miércoles, 11 de enero de 2017
Se habilitó la apertura de cajas de ahorro a menores de edad: podrán acceder a una tarjeta de débito
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Se habilitó la apertura de cajas de ahorro a menores de edad: podrán
acceder a una tarjeta de débito
El Gobierno reglamentó hoy una normativa del Banco Central para
que menores autorizados puedan extraer efectivo de cajeros automáticos, comprar
en comercios y hacer transferencias o pagos a través de cualquier medio
electrónico. A
partir de este miércoles 11 de enero los menores de edad podrán operar en el
sistema bancario. Así consta en el Boletín Oficial de la fecha, con la
publicación de una normativa dispuesta por el Banco Central que busca
"facilitar sus operaciones económicas cotidianas, estimular
la educación financiera de los jóvenes y de fomentar la bancarización a
través del uso de los medios electrónicos de pago".Con estas nuevas cajas
de ahorro, los menores (debidamente autorizados) podrán tener una
tarjeta de débito a
su nombre y extraer efectivo de cajeros automáticos, comprar
en comercios y hacer
transferencias o pagos a
través de cualquier medio electrónico (homebanking,
cajeros automáticos, app para celulares, etc). El titular de esta
caja de ahorro será el padre, la madre o representante legal del menor, quien
podrá decidir un límite diario máximo de débitos en una o más transacciones. Con
la caja de ahorro para menores y con su tarjeta de débito vinculada se podrán
hacer las mismas operaciones que se realizan con las cajas de ahorro y las
tarjetas de débito convencionales y, al igual que éstas, serán gratuitas. Una
vez que el menor autorizado en la cuenta cumpla 18 años, la caja de ahorro para
menores podrá convertirse en una caja de ahorros convencional cuyo titular
podrá ser el menor, su representante legal o ambos a la vez. El Banco Central,
además, había dispuesto en una comunicación interna publicada en noviembre de
2016 que los menores de edad pueden quedar autorizados para operar con
Cuentas de ahorro en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por CER (UVA)
y Cuentas de ahorro en Unidades de Vivienda actualizables por ICC (UVI), de
modo tal de poner a disposición de los menores un instrumento de ahorro de
largo plazo.




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