberán ser superiores a las establecidas para cada
actividad y ratifica la decisión de analizar en 2022 la posibilidad
de legislar sobre un impuesto a la herencia.
También contiene
un capítulo denominado de "endeudamiento
responsable", que determina que las provincias podrán incrementar
el stock de deuda denominada en moneda extranjera solo a través de líneas de
financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito y que en
materia de "responsabilidad fiscal" fija que "la regla de
límite de crecimiento del gasto estará regida en todos los casos por el
incremento del PIB", entre otras cuestiones.
La firma se
concretó durante un acto realizado este lunes por la tarde en Casa de
Gobierno, encabezado por el presidente Alberto Fernández , acompañado por
el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros del Interior, Eduardo de
Pedro, y de Economía, Martín Guzmán.
Por el lado de las
provincias estuvieron los gobernadores Axel Kicillof (Buenos Aires); Raúl Jalil
(Catamarca); Jorge Capitanich (Chaco); Gustavo Valdés (Corrientes); Gerardo
Morales (Jujuy); Ricardo Quintela (La Rioja); Rodolfo Suárez (Mendoza); Oscar
Herrera Ahuad (Misiones); Omar Gutiérrez (Neuquén); Arabela Carreras (Río
Negro); Gustavo Sáenz (Salta); Sergio Uñac (San Juan); Alicia Kirchner (Santa
Cruz); Omar Perotti (Santa Fe); y Gerardo Zamora (Santiago del Estero).
🤝🇦🇷 "Estamos dando un paso en favor de garantizar un crecimiento equilibrado en toda la Argentina", dijo el presidente @alferdez durante la firma del nuevo #ConsensoFiscal para 2022, con gobernadoras y gobernadores de todo el país.
— Casa Rosada (@CasaRosada) December 27, 2021
Detalles del acuerdo👇https://t.co/Ic8zpJpos1 pic.twitter.com/lgxcgLxjZc
También la vicegobernadora
de Tierra del Fuego, Mónica Urquiza; la vicegobernadora de Entre Ríos, María
Laura Stratta; el vicegobernador de Córdoba, Manuel Calvo, y el
vicegobernador a cargo del Ejecutivo de Tucumán, Osvaldo Jaldo.
A estos se sumaron el
mandatario de La Pampa, Sergio Ziliotto, cuya provincia, junto con la de
San Luis, no había adherido al Consenso que se suscribió durante el
gobierno del expresidente Mauricio Macri, por lo que no necesitaron actualizar
los parámetros del acuerdo.
El consenso fiscal es
un acuerdo federal que busca la instrumentación de una política y
administración tributaria articulada entre todas las jurisdicciones partícipes,
de modo que las distintas decisiones se adopten en un marco de estabilidad
jurídica a la vez que aseguren una armonización tributaria.
Lo que se busca con
el acuerdo es fortalecer la autonomía de las provincias brindando estabilidad
jurídica a los gobiernos y a los contribuyentes respecto de los impuestos
provinciales.
"Celebro
que hayamos logrado el consenso con 23 jurisdicciones, y lamento que esto haya
quedado sin firmar por la Ciudad de Buenos Aires, porque cuando se llevaba
los puntos de coparticipación lo hacía sin consensos", expresó el Presidente al dar cuenta
que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, fue el único
mandatario que no participó del acuerdo.
De Pedro, por su
parte, aseguró que el acuerdo "no
aumenta impuestos, sino que pone topes a la suba de impuestos, es decir que
todos los gobernadores y gobernadoras que están firmando este consenso fiscal
están auto limitando la suba de impuestos".
Consenso
Fiscal 2021: las claves del acuerdo
Alberto Fernández y
la mayoría de los gobernadores firmaron este lunes el Consenso Fiscal que
faculta a las provincias a subir y crear nuevos impuestos. De esta manera,
el Presidente utilizará el pacto para mostrar iniciativa y consenso
político frente a las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional
(FMI). A continuación, las claves del acuerdo.
- Las provincias y la
Ciudad de Buenos Aires durante 2022 podrán legislar un impuesto a un
aumento de riqueza obtenido por herencias, legados, donaciones y anticipos de
herencia.
- Aplicar alícuotas
máximas para el impuesto sobre los Ingresos Brutos: para agricultura,
ganadería, pesca, minería de 0,75%; industria manufacturera, 1,50%;
construcción, 2,5%; comercio, 5%; hoteles y restaurantes, 4,5%; comunicaciones
5,5%; telefonía celular 6,5%; intermediación y servicios financieros 9%
(créditos hipotecarios exento); actividades Inmobiliarias, empresariales y de
alquiler 5%; servicios sociales y de salud 4,75%.
Estos nuevos
porcentajes implican subas en varios rubros como comunicaciones y servicios
financieros.
Acceda
al texto completo del acuerdo:
- Las actividades
dentro de agricultura, ganadería, pesca y minería que vendan a consumidores
finales quedarán sujetas, en relación a esas operaciones, a la alícuota
máxima establecida para comercio.
- Mantener
desgravados los ingresos provenientes de las actividades de exportación de
bienes (excepto los vinculados con actividades mineras o hidrocarburíferas
y sus servicios complementarios) y los ingresos provenientes de prestaciones de
servicios cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el
exterior del país.
- Se gravará el
comercio electrónico de servicios digitales prestados por sujetos
radicados, residentes o constituidos en el exterior a consumidores o empresas
domiciliados, radicados o constituidos en jurisdicción provincial y la CABA.
Esto incluye el servicio de suscripción online para acceso a entretenimiento
(música, videos, transmisiones audiovisuales y juegos) y la intermediación en
la prestación de servicios a través de plataformas digitales (hoteleros,
turísticos y financieros) y las actividades de juego que se desarrollen o
exploten a través de cualquier medio digital.
- Establecer una
alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la
transferencia de automotores y del 2% para el resto de contratos y operaciones
alcanzadas por este tributo.
- Las provincias y la
CABA solo podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda
extranjera solo en los casos de líneas de financiamiento con organismos
bilaterales o multilaterales de crédito, desembolsos pendientes, incrementos de
stock generados por administración de pasivos, canjes o reestructuraciones y
amortizaciones de capital.
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