sábado, 30 de diciembre de 2017
Agenda AFIP 2018: cuándo vencerán Monotributo, Ganancias y otros impuestos
12:51 p.m.
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El ente recaudador publicó las fechas
para pagar tributos y presentar DD.JJ. En 2018 dividirán en 3 grupos según la
terminación del CUIT en vez de 5.
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General 4172 que
detalla todos los vencimientos de sus impuestos para 2018.
En esta ocasión, ya
no habrá cinco días para abonar tributos o presentar declaraciones juradas,
sino que se limitarán a tres, lo que generó cierto malestar entre contadores.
Para organizar los
vencimientos, el organismo recaudador separó a los contribuyentes en tres
grupos: los que tengan el CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3 tendrán el primer día
hábil; a los que finalicen en 4, 5 y 6 les corresponderá la segunda; mientras
que los que acaben en 7, 8 y 9 lo harán en la tercera fecha.
Monotributo
El pago seguirá
siendo el día 20 de cada mes, mientas que las recategorizaciones se realizarán
en enero, mayo y septiembre.
No obstante, no
incorpora el cambio de la reforma tributaria, que fija en dos las recategorizaciones
anuales. La primera de 2018 vendrá con las nuevas escalas, que aumentaron 28%.
Ganancias
En el caso de pagos
de sueldos que se realicen desde el primer día hábil de enero, se usarán las nuevas
deducciones personales y las tablas que fueron incrementadas 28,77%.
Las declaraciones
juradas anuales de los autónomos vencerán del 11 al 13 de junio; los cinco anticipos
irán del 13 al 15 en junio, agosto, octubre, diciembre y febrero.
Los anticipos de las sociedades
vencerán del 13 al 15 de cada mes, a partir del sexto mes posterior al mes de cierre
del ejercicio.
En el caso de los empleados
que deban presentar la declaración simplificada de Ganancias (sin pago), por
haber igualado o superado los ingresos brutos anuales de $500.000, el
vencimiento será el 30 de junio.
Ganancia Mínima Presunta
Las personas que no
se registraron como Micro, Pequeñas y Medianas empresas tendrán que presentar
las DD.JJ. del 11 al 13 de junio. Las sociedades que no estén registradas como Pymes
deberán esperar hasta 2019 para dejar de pagarlo.
Hasta entonces,
deberán abonar este impuesto junto a la declaración jurada de Ganancias del 13
al 15 del quinto mes posterior al cierre de ejercicio.
IVA
Los vencimientos para
las presentaciones y los pagos serán del 18 al 20 de cada mes.
No obstante, sigue
vigente el pago diferido a 90 días para las Micro y Pequeñas Empresas (ley
27.264) que no superen el monto de facturación promedio de los últimos tres
años –según la ley 25.300–, en la medida que mantengan el certificado Pyme
vigente.
Bienes Personales
La fecha de
vencimiento para la presentación de la declaración jurada será del 11 al 13 de
junio de 2018, mientras que el pago se podrá efectuar hasta el día siguiente.
También vencerá para las participaciones societarias.
Los que se
registraron como contribuyentes cumplidores, tendrán que presentar la
liquidación pero no pagar el impuesto que surja de ella.
Para los empleados y
jubilados, el vencimiento de las presentaciones de las declaraciones
juradas informativas será el 30 de junio, siempre que sus ingresos brutos de
2017 igualen o superen $500 mil pesos, independientemente de que hayan sufrido
retención durante el año fiscal.
Además, habrá que
pagar por el importe excedente del nuevo mínimo de $950.000, con una tasa de de
0,50%.
Seguridad social
Los empleadores
deberán abonar estas cargas del 7 al 9 de cada mes posterior al que
correspondan los sueldos. En el caso del personal doméstico, vencerán los 10 de
cada mes; mientras que las cuotas de autónomos irán del 3 al 5 de cada mes.
Participaciones societarias y autoridades
El Régimen de
información anual que deben presentar todas las sociedades vencerá del 28 al 30
de julio, según la terminación del CUIT.
Retenciones y percepciones (SICORE)
El pago a cuenta por
la primera quincena de cada mes vence del 21 al 23 de cada mes, salvo la del
mes de febrero que vencerá del 20 al 22. En cuanto a las declaraciones juradas
mensuales vencerán del 9 al 11 de cada mes.
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