El proyecto de nuevo Monotributo prevé nuevos límites de las categorías desde el 1 de enero de 2024 y esto afecta la próxima recategorización
La recategorización
del Monotributo de julio está pendiente de la aprobación del paquete
fiscal en la Cámara de Diputados. Si no se aprueba esta semana y la AFIP
no lo reglamenta antes del 20 del mes próximo, las escalas en la que
quedarán registrados los monotributistas tendrán límites muy bajos, que no
fueron actualizados por inflación.
Qué
modifica en el Monotributo el paquete fiscal
El proyecto de ley
Medidas Paliativas y Relevantes, aprobado por el Senado y remitido a la Cámara
de Diputados para su ratificación, prevé en su Título IV modificaciones al
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), indica el
asesor impositivo Hernán D’Agostino.
El proyecto de nuevo
Monotributo aumenta el tope de facturación para los servicios,
unificándolo con la actividad comercial en la categoría K, mientras que hoy el
tope para servicios es la categoría H, explica.
También modifica los
parámetros para la categorización, aumentando el valor unitario de venta y
llevándolo a $385.000. El tope de facturación sube para todas las categorías,
de manera que el tope máximo de la categoría K será $68 millones anuales,
frente al techo actual, de $17 millones, señala.
También aumenta
significativamente el monto a ingresar como impuesto mensual en las
categorías más altas. En el caso de servicios para la categoría K, el
monto a ingresar asciende a $735.000 mensuales, describe.
Cómo
afecta el proyecto la recategorización de julio del Monotributo
Esta actualización de
valores es muy esperada por el universo de monotributistas dado que los valores
de las diversas categorías fueron actualizados muy por debajo del aumento del
índice de precios al consumidor y no fueron actualizados durante el
corriente año a pesar de la inflación sufrida, afirma D’Agostino.
Permitiría que muchos
monotributistas continúen en el régimen para pequeños contribuyentes. De hecho,
el proyecto prevé que los que fueron excluidos a partir del 1 de enero de 2024,
por exceder los parámetros previstos, puedan reincorporarse inmediatamente al
régimen, sostiene.
Además, durante el
mes de julio de 2024 debe realizarse la recategorización de los
monotributistas, pero la ley de nuevo Monotributo no se encuentra
vigente. Esto genera inquietud, ya que no sabemos cuáles tablas utilizar,
advierte.
Si la Cámara de
Diputados se demora en aprobar la ley, el Poder Ejecutivo se demora en
reglamentarla y la AFIP tarda en emitir las resoluciones generales necesarias
para implementar los cambios, los monotributistas deberán recategorizarse
con las tablas actuales y muchos de ellos quedarán categorizados en categorías
más altas que las previstas por la ley, subraya.
Tengamos en cuenta
que el proyecto no prevé una categorización especial. Esta ley iba a estar
aprobada mucho antes del vencimiento de la recategorización y, por lo tanto, el
legislador no previó que hubiera que habilitar periodos de recategorización por
fuera de los estipulados en forma regular, considera D’Agostino.
Cómo
quedan las categorías del Monotributo para 2024
Las categorías del
Monotributo van de $6,45 millones a $68 millones en cuanto a la facturación
anual, y el importe a pagar por alquileres y servicios, de $26.600 a
$867.084,75.
