martes, 12 de diciembre de 2017
La AFIP advierte que el medio aguinaldo puede tener retenciones de Ganancias
12:05 p.m.
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La AFIP advirtió que el medio
aguinaldo que se cobrará en diciembre puede aparecer con retenciones
correspondientes a Ganancias, a pesar de que a partir de este año comenzó a
regir un "prorrateo" mensual para evitar pagar un monto elevado del
tributo al momento de percibir el SAC.
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) advirtió que el medio aguinaldo que se
cobrará en diciembre puede aparecer con retenciones correspondientes al Impuesto
a las Ganancias, a pesar de que a partir de este año comenzó a regir un "prorrateo" mensual para
evitar pagar un monto elevado del tributo al momento de percibir el sueldo
anual complementario.
En ese sentido, el
organismo recaudador recomendó a los empleados que carguen lo antes posible las
deducciones en el Siradig, para lo cual tienen tiempo hasta el 31 de enero. En
caso de tener saldo a favor, la devolución se concretará en febrero.
Funcionarios de la AFIP
detallaron en una reunión con periodistas que la modificación a la ley de
Ganancias sancionada en diciembre del año pasado pudo no haberse implementado
en la liquidación de sueldos desde principios de año, por lo que el trabajador
todavía puede estar "debiendo"
la retención de un porcentaje de ese gravamen, que se calcula anualmente.
La ley 27.346
estableció que el empleador debe sumar al sueldo mensual una 12º parte (8,33%)
y es sobre este total que se tomará para el cálculo del impuesto en cada
período.
Con esta variante, en
junio y en diciembre, cuando el empleado cobre el medio aguinaldo, no se
computará este monto para aplicar el gravamen y no habrá un salto en la
alícuota de Ganancias como podía ocurrir antes de este cambio.
Sin embargo como la
norma empezó a regir recién para este año surgieron desfasajes en la aplicación
de esta nueva forma de cálculo. La demora en la implementación se debió a la
falta de tiempo para adecuar los sistemas informáticos. En algunos casos recién
se implementó en marzo o abril y por ende no incluyó los primeros meses de
2017, explicaron fuentes oficiales.
Por eso al momento de
cobrar la segunda parte del aguinaldo pueden surgir retenciones por Ganancias
que según la AFIP
serían marginales y a partir del 2018 no tendrían que seguir ocurriendo.
En cuanto a las
deducciones que pueden aplicarse sobre el tributo, los funcionarios enfatizaron
la necesidad de que los empleados carguen por medio del Siradig las cargas de
familia, gastos médicos, personal doméstico, intereses de préstamos
hipotecarios y alquileres, para que el empleador los tenga en cuenta a la hora
de liquidar los haberes, a diferencia de los que se realizan automáticamente
como los aportes a la jubilación, al sindicato o a la obra social.
Para ello hay tiempo
hasta el 31 de enero. Se trata de completar un formulario que le llega al
empleador en un lapso de entre 24 y 48 horas. Para facilitar este
procedimiento, la AFIP habilitó que la clave fiscal se pueda
blanquear por home banking o por cajero automático, sin la necesidad de pasar
por una dependencia del ente recaudador.
El monto de las
deducciones se incrementará de forma automática a partir del año fiscal 2018
por la evolución interanual que hayan tenido los salarios en octubre según el
Ripte, indicador elaborado por el ministerio de Trabajo y que "saldrá en los próximos días",
adelantaron desde AFIP.
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