Desde enero de
2026, los Monotributistas de CABA podrán unificar en un solo pago el Monotributo
nacional y el régimen simplificado de Ingresos Brutos
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
formalizó su adhesión al régimen de Monotributo
Unificado nacional mediante la Resolución General Conjunta
5769/25, integrándose al Sistema Único Tributario administrado por la Agencia
de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La medida alcanza a los Monotributistas
con domicilio fiscal en la Ciudad y comenzará a regir a partir del 1 de enero
de 2026.
Con esta incorporación, los contribuyentes que
realicen actividades en la jurisdicción porteña podrán abonar en un único pago
mensual tanto el Monotributo
nacional como el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos de CABA. El esquema elimina la necesidad de efectuar liquidaciones y
cancelaciones separadas en diferentes organismos, unificando los sistemas de
pago y de registración.
Hasta ahora, los pequeños contribuyentes que tributan
en la Ciudad debían cumplir con obligaciones nacionales y
provinciales por separado, con distintos vencimientos, plataformas y
credenciales de pago. Bajo el Monotributo
Unificado, ese esquema se reemplaza por una operatoria centralizada
que concentra en una sola credencial el pago de los conceptos incluidos en
ambos regímenes.
La administración tributaria porteña también integrará
su sistema de información al SUT, lo que permitirá articular la carga y
actualización de datos de los contribuyentes. De esta forma, todo el proceso de
adhesión, modificación de datos y categorización pasará a gestionarse a través
del portal de ARCA. La Cuenta Corriente de Monotributo y Autónomos (CCMA)
funcionará como herramienta principal para la consulta de obligaciones y pagos.
Monotributo Unificado en CABA: qué cambia
para los contribuyentes
A partir de la entrada en vigencia del nuevo esquema,
los Monotributistas radicados en CABA contarán con una credencial única de
pago, identificada como Formulario F.1520.
En ella se incorporará un Código
Único de Revista (CUR), que incluirá los siguientes conceptos:
·
impuesto integrado nacional,
·
aportes previsionales al SIPA,
·
contribuciones al Sistema Nacional del Seguro de Salud, cuando
corresponda,
·
Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen Simplificado
porteño.
La adhesión al monotributo nacional requerirá que los
contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad declaren su
condición frente al impuesto provincial, de modo que ARCA pueda encuadrarlos en
el régimen simplificado local bajo un único registro.
Los contribuyentes que ya se encuentren inscriptos en
el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de CABA serán
incorporados de oficio al Sistema Único Tributario. Este traspaso no requerirá
gestiones adicionales por parte del contribuyente, ya que la información será
migrada automáticamente.
La administración fiscal porteña continuará ejerciendo
sus facultades de control y fiscalización, pero el procesamiento
operativo de inscripciones, recategorizaciones y bajas quedará integrado al
SUT.
Reglas de categorización, recategorización
y bajas
La normativa también establece las condiciones bajo
las cuales los contribuyentes serán categorizados y recategorizados dentro del
Régimen Simplificado local. Según lo dispuesto, la categoría asignada en el Monotributo
nacional será replicada en el régimen de Ingresos Brutos de CABA, siempre
que dicha categoría exista dentro de la normativa vigente en la Ciudad.
Cada vez que un contribuyente modifique su categoría
nacional, la recategorización se trasladará automáticamente al impuesto
provincial. Esto implica que no será necesario realizar trámites paralelos en
la administración tributaria porteña para actualizar la situación frente al
impuesto local.
En materia de bajas y exclusiones, se establece que la
renuncia, cese de actividades, fallecimiento o exclusión de pleno derecho del
régimen nacional tendrá efecto automático sobre el Régimen Simplificado de
CABA. De la misma forma, cuando la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos (AGIP) disponga una exclusión de oficio en la
jurisdicción local, dicha situación será informada a ARCA para su evaluación en
el régimen nacional.
También se prevé la baja automática del régimen ante la falta
de pago, tanto a nivel nacional como provincial, siguiendo los procedimientos
vigentes en el Monotributo Unificado.
Operatoria, control y gestión de
obligaciones
El sistema centralizará el acceso a la información
tributaria a través de la Cuenta Corriente de ARCA. Allí los
contribuyentes podrán consultar el detalle de obligaciones, pagos realizados,
saldos pendientes, estados de cuenta y movimientos históricos.
El uso de una plataforma digital única evitará
la necesidad de gestionar regularizaciones por separado ante organismos
nacionales y locales, ya que los datos administrativos y registrales se
integrarán en un mismo entorno. La CCMA funcionará como fuente oficial de
consulta para el contribuyente y para la administración.
La normativa también dispone que, a partir del 1 de
enero de 2026, todos los trámites vinculados con adhesión, modificación de
datos, consulta de categoría y emisión de credenciales deberán realizarse
exclusivamente desde el portal de monotributo de ARCA. Las herramientas
actuales de la administración tributaria porteña se mantendrán como soporte
para gestiones complementarias, pero la operatoria principal quedará bajo la
órbita del SUT.
Provincias que ya integran el Sistema Único
Tributario
Con la incorporación de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, el Monotributo Unificado se expande a una de las
jurisdicciones con mayor concentración de contribuyentes del país. La Ciudad se
suma así a las provincias de Entre Ríos, Mendoza, Córdoba, San Juan, Jujuy,
Salta, Río Negro, Buenos Aires, Neuquén, Santa Cruz, Chaco, Catamarca y Tierra
del Fuego, que ya se encuentran integradas al sistema.
En todos los casos, el esquema busca unificar en un
solo pago mensual los componentes nacionales y provinciales del
régimen simplificado, manteniendo las competencias fiscales de cada
jurisdicción pero bajo un mecanismo de recaudación único.
Impacto administrativo y alcance del
sistema
El Monotributo Unificado en CABA abarca a
las personas físicas y unidades económicas encuadradas en el régimen
simplificado, excluyendo a los contribuyentes inscriptos en el régimen general.
Las actividades alcanzadas, topes de facturación, parámetros de superficie,
energía consumida y alquileres devengados seguirán rigiéndose por la normativa
vigente para el Monotributo nacional y el Régimen Simplificado local.
La administración tributaria porteña continuará
siendo responsable de la determinación del impuesto provincial y de la
fiscalización de los contribuyentes en su jurisdicción. Sin embargo, el pago y
la registración quedarán integrados al sistema nacional.
La eliminación de duplicidad de registros apunta a
ordenar la información fiscal y facilitar el control de cumplimiento,
reduciendo inconsistencias entre padrones y declaraciones juradas. A su vez, la
migración al SUT permitirá un seguimiento unificado del historial tributario de
cada contribuyente.
Entrada en vigencia y próximos pasos
La Resolución General Conjunta 5769/25 establece
que el sistema comenzará a funcionar el 1 de enero de 2026. Hasta esa fecha,
los contribuyentes deberán continuar utilizando los mecanismos de pago
actualmente vigentes tanto para el Monotributo nacional como para Ingresos
Brutos.
En los meses previos al inicio del régimen, ARCA y
la administración tributaria porteña implementarán tareas de adecuación técnica
y actualización de padrones, a fin de completar la integración operativa y
administrativa de los sistemas.
De este modo, la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires se incorpora formalmente al Sistema Único Tributario, avanzando en
la centralización de la gestión del monotributo nacional y de los regímenes
simplificados provinciales dentro de una misma plataforma de administración y
pago.



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