martes, 30 de junio de 2020
La AFIP pone en marcha los "Telegramas Laborales" online: cómo funcionan
2:52 p.m.
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En medio de la pandemia del
coronavirus, la AFIP puso en marcha los "Telegramas Laborales"
online. Lo hizo a través de la resolución general 4747
En
medio de la pandemia del coronavirus, la AFIP puso en marcha los "Telegramas
Laborales" online.
Lo
hizo a través de la resolución general 4747 publicada este martes en el Boletín
Oficial.
Los
trabajadores que envíen una comunicación laboral al empleador, podrán utilizar
el servicio denominado "Telegramas Laborales" a efectos de enviar a
la AFIP la copia prevista en el mencionado artículo.
El ingreso
al servicio "Telegramas Laborales" se encontrará disponible en:
a)
El sitio web de la AFIP, al que se accederá con Clave Fiscal habilitada con
Nivel de Seguridad 2 o superior.
b)
La banca electrónica con la que opere el trabajador, siempre que se trate de
una entidad bancaria homologada por la AFIP, con clave de acceso al "home
banking" del respectivo banco.
Efectuado
el ingreso al servicio "Telegramas Laborales", el sistema informático
requerirá los siguientes datos:
a)
CUIT del empleador.
b)
Razón social o denominación del empleador.
En
el supuesto en que no se identifiquen los datos del empleador, el trabajador seleccionará
la opción "sin datos del denunciado", debiendo ingresar el domicilio
laboral y agregar las observaciones que permitan su identificación.
Asimismo,
el servicio contará con un campo de ingreso que permita realizar todas las
aclaraciones que se consideren pertinentes.
La
carga de la comunicación laboral se efectuará mediante la toma de una
fotografía o la creación de un documento escaneado del telegrama o carta
documento enviada al empleador –con el respaldo del envío del servicio postal-,
que deberá adjuntarse en formato de archivo digital ".png",
".jpg" o ".jpeg".
El
sistema otorgará una constancia de la carga realizada que contendrá los datos
ingresados en la comunicación, así como la fecha y hora de carga, la cual
quedará disponible en el servicio para futuras reimpresiones.
La
constancia de carga tendrá validez para ser presentada como constancia del
envío de la comunicación a la AFIP.
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