El Gobierno prepara el anuncio de un nuevo incremento en el piso del Impuesto a las Ganancias. Desde abril se encuentra en $150.000 brutos mensuales
El Gobierno prepara el
anuncio de un nuevo incremento en el piso del Impuesto a las Ganancias. Desde
abril se encuentra en $150.000 brutos mensuales. La intención oficial es
llevarlo a entre $175.000 y185.000; lo que representa un aumento de entre el 16
y el 23 por ciento.
Las paritarias y el
impacto de la inflación hicieron que muchos de los que se habían visto
beneficiados con el incremento del piso ya estén pagando el impuesto
nuevamente. La intención es que ese cerca de millón de asalariados vuelva
a quedar exento del impuesto.
De esta manera, el
impuesto se les empezará a cobrar a aquellos que hoy tengan un salario en mano
de entre $145.250 y 153.550 pesos.
Con el piso actual,
hay una serie de deducciones especiales para quienes están entre los $150.000 y
$ 175.000. En el Gobierno sostienen que ese beneficio se mantendrá para
ayudar a mitigar el impacto en los primeros escalones.
Sin embargo, esta
modificación al impuesto no implica una suba del mínimo no imponible. La
ley reforma aprobada por el Congreso en abril solo estableció un nuevo piso y
no actualizó la tabla del impuesto. Hoy la escala empieza en una alícuota del
5% y termina en el 35 por ciento.
Se espera que en esta
oportunidad se repita la estrategia anterior. Así, solo se aumentará el salario
a partir del que se empieza a tributar, pero no se tocarán las escalas de la
tabla.
Nueva alícuota para
dividendos y utilidades en ganancias de sociedades
ADIP también avanzó
con la instrumentación de las modificaciones referidas a las
alícuotas para los dividendos y utilidades del Impuesto a las Ganancias
Sociedades introducidas por la Ley 27.630, a través de la Resolución General
5060/2021, publicada en el Boletín Oficial.
La nueva alícuota del
7% establecida por el Congreso comenzará a regir para el período fiscal 2021.
La RG determinó el
procedimiento para el ingreso de la retención del Impuesto a las Ganancias derivada
del pago o puesta disposición de dividendos y utilidades, e instrumentó el
cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior, del 13% al 7 por
ciento.
Las modificaciones
son aplicables sobre los dividendos y utilidades pagados o puestos a
disposición de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y
beneficiarios del exterior, siempre que éstos se hayan generado en períodos
fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.
La Ley 27.630 del
impuesto a las Ganancias de sociedades profundiza la progresividad del
impuesto al contar con un esquema diferenciado de alícuotas de acuerdo al
tramo de ganancia de la empresa.
Además, estableció
una alícuota sobre distribución de dividendos de 7% para todas las empresas,
que es lo que ahora se instrumenta.
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