Los empleadores de casas particulares deberán pagar nuevos valores de aportes y contribuciones, así como de ART, en noviembre y diciembre
La
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los importes de los
aportes, las contribuciones y las cuotas destinadas a la Aseguradora de Riesgos
del Trabajo (ART) correspondientes al personal de casas particulares. Los
nuevos valores rigen para los períodos de octubre y noviembre de 2026, que se
pagarán en noviembre y diciembre, respectivamente.
Los
montos que deben ingresar los empleadores varían según la cantidad de horas
trabajadas por semana y la situación previsional de la empleada
doméstica. El esquema distingue entre el personal activo mayor de 18
años, los trabajadores de entre 16 y 18 años y quienes ya están jubilados.
Cuánto se paga por el
personal activo mayor de 18 años
Para
el período octubre de 2026, cuyo pago vence en noviembre, los empleadores deben
abonar $10.856,52 para empleadas
domésticas que prestan servicios menos de 12 horas semanales; $17.007,37
cuando trabajan desde 12 y menos de 16 horas, y $44.784,77 cuando cumplen 16
horas o más por semana.
En
noviembre, con vencimiento en diciembre, los importes aumentan a $10.953,66
para menos de 12 horas semanales; $17.162,80 para jornadas de entre 12 y menos
de 16 horas, y $45.024,63 para quienes trabajan 16 horas o más.
En
el caso de los trabajadores mayores de 18 años, los importes comprenden la
cuota de la ART, los aportes destinados a la obra social y las contribuciones
al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Para
octubre, la cuota de la ART asciende a $8.041,77 para quienes trabajan menos de
12 horas semanales, $11.684,59 para quienes cumplen entre 12 y menos de 16
horas y $16.961,43 para las jornadas de 16 horas o más. A estos valores se
suman los aportes a la obra social y las contribuciones previsionales
correspondientes.
En
noviembre, la ART pasa a $8.138,91 para el primer tramo, $11.840,02 para el
segundo y $17.201,29 para el tercero.
Los
aportes a la obra social y las contribuciones al SIPA se mantienen sin cambios:
$2.084,85 y $729,90, respectivamente, para menos de 12 horas; $3.863,30 y $1.459,48
para el tramo de 12 a menos de 16 horas, y $25.694,55 y $2.128,79 para 16 horas
o más.
Personal de entre 16 y 18
años
Los
empleadores también deben considerar importes diferenciados cuando el
trabajador tiene entre 16 y 18 años.
Para
octubre, con vencimiento en noviembre, el pago total es de $10.126,62 para
quienes trabajan menos de 12 horas semanales; $15.547,89 para quienes cumplen
desde 12 y menos de 16 horas, y $42.655,98 para quienes trabajan 16 horas o
más.
En
noviembre, con vencimiento en diciembre, los montos pasan a $10.223,76,
$15.703,32 y $42.895,84, respectivamente.
En
estos casos no corresponde ingresar contribuciones al SIPA. Por eso, el importe
está integrado por la cuota de la ART y los aportes destinados a la obra
social.
Cuánto deben pagar los
empleadores por trabajadores jubilados
El
régimen también establece valores específicos para el personal de casas
particulares que ya se encuentra jubilado. En este caso, los importes incluyen
la cuota de la ART y las contribuciones al SIPA, pero no contemplan aportes a
la obra social.
Para
octubre de 2026, el monto total es de $8.771,67 para menos de 12 horas
semanales; $13.144,07 para jornadas de 12 a menos de 16 horas, y $19.090,22
para 16 horas o más.
En
noviembre, los valores ascienden a $8.868,81, $13.299,50 y $19.330,08, en ese
mismo orden.
Período y criterios de pago
La
actualización establece dos períodos de pago: los importes correspondientes a
octubre deben ingresarse durante noviembre, mientras que los de noviembre
vencen en diciembre.
Para
determinar el monto correcto, el empleador debe tener en cuenta tanto las horas
semanales trabajadas como la condición del personal. La diferencia entre los
tramos horarios es relevante porque los importes de los aportes y las
contribuciones cambian según la carga horaria. También varía la composición del
pago para los trabajadores menores de 18 años y para quienes están jubilados.




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