La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informa que está
disponible la recategorización
del monotributo hasta el 5 de agosto, inclusive. El trámite se puede realizar de forma
simple a través de la web y también desde un teléfono celular. Las nuevas
escalas vigentes fueron actualizadas por el Índice de Precios al Consumidor
(IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los
contribuyentes, ARCA desarrolló la
recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el
contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a
mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto,
puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto,
se puede editar manualmente.
Además, la recategorización se puede realizar desde un celular a través
de la app ARCA Móvil.
La recategorización simplificada estará disponible para los
monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación
electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo.
Se trata de la segunda recategorización anual contemplada en la ley
24.977 de régimen simplificado y sus normas modificatorias.
¿Qué se
debe tener en cuenta?
El contribuyente deberá tener
en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables
¿Dónde se consultan los valores?
Los nuevos valores se pueden consultar en el siguiente enlace: www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp
¿Cómo se actualizan ahora los
parámetros e importes a pagar?
Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (Ley 24.977) los parámetros se actualizan de forma semestral y
para la actual recategorización se deben considerar los IPC de enero a junio.
¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la
recategorización?
1 - Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se
modificaron los parámetros de la categoría actual.
2- Cuando se trate del inicio de
actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.
¿Cómo pagar el monotributo?
El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del
mes correspondiente. En este caso, el 20 de agosto estarán vigentes los nuevos
valores a abonar.
Los monotributistas de todas las
categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de
sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de
vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar.
Medios de pago disponibles:
·
Volante Electrónico de Pago (VEP)
·
Homebanking
·
Cajero automático
·
Tarjeta de crédito
·
Débito automático en cuenta
bancaria
·
Mercado Pago
Monotributo:
cuáles son los nuevos montos máximos de facturación
A continuación, los nuevos montos máximos de facturación de las
categorías del Monotributo:
·
A
$12.009.410,45
·
B $17.595.182,74
·
C $24.670.494,31
·
D $30.628.651,43
·
E $36.028.231,33
·
F
$45.151.659,41
·
G $53.995.798,87
·
H $81.924.660,37
·
I
$91.699.761,90
·
J
$105.012.519,20
·
K
$126.610.838,75
Monotributo: cuáles
son los nuevos montos de las cuotas mensuales
A continuación, los nuevos
montos de las cuotas mensuales de las categorías del Monotributo (servicios y
ventas de bienes respectivamente):
·
A servicios $49.527,18 - bienes
$49.527,18
·
B servicios $56.379,08 - bienes
$56.379,08
·
C servicios $66.020,12 - bienes
$64.530,58
·
D servicios $84.612,93 -
bienes $82.564,81
·
E servicios $119.811,45 - bienes
$108.267,51
·
F servicios $150.784,21 - bienes
$129.930,65
·
G servicios $230.312,94 - bienes
$158.815,05
·
H servicios $522.706,68 -
bienes $317.895,01
·
I servicios $963.747,86 - bienes
$474.992,78
·
J servicios $1.167.299,76 -
bienes $580.793,69
·
K servicios $1.614.446,04 bienes
- $702.103,24



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