Las tasas de interés que aplicará ARCA en marzo serán fijas y por un porcentaje de casi la mitad de las que cobró en febrero por deudas en mora
En forma sorpresiva y
cuando ya había establecido normas sobre el tema, el Gobierno imprimió un
revolucionario cambio, al pasar de tasas variables a tasas fijas y
disminuir a la mitad lo que cobra por deudas en mora de obligaciones con
ARCA, ex AFIP.
Qué
se establece para las tasas de ARCA
Con la Resolución
199/2025 del Ministerio de Economía, publicada este viernes en el Boletín
Oficial, se establecieron nuevas tasas para deudas por obligaciones en mora de
los contribuyentes y devoluciones por parte de ARCA., como la
correspondiente a la percepción de 30% sobre operaciones con dólares.
Se reemplaza la
determinación de tasas de intereses resarcitorios, punitorios y para
devoluciones mensuales en forma variable, que se habían fijado en enero de
2024, por tasas fijas.
Esta norma abarca
obligaciones impositivas, aduaneras y previsionales con ARCA en el
caso de pagos en mora, y a las devoluciones.
Cuánto
pagarán los contribuyentes en mora
Mientras que, de febrero de 2024 a febrero 2025, estuvieron en
vigor tasas variables, desde el próximo sábado 1 de marzo entran en vigor tasas
fijas como sigue:
Cuando la moneda es en pesos
- Resarcitorios: 4%, frente a la anterior que a febrero de 2025 fue de 7,26%.
- Punitorios: 5%, con relación a febrero de 2025, cuando rigió una tasa de 8,62%.
- Devolución, repetición, reintegros y otros: 0,75% (la tasa anterior era variable).
Cuando la moneda es en dólares estadounidenses
- Tasas: fijas (sin cambios),
- Resarcitorios: 0,83% (sin cambios).
- Punitorios: 1% (sin cambios).
- Devolución, repetición, reintegros y otros: 0,2% (sin cambios).
En todos lados, el
cálculo de la tasa diaria continúa sin cambios, y consiste en la tasa mensual
divido 30.
Cómo
cambia la tasa en Planes de Pago
Por otra parte, la
Resolución General 5656/2025 de ARCA, publicada este viernes en el Boletín
Oficial, modifica la tasa de interés referencial para deudas fiscales en
Planes de Pagos permanentes, al eliminar las quitas que estaban vigentes.
Los sujetos alcanzados
son todos los contribuyentes, incluyendo a las pymes, y las obligaciones
tributarias también son tanto impositivas, previsionales, multas o cargos
aduaneros.
El régimen al que se aplica es de Facilidades de Pago
permanente, para los siguientes tipos de planes según la deuda:
- General
- Impuestos anuales.
- Autónomos y Monotributo.
- Aduanera.
- Fiscalizaciones.
- Especiales
- Emergencias agropecuarias y estado de emergencia y/o desastre.
Qué
se pagará en marzo en los Planes Permanentes
La Resolución de ARCA
mantiene sin cambios las condiciones de los Planes Permanentes en cuanto a
contribuyentes alcanzados, perfil, pago a cuenta, planes y caducidad.
En cambio, la tasa
de financiación referencial (mensual) se establece como tasa fija 4% a partir
de marzo, frente a la anterior a febrero de 2025 que era de 7,26%, según la
Resolución 199/2025, que publica en paralelo el Ministerio de Economía.
Y la tasa de financiación
(mensual efectiva) queda establecida por ARCA en 100% de esa tasa de interés
sin quitas, mientras que antes había quitas del 50% al 60%, según el tipo de
contribuyente, su calificación en el SIPER y la clase de deuda.
Este cambio de tasa
variable a tasa fija resulta revolucionario, frente a la tasa siempre creciente
que ARCA aplicaba hasta este mes de febrero.
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