Desde el próximo año, los pequeños contribuyentes porteños adheridos al Régimen Simplificado deberán pagar sus obligaciones conjuntamente con el Monotributo nacional
Los pequeños contribuyentes porteños pagarán su impuesto conjuntamente con el Monotributo nacional
El Fisco porteño,
como otras 13 provincias, se incorporó al “Sistema Único Tributario”, a partir del 1° de enero de
2026, de acuerdo a la Resolución General Conjunta 5.769 suscripta por la
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
Esta decisión
conlleva a ingresar al denominado Monotributo Unificado que permite el
cobro conjunto del Monotributo nacional con la cuota mensual del Régimen
Simplificado de Ingresos Brutos (RSIB) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(CABA).
Así, es
requisito para el pago conjunto que el sujeto se encuentre inscripto como
Monotributistas y en el RSIB en AGIP y, por ende, debe tener domicilio fiscal
en CABA, como condición.
Cabe
recordar, como norma general de estos acuerdos con las provincias, que las
jurisdicciones adheridas pueden también adicionar a la presentación y pago, la
tasa de seguridad e higiene de los municipios en tanto hayan rubricado un
convenio de colaboración recaudatorio entre la jurisdicción y el municipio de
que se trate.
A tales
fines, CABA introdujo modificaciones en el Código Fiscal de manera de
compatibilizar su RSIB con el Monotributo nacional, lo que llevó a que el
régimen porteño tenga ahora la misma cantidad de categorías que el nacional,
con pago mensual de la obligación y momentos de categorización unificado, entre
otros conceptos.
Actualización de las cuotas
Bajo
tales premisas, la AGIP dictó la Resolución 543/25 a través de la cual dispuso
los nuevos valores que deberán tributar los pequeños contribuyentes
porteños a partir del 1° de enero de 2026.
Al tratarse de un procedimiento de pago conjunto, también se unifican las
fechas; es decir, ambas obligaciones vencen el día 20 de cada mes.
Los contribuyentes que se encuentren inscriptos serán incorporados de
oficio por la AGIP al nuevo procedimiento unificado de presentación y pago.
Aquellos que se inscriban después del 1/1/26, deberán realizarlo por medio del
Portal Monotributo desde la página web de ARCA.





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