El Monotributo se debería ajustar por movilidad jubilatoria en enero, pero hay incertidumbre sobre si el Gobierno terminará aplicando una ley distinta
Al completarse el
porcentaje de movilidad jubilatoria de 2021 con la publicación del
índice trimestral correspondiente a diciembre, se conoció cómo debería
ajustarse a partir de enero 2022 los parámetros y el importe a pagar del
Monotributo.
La Ley de Monotributo
dispone que anualmente se efectuará una actualización de los parámetros
ingresos brutos, alquileres devengados y precio máximo unitario de ventas,
explicó la presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño,
Gabriela Russo, y añadió que la adecuación también comprende el importe
del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales.
A su vez, está
establecido que tanto las escalas como impuesto correspondiente a cada una de
ellas, se actualizan en enero de 2022, de acuerdo con el índice de movilidad de
las prestaciones previsionales que publica la ANSeS, indicó Ricardo Scalzotto,
de PwC Argentina.
En
números
El último valor de
la movilidad previsional del 2021 ascendió a 12,11%, señaló
Agustín Sosa, CEO de Tributo Simple, de tal modo que el índice acumulado
para 2021 es de 52,67% de variación anual.
"En
virtud de la normativa vigente, la actualización de los parámetros debería ser
automática aplicando el índice de movilidad previsional", remarcó Sosa.
Los
ingresos y otros parámetros desde enero
Por lo cual, para
permanecer dentro del régimen simplificado a partir de 2022, el límite
para servicios sería de aproximadamente $3,59 millones
(categoría H) y de $5,39 millones para bienes (categoría K), calculó
Russo.
Cuánto
habrá que pagar durante 2022
Durante este año el
tope para permanecer dentro del Monotributo es de $2,3 millones para servicios
(categoría H) y $3,5 millones para venta de bienes (categoría K), indicó.
Incertidumbre
legal
No obstante, no
se descarta que, como sucedió en las últimas oportunidades, la actualización
sea vía la promulgación de una nueva ley, advirtió Sosa.
"A
menos de 45 días de 2022, como es habitual, aun no hay certezas acerca de los
nuevos valores, lo que genera incertidumbre en el monotributista", subrayó.
"Y
al ser la actualización de forma anual, el efecto de inflación derrite los
límites mes a mes. Sería oportuno disponer de actualizaciones semestrales", opinó.
Qué
pasó hasta ahora
La Ley de Solidaridad
Social y Reactivación Productiva suspendió por 180 días la aplicación del
índice de movilidad jubilatoria a los fines de atender en forma prioritaria y
en el corto plazo a los sectores de más bajos ingresos, recordó Russo, y
precisó que esa disposición impidió la actualización de los valores de
parámetros aplicables durante 2021.
Como una alternativa
para subsanar esta falencia, se estableció que la actualización se practicaría
con efecto retroactivo al 1 de enero de 2021 considerando la
variación del haber mínimo garantizado para las jubilaciones, correspondiente
al año calendario completo finalizado el 31 de diciembre de 2020. El índice resultante
de aplicar este mecanismo alternativo fue 1,35, agregó.
La AFIP practicó una
categorización retroactiva que originalmente dio lugar al devengamiento de
diferencias para quienes ingresaron importes menores a la categoría
actualizada. Esta disposición luego fue dejada sin efecto por la ley que
también actualizó el parámetro de ingresos brutos devengados en forma
excepcional, a partir del 1/7/2021, sostuvo.
Teniendo en cuenta
que el parámetro de ingresos tuvo una actualización excepcional aplicable a
partir de julio 2021, a efectos de estimar los valores 2022 tomamos como base
los importes fijados para enero 2021 tal como señala la normativa vigente,
continuó.
Pero, de
aplicarse alguna adecuación en este sentido, debería reglamentarse, concluyó.






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