07-09-2017
El 30 de septiembre vence el plazo para que los monotributistas adhieran al
domicilio fiscal electrónico.-
El 30 de septiembre vence el plazo
para que los monotributistas adhieran al
domicilio fiscal electrónico.
Así quedó establecido a través de la
resolución general
(AFIP) 3990-E.
Se considera
domicilio fiscal electrónico al sitio
informático seguro, personalizado, válido y optativo
registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier
naturaleza.
Su constitución,
implementación y cambio se efectuará conforme a las formas, requisitos y
condiciones que establezca el fisco nacional, quien deberá evaluar que
se cumplan las condiciones antes expuestas y la viabilidad de su implementación
tecnológica con relación a los contribuyentes y responsables.
Dicho domicilio
producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio
fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las
notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen por esta
vía.
Podrán notificarse mediante
comunicaciones informáticas los siguientes actos administrativos:
- Las liquidaciones administrativas
de la obligación tributaria.
- Las citaciones,
notificaciones, emplazamientos e intimaciones por falta de presentación de
declaraciones juradas y/o de pago y demás actos emitidos con firma facsimilar.
- Toda otra citación,
notificación, emplazamiento o intimación emitidas por la AFIP vinculadas con
los servicios web a los que hubiere adherido el contribuyente y/o
responsable.
A los efectos de la
constitución del domicilio fiscal electrónico, los contribuyentes deberán manifestar su voluntad
expresa mediante la aceptación y transmisión vía internet de la fórmula
de adhesión.
La constitución del
domicilio fiscal electrónico se considerará perfeccionada con la transferencia
electrónica de la fórmula de adhesión, efectuada por el contribuyente,
responsable o persona debidamente autorizada al efecto.
Tener en cuenta que
todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal
electrónico tienen un tiempo de vida, que se encuentra identificado con el
contenido de la misma.
Superado el tiempo de
vida (contado a partir de la fecha de generación de la comunicación
informática), ésta será removida de su domicilio fiscal electrónico y
depositada en un archivo histórico de comunicaciones.
Por este motivo es
necesario conocer las comunicaciones que se encuentran en el domicilio fiscal
electrónico. Se pueden consignar distintas direcciones de correo
electrónico para que llegue un aviso cuando se encuentre disponible alguna
novedad en el mismo.
El servicio prevé la
clasificación de las comunicaciones informáticas según su grado
de importancia, habiéndose definido las siguientes categorías:
- Importancia
baja: el sistema posibilitará al usuario consultarlas en el momento que
considere oportuno, sin limitaciones de operación en los restantes
servicios web a los que se halle adherido.
- Importancia
media: las comunicaciones con esta graduación serán identificadas, a modo
de alerta, al ingresar el usuario y contraseña en su portal individual,
permitiéndole el acceso inmediato a su domicilio fiscal electrónico.
- Importancia
alta: en este caso el sistema informará la existencia de la misma apenas
el responsable autorizado haya ingresado su usuario y contraseña en su portal
individual, redireccionándolo automática e inmediatamente a su
domicilio fiscal electrónico para su lectura. Hasta que la comunicación no haya
sido leída, el sistema imposibilitará al usuario a operar con ningún otro
servicio electrónico del organismo.
Adhesión
Desde el Blog El Contador Online explican los pasos para adherir al domicilio
fiscal electrónico. Como primer paso, hay que ingresar a la página de AFIP
con CUIT y clave fiscal. Se puede hacer desde la opción “Domicilio
Fiscal Electrónico” o desde la la opción “E-ventanilla”.
Para adherirlo desde
la primera opción:
1- Dentro de “Servicios
Administrativos” ingresar al servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”.
2- Una vez dentro del
servicio, aparecerá una pantalla, donde se pueden visualizar las condiciones
de operatoria del domicilio fiscal electrónico. Luego de haber leído los
ítems y si se esta de acuerdo, presionar sobre “Acepto los términos y
condiciones” y se habilitará la opción “Confirmar Adhesión”.
3- Confirmada la
adhesión, el sistema automáticamente descargará la “Fórmula de Adhesión”.
Para adherirlo desde
la segunda opción:
1- Dentro de “Servicios
Administrativos” ingresar al servicio “E-ventanilla” y se siguen los pasos
2 y 3 mencionados anteriormente.
Consultar novedades
Una vez en el servicio "e-ventanilla", seleccionar la opción “Comunicaciones”.
En el menú de la
izquierda se podrá seleccionar a la persona sobre la cual se desea
consultar la comunicación y a la derecha el listado de las comunicaciones
disponibles.
Configurar un correo
electrónico para recibir avisos
Para recibir avisos
acerca de las novedades producidas en el domicilio fiscal electrónico, se
podrán registrar distintas direcciones de correo electrónico.
Para ello se debe
ingresar a la solapa “Correos” y luego la opción “Crear”.
Luego se desplegará
la siguiente pantalla en donde se puede seleccionar la opción “Contribuyente”;
ingresar la dirección de correo electrónico y el sistema para el cual se
utilizará esa dirección de correo - poner Todos en el caso que se quiera
recibir por todas las notificaciones-. Luego presionar “Aceptar”.
De este modo, cada
vez que se reciba una notificación por el sistema seleccionado se emitirá
un alerta en la dirección de correo electrónico que registre.
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