Además de los
ingresos brutos topes de las categorías, se incrementan los importes a ingresar
en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales (jubilación y
obra social) con efectos a partir del primer día del mes siguiente a la entrada
en vigencia de la ley, los que quedan como sigue:
Categoría A
- Ingresos brutos anuales $6.450.000
Importe a pagar:
- Impuesto integrado $3.000
- Aporte al SIPA $9.800
- Obra social $13.800
Total $26.600
Categoría B
- Ingresos brutos anuales $9.450.000
Importe a pagar:
- Impuesto integrado: $5.700
- Aporte al SIPA $10.780
- Obra social $13.800
Total $30.280
Categoría C
- Ingresos brutos anuales $13.250.000
Importe a pagar
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $9.800
- Aporte al SIPA $11.858
- Obra social $13.800
Total $35.458
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $9.000
- Aporte al SIPA $11.858
- Obra social $13.800
Total $34.658
Categoría D
- Ingresos brutos anuales $16.450.000
Importe a pagar
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado: $16.000
- Aporte al SIPA: $13.043
- Obra social: $16.400
Total $45.443,8
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $14.900
- Aporte al SIPA $13.043
- Obra social $16.400
Total $44.343,8
Categoría E
- Ingresos brutos anuales $19.350.000
Importe a pagar por
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $30.000
- Aporte al SIPA $14.348,18
- Obra social $20.000
Total $64.348,18
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $23.800
- Aporte al SIPA $14.348,18
- Obra social $20.000
Total $58.148,18
Categoría F
- Ingresos brutos anuales $24.250.000
Importe a pagar por
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $42.200
- Aporte al SIPA $15.783
- Obra social $23.000
Total $80.983
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $$31.000
- Aporte al SIPA $15.783
- Obra social $23.000
Total $69.783
Categoría G
- Ingresos brutos anuales $29.000.000
Importe a pagar por
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $76.800
- Aporte al SIPA $22.096,2
- Obra social $24.800
Total $123.696,2
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $38.400
- Aporte al SIPA $22.096,2
- Obra social $24.800
Total $85.296
Categoría H
- Ingresos brutos anuales $44.000.000
Importe a pagar por
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $220.000
- Aporte al SIPA $30.934,68
- Obra social $29.800
Total $280.734,68
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $110.000
- Aporte al SIPA $30.934,68
- Obra social $29.800
Total $170.734,68
Categoría I
- Ingresos brutos anuales $49.250.000
Importe a pagar por
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $437.400
- Aporte al SIPA $43.308,55
- Obra social $36.800
Total $517.608,55
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $175.000
- Aporte al SIPA $43.308,55
- Obra social $36.800
Total $255.108
Categoría J
- Ingresos brutos anuales $56.400.000
Importe a pagar por
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $525.000
- Aporte al SIPA $60.631,97
- Obra social $41.300
Total $626.931,97
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $210.000
- Aporte al SIPA $60.631,97
- Obra social $41.300
Total $311.931,97
Categoría K
- Ingresos brutos anuales $68.000.000
Importe a pagar por
alquileres y servicios:
- Impuesto integrado $735.000
- Aporte al SIPA $84.884,75
- Obra social $47.200
Total $867.084,75
Importe a pagar por
venta de bienes muebles:
- Impuesto integrado $245.000
- Aporte al SIPA $84.884,75
- Obra social $47.200
Total $377.084,75
Cómo se actualizarán los parámetros
A partir de 2024, los
montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los
importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría,
entre otros, se actualizarán semestralmente, en los meses de enero y julio,
teniendo en cuenta el IPC correspondiente al semestre calendario que
finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice,
considera Diego Mastragostino.
El reemplazo del
índice de movilidad jubilatoria por el IPC es alentador, pues este último se
relaciona directamente con los importes de ventas y evita que las
actualizaciones queden descalzadas de la inflación como en la actualidad,
expresa.
Luego de una serie de
negociaciones, finalmente el Senado dispuso que los sujetos inscriptos en el
Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social cuya facturación
anual sea menor al 50% del ingreso máximo previsto para la Categoría A, no
deberán ingresar el impuesto integrado, remarca. La Cámara de Diputados
respetaría este texto.
Adicionalmente,
podrán optar por ingresar el aporte a la obra social que le corresponda como
sujeto adherido al Régimen, y por los integrantes de su grupo familiar
primario, para pasar a ser beneficiarios de las prestaciones disponibles por
los Programas Nacionales del Ministerio de Salud, concluye.
Sin este proyecto de
Monotributo aprobado por Diputados y reglamentado por AFIP, los monotributistas
quedarán encuadrados en categorías muy altas en julio, con límites que no
fueron actualizados por inflación.
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