miércoles, 7 de febrero de 2018
ARBA otorga exenciones en el Impuesto Inmobiliario Urbano para jubilados, pensionados y casas con baja valuación fiscal
5:03 p.m.
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El director ejecutivo de ARBA, Gastón
Fossati, explicó que “adaptamos los montos máximos que tomará la Agencia para
otorgar las exenciones según la Ley Impositiva, sobre todo para los sectores de
la población más vulnerables como los jubilados, pensionados y propietarios de
casas de menor valor”.
La Agencia de
Recaudación de la provincia de Buenos Aires puso en vigencia las exenciones en
el Impuesto Inmobiliario Urbano para jubilados, pensionados y casas con baja
valuación fiscal. El organismo dispuso los requisitos para acceder al beneficio
tributario, e implementó los montos máximos necesarios de las propiedades para
poder hacer el trámite.
El director ejecutivo
de ARBA,
Gastón Fossati, explicó que “adaptamos
los montos máximos que tomará la Agencia para otorgar las exenciones según la
Ley Impositiva, sobre todo para los sectores de la población más vulnerables
como los jubilados, pensionados y propietarios de casas de menor valor”.
De acuerdo a las normativas
vigentes para el presente año, los jubilados y pensionados propietarios de una única
vivienda, perteneciente a la planta urbana edificada, podrán tramitar la
exención del Impuesto Inmobiliario en los casos en que la valuación fiscal del
inmueble no supere los 5 millones de pesos. El único ingreso de los
beneficiarios deben ser haberes previsionales cuyos importes brutos en conjunto
no superen mensualmente los 17 mil pesos.
En este sentido, cabe
aclarar que en aquellos casos que con anterioridad al ejercicio fiscal 2018,
hubieran obtenido la exención y ahora la valuación de su inmueble supere los 5
millones de pesos pero conserven la misma propiedad y cumplan las demás condiciones
requeridas, seguirán teniendo el beneficio impositivo.
El trámite comienza vía
web desde la página de la Agencia, www.Arba.gob.ar, con la clave CIT,
donde se obtendrá la “Constancia de Inicio de trámite” para luego concurrir al PUNTO ARBA
más cercano a su domicilio con la documentación requerida y finalizar la
gestión.
Cabe destacar que
para los casos de jubilados y pensionados cuya propiedad no supere los 100 mil
pesos de valuación fiscal, solo tendrán que realizar la gestión web sin tener
que continuar la gestión de manera presencial. “Brindamos la posibilidad de
hacer un trámite abreviado, simple y por internet para los inmuebles de menor
valor para que el beneficio sea inmediato”, aseguró Fossati.
Por su parte,
aquellos contribuyentes cuya valuación fiscal de su inmueble no supere en el
2018 los 400 mil pesos, también podrán acceder al beneficio de la exención,
tramitando desde la página web de ARBA, con clave CIT y finalizando la gestión
de manera presencial en el PUNTO ARBA más próximo con la entrega de la
documentación respaldatoria.
También,
de la misma manera, podrán acceder a la exención del Impuesto Inmobiliario
Urbano aquellos contribuyentes ex combatientes de Malvinas y víctimas de la última
dictadura militar que tengan una única vivienda cuya valuación fiscal no supere
1.282.000 de pesos.




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