miércoles, 24 de mayo de 2017
Domicilio fiscal electrónico: consultas, novedades y alertas de AFIP por e-mail
6:11 p.m.
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Domicilio
fiscal electrónico: consultas, novedades y alertas de AFIP por e-mail
Cada vez más contribuyentes se
encuentran en la obligación de constituir un domicilio fiscal electrónico. Si
bien desde su adhesión se recibirán las novedades, se debe entrar al servicio
para conocerlas. No obstante, se puede consignar una dirección de correo
electrónico para recibir alertas
Cada vez más
contribuyentes se encuentran en la obligación de constituir un domicilio
fiscal electrónico ante la AFIP. Si bien desde su adhesión se recibirán
las novedades, se debe entrar al servicio para conocerlas. No obstante, se
puede consignar una dirección de correo electrónico para
recibir alertas.
Se considera
domicilio fiscal electrónico al sitio informático seguro, personalizado,
válido y optativo registrado por los contribuyentes y responsables para el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de
comunicaciones de cualquier naturaleza.
Su constitución,
implementación y cambio se efectuará conforme a las formas, requisitos y
condiciones que establezca el fisco nacional, quien deberá evaluar que
se cumplan las condiciones antes expuestas y la viabilidad de su implementación
tecnológica con relación a los contribuyentes y responsables.
Dicho domicilio
producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio
fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las
notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen por esta
vía.
Podrán notificarse mediante
comunicaciones informáticas los siguientes actos administrativos:
- Las liquidaciones administrativas
de la obligación tributaria.
- Las citaciones, notificaciones,
emplazamientos e intimaciones por falta de presentación de declaraciones
juradas y/o de pago y demás actos emitidos con firma facsimilar.
- Toda otra citación, notificación,
emplazamiento o intimación emitidas por la AFIP vinculadas con los servicios
web a los que hubiere adherido el contribuyente y/o responsable.
A los efectos de la
constitución del domicilio fiscal electrónico, los contribuyentes deberán manifestar su voluntad
expresa mediante la aceptación y transmisión vía internet de la fórmula
de adhesión.
La constitución del
domicilio fiscal electrónico se considerará perfeccionada con la transferencia
electrónica de la fórmula de adhesión, efectuada por el
contribuyente, responsable o persona debidamente autorizada al efecto.
Tener en cuenta que
todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal
electrónico tienen un tiempo de vida, que se encuentra identificado con el
contenido de la misma.
Superado el tiempo de
vida (contado a partir de la fecha de generación de la comunicación
informática), ésta será removida de su domicilio fiscal electrónico y
depositada en un archivo histórico de comunicaciones.
Por este motivo es
necesario conocer las comunicaciones que se encuentran en el domicilio fiscal
electrónico. Se pueden consignar distintas direcciones de correo
electrónico para que llegue un aviso cuando se encuentre disponible alguna
novedad en el mismo.
El servicio prevé la
clasificación de las comunicaciones informáticas según su grado
de importancia, habiéndose definido las siguientes categorías:
- Importancia baja: el sistema posibilitará al usuario
consultarlas en el momento que considere oportuno, sin limitaciones de
operación en los restantes servicios web a los que se halle adherido.
- Importancia media: las comunicaciones con esta
graduación serán identificadas, a modo de alerta, al ingresar el usuario y
contraseña en su portal individual, permitiéndole el acceso inmediato a su
domicilio fiscal electrónico.
- Importancia alta: en este caso el sistema informará la
existencia de la misma apenas el responsable autorizado haya ingresado su
usuario y contraseña en su portal individual, redireccionándolo automática e
inmediatamente a su domicilio fiscal electrónico para su lectura. Hasta que la
comunicación no haya sido leída, el sistema imposibilitará al usuario a operar
con ningún otro servicio electrónico del organismo.
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