Los 10 puntos clave que tenés que saber sobre la Súper Moratoria 2020 ~ Estudio RCF

miércoles, 8 de julio de 2020

Los 10 puntos clave que tenés que saber sobre la Súper Moratoria 2020



Con miras a la reactivación de la economía y para paliar el efecto de la pandemia en diversos sectores, el Gobierno dispuso el alivio tributario

El Gobierno envió este martes al Congreso el proyecto de ley de ampliación de la moratoria para "empresas de todo tipo de tamaño y sector", que permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio último y estará vigente hasta el próximo 31 de octubre.

El alivio impositivo también abarcará a personas físicas y jurídicas de diverso tipo, según anunció el Gobierno.

"Venimos a anunciar el envío al Parlamento de un proyecto de ley que plantea una nueva moratoria de obligaciones impositivas y previsionales para empresas de todo tipo de tamaño y sector", dijo el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, en un mensaje grabado desde la sala de conferencias de Casa Rosada.

Durante el anuncio que encabezó junto a la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, Kulfas afirmó que han "considerado la necesidad de ampliar esta moratoria porque el daño (de la pandemia del coronavirus) es muy importante en muchos sector".




Moratoria 2020: las 10 claves

Los principales aspectos del proyecto para ampliar la moratoria 2020 son los siguientes:

1. Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

2. Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020.

3. Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020.

4. Primera cuota vence el 16 de noviembre.

5. Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.

6. Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

7. Condonación parcial de intereses y total de multas.

8. Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).

9. Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).

10. Condiciones para las empresas de mayor tamaño: durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.



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