jueves, 25 de junio de 2020
La AFIP extiende la suspensión de las bajas de oficio en el Monotributo: hasta qué fecha
4:40 p.m.
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La Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja
de oficio del régimen por falta de pago
La
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista
será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones
durante junio.
Con
el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y
obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió
las exclusiones de monotributistas correspondientes a junio.
A
través de la Resolución General 4738/2020, publicada en el Boletín Oficial, se
extienden al mes corriente los beneficios vigentes desde marzo.
La
normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga
diez cuotas consecutivas.
La
AFIP resolvió que junio no será computado a los efectos de contabilizar el
período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Asimismo,
existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del
régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del
contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
La
AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en junio para
proceder con exclusiones de oficio.
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