Los operadores de comercio exterior tenían graves obligaciones respecto de la documentación pertinente que ahora desaparecen por decisión de ARCA
La
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) desreguló trámites
aduaneros, para simplificar las tareas de importadores y exportadores respecto
de la documentación involucrada, así como también para la propia Aduana.
La Resolución
General 5900/2026 de ARCA establece una nueva etapa en la
modernización y desregulación de los trámites aduaneros, con cambios en el
archivo de documentación relacionada con el comercio exterior.
Firmada
por el Director Ejecutivo de ARCA, Andrés Vázquez, y publicada este jueves 24
en el Boletín Oficial, la medida busca eliminar trabas burocráticas y
costos innecesarios para simplificar
la tarea de los operadores de comercio exterior y para la
propia administración pública.
Diagnóstico, antecedentes y
marco legal de la desregulación aduanera
El
archivo, la conservación digital y la posterior destrucción de legajos
aduaneros imponían una pesada carga económica y operativa. La nueva norma se
fundamenta en los objetivos de
facilitación aduanera, derivados del DNU 70/2023.
En
la elaboración del texto intervinieron la Dirección de Legislación, las
Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, Control
Aduanero, Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General de Aduanas
(DGA).
El texto repasa la evolución normativa que ahora se
simplifica:
RG 2.573: definió
la figura del declarante como depositario fiel, obligado a custodiar
y presentar la documentación.
RG 2.721: reglamentó
el archivo digital, ya sea en forma directa (auto-archivo) o mediante
un Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD).
RG 2.987: dispuso
que el legajo de la declaración es propiedad de la agencia.
RG 4.654 y RG 5.043: fijaban
un estricto régimen de autorizaciones, preavisos y presencia obligatoria
de veedores oficiales para poder destruir documentación vencida.
Qué dice la nueva Resolución
5.900 de ARCA
La
resolución de ARCA establece nuevas reglas para la conservación y
destrucción y, además, precisa:
Modalidad de guarda
El
depositario fiel continúa siendo el responsable legal del resguardo de los
documentos, pudiendo optar libremente por el auto-archivo o por la contratación
de un PSAD habilitado.
Plazos y eliminación
autónoma
Plazo
de guarda: la obligación de conservar el legajo se extiende únicamente hasta
que opera la prescripción de la acción del fisco respecto de la destinación u
operación aduanera en cuestión.
Destrucción
libre y sin trámite previa: una vez prescripta la acción fiscal, el depositario
fiel puede disponer libremente del material y destruirlo por el método que
considere conveniente, bajo su exclusiva responsabilidad. Se eliminan las
autorizaciones previas, los preavisos y la necesidad de contar con veedores del
organismo.
La
única excepción es la documentación vinculada a procesos administrativos o
judiciales en curso, la que debe conservarse hasta la finalización
definitiva de los mismos.
Operaciones históricas (anteriores al 3 de agosto de 2009):
aquellas tramitaciones
archivadas por el propio organismo con anterioridad a esa fecha continúan bajo
las pautas de la Disposición 455/98 (AFIP).
También
se modifican los canales de información, vigencia y publicación, y se establece
que toda la guía procedimental operativa estará disponible en el
micrositio "Depositario Fiel" dentro del sitio web de ARCA
(https://www.arca.gob.ar).
La
norma entra en vigor desde el día de su publicación en el Boletín Oficial
(24/09/2026). El cronograma de implementación gradual de sus
disposiciones se publicará en el mencionado micrositio web.
Así,
ARCA simplifica los trámites aduaneros sobre archivo, conservación y
destrucción de la documentación pertinente, para facilitar la tarea de los
operadores de comercio exterior.



0 comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu Comentario!
Estudio RCF Gestión Contable - IVA - Ingresos Brutos , Convenio Multilateral - Autónomos - Monotributo - Moratorias AFIP, ARBA y AGIP - Sueldos, Balances Auditorias, Certificaciones - Servicio Domestico - Ganancias y Bienes Personales , SIRADIG - Seguimiento y Asistencia de cuentas Clientes -Auditorias de Consorcios