AFIP puso en marcha el plan para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social
En el marco de las
medidas económicas anunciadas por el Poder Ejecutivo Nacional, la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el plan de alivio
fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones
tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el
30 de abril de 2023.
La iniciativa, que
contempla una tasa de interés máxima del 5,91% mensual, incluye este
beneficio también para monotributistas. Por medio de este nuevo régimen,
el organismo conducido por Carlos Castagneto beneficiará a más de 650.000
contribuyentes.
El monto de deuda a
regularizar asciende a $456.000 millones y corresponde principalmente a
IVA, ganancias, y aportes y contribuciones a la seguridad social, entre
otros tributos. Incluye los intereses, multas y deudas que se encuentren en
discusión tanto en vía administrativa como judicial. También comprende a la
deuda de capital.
Las principales
beneficiadas serán las micro y pequeñas empresas, que representan el 48% del
universo de firmas alcanzado por la medida y poseen el 42% del stock de deuda
total. En tanto, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan al
31,2% de los contribuyentes que mantienen obligaciones vencidas con el
organismo, por el 3% del monto total. El resto de los contribuyentes lo
completan las empresas medianas.
Claves
del nuevo plan de pago de la AFIP
La AFIP instrumentó
un plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y del tipo de
obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una
tasa máxima del 5,9% mensual. En todos los casos, no será necesario realizar un
pago a cuenta.
Los sujetos
alcanzados por la norma comprenden a micro, pequeñas y medianas empresas,
monotributistas y pequeños contribuyentes. La adhesión podrá realizarse
hasta el 29 de septiembre de este año inclusive.
La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades
de pago, se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la
consolidación de los mismos y del tipo de plan:
- Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas: 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas.
- Medianas empresas - tramo 1: 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 para aportes de la seguridad social y 6 por retenciones y percepciones impositivas.
- Medianas empresas - tramo 2: 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y 3 por retenciones y percepciones impositivas.




0 comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu Comentario!
Estudio RCF Gestión Contable - IVA - Ingresos Brutos , Convenio Multilateral - Autónomos - Monotributo - Moratorias AFIP, ARBA y AGIP - Sueldos, Balances Auditorias, Certificaciones - Servicio Domestico - Ganancias y Bienes Personales , SIRADIG - Seguimiento y Asistencia de cuentas Clientes -Auditorias de Consorcios