martes, 19 de septiembre de 2017
Autónomos: la AFIP publicó los valores mensuales que rigen desde septiembre
9:29 p.m.
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Las modificaciones responden a la ley
de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones
patronales.
A partir del período devengado
septiembre -con vencimiento en octubre 2017- se modifican el monto de los aportes
mensuales de los trabajadores autónomos y los topes mínimo y máximo para el
cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional
Argentino.
Las modificaciones responden
a la ley de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones
patronales.
En paralelo, mediante
la Resolución 176-E/17, la ANSES estableció las modificaciones a los topes
máximos y mínimos a utilizar para el cálculo de aportes y contribuciones
patronales.
-
El valor de la movilidad se determina en 13,32%.
A partir de las
declaraciones juradas del periodo septiembre de 2017 serán aplicables los siguientes
topes:
-
Mínimo: $2.520,60
-
Máximo: $81.918,55
Sin tope para el
cálculo del importe de la contribución de Ley de Riesgos del Trabajo.
Además, la resolución
fijó los los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1 de
septiembre de 2017, son $7.246,64 y $53.090,20 respectivamente,
En tanto, el importe
de la Prestación Básica Universal (PBU), se fija en la suma de 3.423,58 pesos.







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