viernes, 26 de enero de 2018
Monotributo: los cambios que llegan en junio con la puesta en marcha de la reforma tributaria
3:34 p.m.
Sin comentarios
Se cambió el período para
recategorizarse. Ampliaron el tope para las ventas y categorías que exigían
empleados ya no lo tienen en cuenta
Por la reforma
tributaria, cerca de tres millones de contribuyentes adheridos al régimen del Monotributo
experimentarán nuevos cambios a partir de junio.
Se trata de las
modificaciones aprobadas el 27 de diciembre pasado por el Congreso, que vienen
a sumarse a aquellas que ya empezó a implementar la AFIP este mes por normativas
previas, como la actualización automática de los valores de las categorías.
Entre las novedades
que se esperan ahora y en cuya reglamentación trabaja el fisco, figura la
limitación del sujeto del Monotributo, la simplificación de la
recategorización, la suba del precio unitario de venta y la eliminación de
requisitos para las categorías.
- Sujeto del Monotributo: solo
podrán inscribirse las personas físicas y las asociaciones indivisas. Las
sociedades de hecho y condominios, en cambio, ya no podrán ser parte del
régimen a partir de junio.
- Recategorización: la
revisión será semestral en lugar de cuatrimestral, por lo que se hará solo dos
veces al año. Bajo el esquema previo, el lunes pasado venció la
recategorización voluntaria correspondiente a enero y habrá una nueva con
vencimiento el 20 de mayo.
- Precio unitario de
venta: antes quien comercializaba bienes no
podía venderlos por un precio mayor a $2.500, mientras que ahora el límite se
amplía a $15.000. Esto significa un alivio para muchos contribuyentes que por
la inflación debían subir el precio de sus bienes superando el tope y quedaban
fuera del régimen.
- Menos
requisitos: los
monotributistas que venden bienes en las categorías I, J, K ya no tendrán que
tener uno, dos o tres empleados, en cada caso, para mantenerse dentro del
régimen simplificado. Por el contrario, podrán trabajar sin empleados.
- Cotización
previsional: la
cuota del Monotributo se compone por el impuesto integrado, la jubilación
(aportes al Sipa) y aportes a la obra social. De ahora en más, el Poder
Ejecutivo tendrá la facultad de actualizar el aspecto previsional de la cuota,
sin una ley del Congreso.
0 comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu Comentario!
Estudio RCF Gestión Contable - IVA - Ingresos Brutos , Convenio Multilateral - Autónomos - Monotributo - Moratorias AFIP, ARBA y AGIP - Sueldos, Balances Auditorias, Certificaciones - Servicio Domestico - Ganancias y Bienes Personales , SIRADIG - Seguimiento y Asistencia de cuentas Clientes -Auditorias de Consorcios